DS(P) nº 6/5 del 29/9/1999









Orden del Día:




1. Informaciones y Preguntas Orales de Actualidad.

2. Preguntas con respuesta Oral ante el Pleno:

2.1. P.O. 1-I, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª Leonisa Ull Laita, relativa a destino de los relieves de las puertas de la iglesia de Santa María de Aranda de Duero, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

2.2. P.O. 2-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge F. Alonso Díez, relativa a medidas de defensa de los productores, distribuidores y consumidores y de mantenimiento de los puestos de trabajo ante la fusión de los grupos franceses Carrefour y Promodés, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

3. Proposición No de Ley, P.N.L. 4-I, presentada por los Procuradores D.ª Leonisa Ull Laita, D. Octavio Granado Martínez, D. Julio V. Pascual Abad y D. Fernando Benito Muñoz, relativa a solicitud al Gobierno de la Nación de la modificación de la normativa sobre transporte escolar, previendo la presencia de un responsable adulto, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

4. Proposición No de Ley, P.N.L. 22-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a solicitud del Gobierno de la Nación de una subida adicional de las pensiones mínimas y no contributivas en 1999 y su revalorización en el año 2000, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

5. Proposición No de Ley, P.N.L. 26-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, relativa a apoyo ante el Gobierno de la Nación del mantenimiento del sistema público de pensiones y la igualdad de trato en todo el territorio nacional, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

6. Proposición No de Ley, P.N.L. 28-I, presentada por el Procurador D. Antonio Herreros Herreros, instando del Gobierno de la Nación determinadas medidas sobre pensiones, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

7. Proposición No de Ley, P.N.L. 23-I, presentada por el Procurador D. Antonio Herreros Herreros, relativa a gratuidad de libros de texto en Centros sostenidos por fondos públicos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

8. Proposición No de Ley, P.N.L. 29-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones sobre el Salario Social y el Reglamento del IMI, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

9. Designación de Consejeros Generales en las Cajas de Ahorro de la Comunidad.

10. Informe anual del Procurador del Común de Castilla y León correspondiente a la gestión realizada durante el año 1998.


Sumario:






 **  Se reanuda la sesión a las diez horas diez minutos.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, reanuda la sesión.

 **  Décimo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Aguilar Cañedo, da lectura al décimo punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Sr. García Álvarez, Procurador del Común de Castilla y León, para informar a la Cámara.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, abre un turno para que los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios fijen su posición respecto del Informe expuesto.

 **  En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto).

 **  Compartiendo turno, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

 **  Compartiendo turno, interviene el Procurador Sr. Rodríguez de Francisco (Grupo Mixto).

 **  En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González González (Grupo Socialista).

 **  En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Herrera Campo (Grupo Popular).

 **  Contestación del Sr. García Álvarez, Procurador del Común de Castilla y León.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las trece horas diez minutos.




Texto:

(Se reanuda la sesión a las once horas diez minutos.)


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Señorías, ocupen sus escaños, por favor. Señoras, señores Procuradores, silencio. Se reanuda la sesión. Ruego al señor Secretario proceda a dar lectura al décimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AGUILAR CAÑEDO):

Décimo punto del Orden del Día: "Informe anual del Procurador del Común de Castilla y León, correspondiente a la gestión realizada durante el año mil novecientos noventa y ocho".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Tiene la palabra, para presentar el Informe, el Excelentísimo señor Procurador del Común, señor García Álvarez.


EL SEÑOR PROCURADOR DEL COMÚN (SEÑOR GARCÍA ÁLVAREZ):

Con la venia, señor Presidente. Excelentísimo señor Presidente de la Junta de Castilla y León, Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, Excelentísimos señores, Señorías. Como es sabido, la Ley Reguladora de la Institución del Procurador del Común establece que presentaré anualmente a estas Cortes un Informe sobre mi actuación.

En cumplimiento de lo preceptuado, se puso a disposición de Sus Señorías el que hoy nos ocupa, correspondiente al año noventa y ocho. Estructuralmente, el Informe -como han podido comprobar- recoge una significativa parte de la actuación -no toda- referente a las funciones que tengo encomendadas por el Estatuto.

Atendiendo a lo establecido en la Ley, se completa el Informe con un anexo explicativo de la liquidación de las cantidades presupuestadas, puestas a nuestra disposición por las Cortes, de las que recibimos siempre la colaboración que precisamos.

Señorías, éste es el cuarto Informe Anual que elabora la Institución de la que soy titular, consagrada recientemente en nuestro Estatuto de Autonomía y que continúa, se puede decir, su etapa fundacional. Acercándose ya el final de este mandato, renovamos constantemente el interés en todo aquello susceptible de nuestra intervención que los ciudadanos nos reclaman, particular o colectivamente, o bien en actuaciones de oficio, llevadas a cabo tras la observación y estudio de determinadas realidades.

Este trabajo, nunca rutinario, es -creo- agradecido y premiado con la confianza de las personas que acuden a nosotros. Se trata, con frecuencia -como se dijo en este Hemiciclo en la Sesión Plenaria correspondiente a la defensa de otro Informe-, de personas o colectivos que no encajan en la tipología clásica o mayoritaria de la sociedad, y que encuentran mayores dificultades en el ejercicio o disfrute de sus derechos, cuando no sufren evidente limitación de los mismos y que por ello tienen una vida más difícil que el común de la gente.

Señorías, este Procurador del Común dejó patente su preocupación por estos colectivos más desfavorecidos desde el momento mismo de su toma de posesión, y esta preocupación continúa. Puedo decir que es constante y cotidiana. En este marco presenté el pasado año dos informes específicos, y, a este respecto, quiero subrayar que no se trata de actuaciones de oficio cerradas por el mero hecho de presentar los informes, pues seguimos incorporando, día a día, documentación tras efectuar visitas a centros y lugares determinados o mantener las entrevistas correspondientes.

Con ocasión de la defensa del Informe anterior, por parte de los Portavoces de algún Grupo Político, se habló de la problemática de la pobreza, pidiéndome una actuación de oficio en este campo. Debo confesar, sin embargo, que aún tengo mis dudas sobre el contenido, no sobre la conveniencia de esa actuación, pero sí sobre el contenido, que no desearía que consistiera en la elaboración de un informe más a añadir a los ya elaborados por otros organismos que, por lo demás, disponen de medios más adecuados de aquellos de los que pueda disponer la Institución de la que soy titular.

Siempre hemos sido conscientes de que estos primeros cinco años de la Institución deben destinarse a cimentarla y a ponerla en marcha. A ello se dedica cotidianamente con esfuerzo e imaginación el grupo humano que la compone. Mientras tanto, continuamos actuando en defensa de los derechos de las personas en esta Comunidad, supervisando la actividad de las Administraciones.

Nuestra Comunidad Autónoma ha sido, por ahora, la última que ha puesto en funcionamiento un Alto Comisionado de las Cortes Regionales para la defensa de los Derechos Fundamentales. Esa circunstancia no ha sido óbice para que la Institución del Procurador del Común equipare hoy su corta, pero intensa experiencia a la de sus homónimos regionales, aunque las circunstancias de extensión y población de nuestra Comunidad nos han llevado a establecer un sistema de trabajo, en alguna medida, diferente, intentando principalmente llegar prácticamente a todos los rincones de Castilla y León.

Para acercarnos a ellos, continuamos en el año noventa y ocho con el sistema de visitas mensuales a las distintas provincias, esforzándonos en difundir la Institución y sus funciones, a la vez que facilitamos a los ciudadanos el acceso, intentando también rentabilizar socialmente el equipo humano y los medios materiales que se nos ponen a disposición.

Quede aquí constancia, una vez más, de mi agradecimiento a quienes nos ofrecen los lugares donde recibimos las visitas, y a los diversos medios de comunicación que constatan nuestra presencia y dan conocimiento de ella.

A este respecto, sigo pensando en lo que manifesté a Sus Señorías el pasado año: continúo reflexionando sobre la conveniencia o no de contar con lugares específicos de atención permanente y directa en otras provincias, aunque sigo creyendo que tal como se está trabajando hasta ahora, se están consiguiendo los objetivos que nos hemos propuesto. Y, por otra parte, cumplo los consejos de austeridad que me dieron estas Cortes desde el primer momento.

Todo ello contribuye a aumentar el conocimiento que de la Institución van teniendo las personas que habitan en nuestra Comunidad. Permítanme la inmodestia de creer que poco a poco, cada vez más gente oye eso de "el Procurador del Común es el Defensor del Pueblo de castellanos y leoneses". Claro que... y aquí posiblemente esté el reto, uno de los retos, se trata de que no sólo sepan que existimos, sino lo que realmente somos y para qué estamos, cuáles son nuestras competencias y qué papel tenemos en la vida de castellanos y leoneses.

Hará falta el paso del tiempo y demostrar la eficacia tras un trabajo sistemático y serio. Ahí está la tarea nada fácil, entre otras cosas, si tenemos en cuenta que en la actualidad -créanme, y no solamente en España-, cada vez existe más confusión en el ciudadano medio a la hora de conocer las instancias llamadas a resolver estos o aquellos conflictos.

El pasado año conmemoramos el cincuenta aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En aras de la celebración, dedicamos parte de nuestros esfuerzos a reforzar la difusión de la cultura de los derechos, pues, evidentemente, para que una ciudadano pueda hacerlos valer es necesario que los conozca previamente.

Seguimos manteniendo numerosas relaciones y contactos interinstitucionales con colectivos sociales y Administraciones Públicas, intentando siempre desarrollar la función de supervisión que tenemos encomendada con ánimo de colaboración, con ánimo de colaboración, en búsqueda de cauces de comunicación fluida.

A este respecto, por ejemplo, los Jefes de Servicio de la Delegación Territorial de Palencia estuvieron en nuestra Sede, al objeto de -tras el conocimiento personal de la Institución- lograr una gestión directa más efectiva en el desarrollo de materias objeto de atención común.

Preocupados también de conocer más a fondo la sociedad en la que nos movemos, invitamos el pasado año mil novecientos noventa y ocho, en Medina del Campo, a los profesionales de los medios informativos de nuestra Comunidad Autónoma y a los responsables de prensa de los distintos Defensores del Pueblo. Los puntos de vista intercambiados en el transcurso de los debates enriquecen siempre la experiencia.

En el año noventa y ocho continuó reforzándose la estrecha relación que se venía manteniendo con el Defensor del Pueblo estatal. La colaboración se puso siempre de manifiesto en los diversos encuentros y reuniones mantenidos por ambos titulares.

Referente a las relaciones con otros Comisionados Parlamentarios, en el pasado mes de octubre el Diputado del Común de Canarias organizó las Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo en las que participamos.

Con proyección internacional, fui invitado oficialmente por el Consejo de Europa a actuar como Ponente en representación de dicho organismo en varios congresos celebrados durante ese año en varias ciudades de la Federación Rusa. También el Defensor del Pueblo estatal y la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores me han propuesto colaborar en un programa de ayuda a la Defensoría del Pueblo de Ucrania, de lo que les hablaré en el próximo Informe.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, tras su reforma -les decía-, atribuye -como saben- al Procurador del Común el carácter de Institución propia de la Comunidad. Con ello nuestro Estatuto nos encomienda no sólo la defensa de los derechos de los ciudadanos, lo que es habitual en figuras análogas, sino también la función defensora del propio Estatuto y la tutelar del ordenamiento jurídico. Ello viene a aumentar la necesidad de solventar las imprecisiones de la Ley 2/94, a las que me refería en su momento y que dificultan, siguen dificultando -me temo- el cumplimiento de cuanto en ésta se dispone.

Por ello, en tanto tenga lugar -en su caso- la modificación de dicho texto legal, hemos considerado oportuno dar cuenta a la Cámara, en primer lugar, de las nuevas cuestiones advertidas -con ocasión de ulteriores lecturas del Título III del Estatuto- de la Ley, en el ánimo de contribuir a un mejor entendimiento del mismo.

El diverso contenido de los asuntos abordados por el Departamento de Defensa del Estatuto de Autonomía y Tutela del Ordenamiento Jurídico de Castilla y León, desde la perspectiva de la defensa del derecho de nuestra Comunidad Autónoma, no facilita, precisamente, el intento de formular conclusiones generales, más allá de señalar que esta Institución no ha apreciado la existencia de vulneraciones competenciales, con ocasión de las normas dictadas por el Estado a lo largo del año noventa y ocho.

En lo que hace al desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía, hemos abordado cuestiones concernientes a la interpretación de nuestro ordenamiento jurídico y a su relación con el estatal: incompatibilidades de altos cargos, colegios profesionales, protección de datos de carácter personal. Hemos tenido ocasión de advertir, asimismo, que las previsiones de la reciente -y en la que tengo puestas no pocas esperanzas- Ley de Accesibilidad y Supresión de Barreras, sobre el acceso a las viviendas de protección oficial por ciudadanos afectados de minusvalías, deben primar en cuantos conflictos de intereses puedan suscitarse, como claramente lo expresa su Exposición de Motivos. De ahí que para su efectivo cumplimiento no sea, a mi juicio, suficiente conciliar los intereses en presencia. En muchos de estos expedientes se ha evidenciado, una vez más, la estrecha relación existente entre las diversas funciones atribuidas al Procurador del Común.

De acuerdo con el modo en que venimos interpretando el Título III de la Ley Reguladora, el seguimiento de la actividad reglamentaria del Ejecutivo Regional no se ha orientado sólo a constatar la adecuación de esta clase de normas -las reglamentarias con el Estatuto-, sino que su análisis se ha realizado desde la perspectiva del estado de observancia y aplicación de nuestro ordenamiento jurídico.

En este ámbito formulan... se formulan consideraciones concretas -como han podido ver- sobre el cumplimiento de los mandatos legales de desarrollo reglamentario, y, asimismo, sobre la adopción de medidas de protección de los espacios naturales en trance de declaración, en los términos prevenidos en nuestra Ley de Espacios.

Dentro del epígrafe destinado a dar cuenta de aquellas actuaciones en la que... en las que no he apreciado la existencia de una problemática de carácter general por su heterogéneo contenido, la infracción de normas sustantivas o adjetivas ha dado lugar a las pertinentes resoluciones dirigidas a las Administraciones sometidas a nuestra supervisión: por ejemplo, fondo de acción social de los empleados públicos, régimen de asociaciones, retraso en la resolución de expedientes.

Se incluyen, asimismo, algunas decisiones de rechazo que han exigido una motivación pormenorizada, referidas a quejas sobre la actuación de personas jurídico-privadas, porque no siempre las quejas relativas a relaciones entre personas jurídico-privadas pueden ser rechazadas sin más, sino que, las más de las veces, necesitan de una motivación.

Antes de pasar a exponer lo relativo a la función de defensa de derechos y libertades, permítanme hacer unas consideraciones que afectan al conjunto de las áreas, consideraciones críticas que afectan al conjunto de las áreas. Me refiero a la obligación de resolver que tiene la Administración.

Como en años precedentes, y al lado de las cuestiones sustantivas que los ciudadanos han sometido a mi consideración, no han sido pocos los supuestos en que se ha advertido que las Administraciones Públicas continúan incumpliendo la obligación de dictar resolución expresa sobre cuantas solicitudes se formulen por los interesados. Según el vigente Artículo 42.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, dictar resolución expresa en todos los procedimientos y notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. O, cuando menos, se puede decir que han incumplido el plazo establecido para el dictado de la correspondiente resolución; extremos que también a lo largo del año noventa y ocho se ha hecho saber a los órganos actuantes, mediante el correspondiente recordatorio de deberes legales. Después de todo, Señorías, se trata de una misión específicamente encomendada al Procurador del Común por el Artículo 12 de la Ley que han aprobado estas Cortes.

El deber de resolver en tiempo y forma deriva directamente de los principios proclamados en el Artículo 9 de nuestra Constitución. Y, en consecuencia, es preciso insistir, a riesgo de ser reiterativo, acerca de la necesidad ineludible de cumplir la legalidad en este aspecto, de modo que ésta no se convierta en un mero principio orientativo vaciado de contenido por quienes están encargados de su aplicación, so pretexto de los defectos y dificultades advertidos.

Por lo que respecta al Departamento relativo a la Protección y Defensa de los Derechos Fundamentales de los ciudadanos, haré referencia a las siguientes áreas, en las que englobo tanto las actuaciones de oficio -que han aumentado respecto de las del año pasado, por cierto- como las quejas tramitadas por esta Institución.

En el área que denominamos -de manera, quizá, un tanto imprecisa, reconozco- Función Pública y Presidencia, han tenido especial relevancia las quejas de aquellas personas que, deseando ingresar en alguna de las Administraciones, manifestaban que no se convocaban pruebas selectivas, por ejemplo, a pesar de existir puestos de trabajo desempeñados de forma temporal por interinos o laborales temporales y de estar dotadas las plazas presupuestariamente.

Se han venido presentando, igualmente, quejas en las que se manifiesta la discrepancia de quienes participan en pruebas selectivas para el acceso a cuerpos o plazas de la Administración con las puntuaciones obtenidas, con los criterios de valoración de los tribunales o con el resultado de los ejercicios, intentando obtener para el interesado una respuesta expresa de la Administración.

Por lo que se refiere al régimen jurídico, organización y funcionamiento de las Corporaciones Locales, son numerosos los supuestos en los que no se contestan las solicitudes que dirigen los vecinos a los Ayuntamientos en petición de aclaraciones o actuaciones municipales. Es frecuente el incumplimiento de la previsión legal relativa a la necesidad de cursar las notificaciones de los actos y acuerdos que pongan término a un expediente en los diez días siguientes al de su fecha.

Se ha advertido que en los casos en los que las solicitudes de los administrados no reúnen los requisitos necesarios las Administraciones Locales, con carácter general, no requieren a los interesados para que subsanen los defectos o acompañen los documentos preceptivos, optando en su lugar por la vía del silencio.

Suele ser práctica habitual, pese a la solicitud de las asociaciones, la no remisión al domicilio social de las mismas de las convocatorias, resoluciones y acuerdos adoptados por los órganos municipales.

Se ha comprobado también que en determinados reglamentos municipales no se contienen previsiones relativas a las causas de denegación de las solicitudes de intervención por parte de las asociaciones de vecinos.

Debe destacarse la tolerancia de determinadas Corporaciones Locales -que señalo en el Informe- respecto de las personas que no residen habitualmente en el lugar donde se encuentran empadronadas, sin que por parte de las mismas, y teniendo en cuenta los distintos supuestos -altas indebidas, por ejemplo, o no residencia sobrevenida-, se proceda a la baja de oficio.

Suele hacerse una interpretación restrictiva por parte de no pocas Corporaciones del derecho de acceso de los ciudadanos a los archivos y registros, lo que impide -o al menos dificulta- la obtención de copias y certificaciones.

Las competencias asumidas o ejercidas por las Entidades Locales Menores no están con carácter general definidas -como muy bien saben Sus Señorías-, definidas o delimitadas, lo que dificulta la prestación de muchos servicios -abastecimiento de agua a domicilio, alumbrado público, etcétera- al considerar las Entidades implicadas, Ayuntamientos y Juntas Vecinales, que, según los casos, son o no de su competencia.

En ocasiones no se respeta la previsión legal relativa a la necesidad de contestar en la sesión siguiente a las preguntas planteadas oralmente en el transcurso de la anterior, así como las formuladas por escrito; ni la de contestar en la misma sesión a las preguntas formuladas por escrito con veinticuatro horas de antelación.

Es frecuente el incumplimiento de la previsión legal relativa a la necesidad de acreditar la recepción de la notificación de la convocatoria, así como la de incorporar dicha acreditación al expediente.

En algunos casos he podido comprobar la desproporción existente entre el número de sesiones ordinarias y extraordinarias que han tenido lugar en la presente Legislatura en determinadas Corporaciones Locales; todo ello teniendo en cuenta que la celebración de una sesión extraordinaria no equivale... en ningún caso no puede equivaler a la celebración de una ordinaria, aunque incluya el turno de ruegos y preguntas.

También se ha confirmado que las sesiones de las Comisiones Informativas o no tienen periodicidad... la periodicidad establecida, o en otros casos su convocatoria no se ajusta a dicha periodicidad.

En ocasiones, la denegación de la convocatoria de sesión extraordinaria solicitada por los Concejales, por la cuarta parte de los Concejales, no tiene apoyo legal.

Se ha constatado que el plazo de dos días hábiles que debe transcurrir entre la convocatoria y la celebración de la sesión se computa en ocasiones desde que la convocatoria se deposita en la oficina de Correos, y no desde el momento de la notificación de la misma a los diversos miembros de la Corporación.

En esta misma área se incluyen las cuestiones concretas suscitadas ante esa institución en materia de tráfico, que son muy diversas, la mayoría relativas a la existencia de irregularidades en los expedientes sancionadores, o supuestas irregularidades en los expedientes sancionadores, y se denuncia, en consecuencia, la vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

Por lo que se refiere área Urbanismo, Ordenación del Territorio, Obras Públicas y Vivienda, es práctica frecuente la falta de respuesta a las alegaciones presentadas por los ciudadanos durante el trámite de información pública de los procedimientos de aprobación del planeamiento.

La excesiva duración del procedimiento de aprobación del planeamiento conduce en algunos supuestos a la aplicación de planes generales o normas subsidiarias aprobados provisionalmente, sin que se haya producido la aprobación definitiva por el organismo autonómico.

En ocasiones, se ha podido comprobar que las Corporaciones Locales no despliegan en todos los casos la necesaria diligencia administrativa para averiguar la identidad y domicilio de los interesados, a fin de practicar las correspondientes notificaciones.

Con carácter general, y respecto a las licencias de primera ocupación, se ha constatado tanto la pasividad de las Corporaciones Locales respecto a la ocupación de los edificios antes de obtener la licencia de primera ocupación como el otorgamiento de licencias de primera ocupación condicionadas.

Es frecuente que se otorguen licencias para edificar en suelo urbano sin que se asegure, simultáneamente, la ejecución de la urbanización y de la edificación; con lo cual, claro está, permitiría entonces al Ayuntamiento actuar sustitutoriamente, con cargo a las citadas garantías, en el supuesto de que no se proceda a ejecutar la urbanización.

También se ha podido advertir que en determinados casos o bien las Administraciones no dictan las correspondientes órdenes de ejecución, o bien, una vez impartidas las mismas, no se llevan a cabo, en caso de incumplimiento, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en la ley.

Se ha verificado que, en los expedientes incoados para restablecer las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, es relativamente frecuente que los Ayuntamientos, antes de proceder a la notificación del trámite de audiencia como tal, ordenen la ejecución de las obras.

Son frecuentes los supuestos en los que las Corporaciones Locales, en los casos de obras sin licencia o excediéndose de las condiciones de la misma, no proceden a incoar los correspondientes expedientes de protección de la legalidad urbanística y sancionadores.

También se ha podido constatar que en los mismos supuestos a que acabo de aludir, las Corporaciones Locales, o bien no acuerdan la suspensión de las obras o, una vez acordada la misma, no proceden a adoptar las medidas necesarias para asegurar la total interrupción de los trabajos.

Con frecuencia, por parte de los administrados se procede a instar licencia de construcción y a demorar la misma durante años, lo cual constituye una práctica de todo punto inadmisible que desemboca en ocasiones en la consumación de edificaciones fuera de ordenación. Pero es más, la Administración tampoco contribuye a evitar las consecuencias de esta práctica, ya que no procede, con carácter general, ni a incoar los correspondientes expedientes de caducidad de las licencias de obras, ni a denegar las prórrogas de las licencias solicitadas por variación del planeamiento.

En los casos de ejecución subsidiaria de demoliciones, se ha comprobado que, en ocasiones, no se dicta la correspondiente resolución determinando el día y la hora en la que se procederá a la misma, ni se procede a levantar acta de demolición.

En materia de patrimonio y bienes, se ha podido constatar cierta pasividad, por parte de determinados Entes Locales, respecto a su obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos cuando median fundamentos suficientemente razonables.

También se ha podido advertir que en algunos casos -que señalo en el Informe- no se tramitan expedientes de recuperación de oficio, y en otros, aunque se tramitan, o no se notifica al interesado el trámite de audiencia para que el mismo pueda realizar las alegaciones, o se procede a la ejecución forzosa prescindiendo del previo apercibimiento al interesado.

Sucede a veces que la Administración procede a ocupar fincas de particulares sin que se proceda a incoar el correspondiente expediente expropiatorio y a pagar el justiprecio o a compensar mediante la técnica de la permuta.

En lo relativo a la vivienda, a tenor de las quejas presentadas, nuestra actividad estuvo encaminada a supervisar el que las Administraciones Públicas ejerzan adecuadamente las competencias que les otorga la normativa de viviendas de protección oficial para garantizar su cumplimiento.

Resulta necesario insistir en que la Administración Pública debe aplicar la normativa vigente en materia de viviendas, sin dejar de tener presente que constituye un marco de normas que nace para favorecer el acceso, uso y disfrute de las capas sociales menos favorecidas a un bien tan imprescindible como es la vivienda digna, y que es, precisamente, la estricta aplicación de esas normas la mejor manera de garantizar el derecho a la vivienda a sus beneficiarios.

El principal problema que se plantea en las viviendas de protección oficial de promoción privada se concreta en la lentitud con que se tramitan los expedientes sancionadores, incoados por la Administración, por el incumplimiento, por parte de los promotores, de la normativa específica.

Se pone de manifiesto la insuficiencia del sistema para alcanzar los objetivos en orden a la tutela de la Administración para que las viviendas reúnan las debidas condiciones, de modo que puedan ser consideradas -como dice nuestra Constitución- dignas y adecuadas.

La negativa de un promotor a asumir sus obligaciones no se ve corregida siempre con las medias... las medidas que prevé la ley, si bien es verdad que en numerosas ocasiones la mera... es verdad que en numerosas ocasiones la mera invitación a la ejecución de las obras o el apercibimiento de la imposición de la multa es suficiente para que el sancionado cumpla con sus obligaciones.

Es preciso poner en funcionamiento, Señorías, otros mecanismos previstos ya en la normativa vigente de viviendas de protección oficial y de los que no se hace uso, sin embargo, tales como la constitución de seguro por parte de los promotores para hacer frente a los posibles vicios o defectos de la construcción -eso está previsto en la ley- que pueden surgir dentro de los cinco primero años... primeros años, a partir de la fecha de la calificación definitiva, registro de contratista, la imposición de sanciones consistentes en la inhabilitación para ser promotor o constructor de viviendas de protección oficial, etcétera, etcétera.

En cuanto a las quejas relacionadas con las viviendas de protección oficial de promoción pública, las denuncias recaen sobre presuntas irregularidades en los procesos de selección de adjudicatarios.

En el ámbito de las actuaciones que el Procurador del Común está llevando a cabo en materia de urbanismo, y habiendo tenido conocimiento de la proliferación de antenas de radio y televisión en los inmuebles urbanos debida, entre otras razones, a la cada vez más abundante oferta por satélites, estimé conveniente dirigirme de oficio -esta vez a los municipios- recomendando la aprobación o modificación de la correspondiente normativa municipal, si la misma no existiere, en la que, entre otros extremos, se contemplaran prohibiciones y limitaciones relativas a la instalación de antenas en fachadas, balcones y cubiertas.

Actividades Clasificadas y Medio Ambiente. Durante las investigaciones efectuadas, he podido constatar la reticencia de la Administración Regional a la hora de intervenir en este tipo de expedientes, pese a que la Ley 5/93 atribuye expresamente la alta inspección de las actividades clasificadas a la Consejería de Medio Ambiente; competencia que es ejercida en las distintas provincias a través de los correspondientes órganos periféricos.

El principal problema con el que nos hemos encontrado reside en la adopción del acuerdo de iniciación de expedientes sancionadores, como consecuencia de la comisión de infracciones muy graves; competencia que está atribuida a las Delegaciones Territoriales.

Pese a ello, en un buen número de expedientes en los que hemos recomendado a estos órganos la iniciación de expedientes sancionadores por infracciones muy graves, bien no hemos tenido respuesta o bien se han declarado incompetentes para ello.

Se constata, asimismo, una fuerte reticencia, por parte de los Servicios Territoriales, a la hora de inspeccionar y controlar ese tipo de actividades, en aquellos supuestos en que los Ayuntamientos carecen de los medios técnicos necesarios, que no son pocos -como muy bien saben- en esta Comunidad Autónoma.

En este sentido, debo recordar que, en relación con el ejercicio de la potestad sancionadora, corresponde a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente las funciones de investigación, inspección y averiguación de las conductas o hechos que pudieran constituir infracción, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Por otro lado, se ha constatado una gran reticencia por parte de la Administración Local a la hora de inspeccionar este tipo de actividades, con posterioridad al otorgamiento de las correspondientes licencias.

Se ha observado también una fuerte resistencia, por parte de la Administración, a la hora de controlar estos establecimientos, si no existen denuncias previas de particulares. Sobre esta cuestión quiero, una vez más -puesto que lo digo año tras año-, recordar la especial importancia que en estos expedientes cobra la inspección de oficio, máxime si tenemos en cuenta las consecuencias que desgraciadamente tienen, en no pocas ocasiones, para los vecinos colindantes la presentación de una denuncia.

Se han puesto también de manifiesto los habituales defectos de las actas de medición del nivel de ruidos efectuadas por los Servicios Técnicos competentes, lo que lleva a impedir posteriormente la posible sanción por parte de la Administración.

También hemos comprobado que, ante el incumplimiento de los límites sonoros máximos autorizados, la Administración únicamente impone sanciones económicas no suficientes, siendo así que debería requerir a los titulares de las actividades la ejecución de medidas correctoras.

Hay también actuaciones, como pueden ustedes comprobar leyendo el Informe, en materia de explotaciones de ganado, de actividades industriales, explotaciones mineras.

Igualmente, tal y como ocurría en el ejercicio anterior, a lo largo del año noventa y ocho, he recibido reclamaciones relativas al derecho de acceso a la información sobre medio ambiente por parte de colectivos ecologistas. En este sentido, creo que se requiere no solamente una mayor agilización de los procedimientos tramitados al respecto por los diferentes organismos administrativos, sino también una mayor atención y colaboración con dichas asociaciones, de manera que tienda a eliminarse esa concepción de pasividad que muchos asocian a la actividad pública.

También en relación con vertederos hemos recibido varias quejas.

Área Educación, Cultura y Deportes. Viene siendo habitual que los ciudadanos recurran a esta Institución para denunciar deficiencias relativas a las instalaciones de los centros, tanto en el aspecto de su adecuación a las actividades docentes, como en lo relativo a sus condiciones de seguridad o higiénico-sanitarias.

Las quejas recibidas nos permiten comprobar que aún existen zonas donde el número de centros de integración o dotados con aulas de Educación Especial es tan escaso que los padres se ven imposibilitados de conseguir una escolarización de sus hijos discapacitados que no pase por un alejamiento del niño de su entorno familiar y vital. Esta insuficiencia de centros de integración es particularmente importante en la Educación Secundaria y en las zonas rurales.

Asimismo, se observa que existen importantes carencias de personal especializado adscrito a los centros docentes, a los servicios de apoyo; en particular, en el caso de los fisioterapeutas y logopedas, probablemente los profesionales más demandados en las quejas recibidas.

Las quejas formuladas en relación con la Enseñanza Superior se refieren, fundamentalmente, al acceso y permanencia en los centros de Enseñanza Universitaria, traslados de expedientes académicos, convalidaciones -ya sea de asignaturas o títulos- y sistema de becas.

Hemos desarrollado también, dentro de esta área, actuaciones de oficio sobre el patrimonio histórico-artístico de Castilla y León, porque si bien va aumentando el número de ciudadanos que a título individual se acercan a nosotros, o bien a través de asociaciones, demandando, más allá de sus intereses particulares, la protección del patrimonio, todavía son muy pocos en comparación con los que lo hacen en otras quejas. No es éste, precisamente -por desgracia-, uno de los derechos más reivindicados a instancia de parte. Por eso es necesario la intervención de oficio del Procurador del Común, cosa que hemos hecho en diversos lugares, desde el Castillo de Castrotoraz en Zamora, hasta el Monasterio -o lo que queda de él- de Santa María de Palazuelos en Valladolid.

Y hay también aquí una interesante -creo- actuación de oficio, en relación con los inventarios de bienes, sobre las cuales muy brevemente quisiera llamarles su atención, porque no es muy conocida.

Somos conscientes de la propiedad, por parte de nuestros municipios, de objetos muebles de interés artístico o histórico-cultural que no encajan, sin embargo, en el epígrafe "muebles de carácter histórico-artístico o de considerable valor económico", de los correspondientes inventarios a los que se refiere el Real Decreto Legislativo del año ochenta y seis. Y sin embargo, ello no implica que los mismos no merezcan, por consideraciones de diversa naturaleza, una especial protección por parte de las Corporaciones.

Por eso, a fin de procurar la conservación, consolidación de esos bienes, remití escrito a los Ayuntamientos sobre la conveniencia, a mi juicio, de proceder a la elaboración de una relación de los mismos, incluyendo su descripción y documentación fotográfica.

Industria, Comercio, Turismo y Consumo. Siguiendo la tendencia de ejercicios anteriores, una importante parte de esta área ha venido constituida por las quejas relativas a la energía eléctrica, y no solamente en la provincia de León.

La actividad del Procurador del Común en esta materia se ha concretado, fundamentalmente, en supervisar el control efectuado por las Administraciones -y sobre todo la Administración Autonómica- sobre la actividad de las empresas suministradoras, para garantizar el correcto funcionamiento del servicio desde la producción de la energía hasta su distribución.

Se ha supervisado también la actuación administrativa en la tramitación de los procedimientos y autorización de las instalaciones eléctricas. En algunos casos, he observado el incumplimiento de los requisitos exigidos para la instalación de líneas eléctricas; aunque hay que reconocer en otros casos que la disconformidad mostrada por los reclamantes en torno a su establecimiento y ubicación no obedecían a motivos fundamentados, sino a meros intereses particulares.

También han sido objeto de queja los problemas relacionados con el servicio público del gas, fundamentalmente respecto a la conservación y mantenimiento de las instalaciones, autorización de las mismas, o sobre los requisitos para el ejercicio de la actividad de las empresas instaladoras.

A este respecto, se han manifestado irregularidades en la tramitación de los distintos procedimientos realizados por la Administración Autonómica o, en su caso, por la Administración Local.

En relación con las reclamaciones presentadas por las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, se ha podido comprobar, en algunos casos, la falta de resolución de las solicitudes formuladas por estos colectivos. En otros, dichas peticiones han sido atendidas por la Administración, tras las gestiones realizadas por el Procurador del Común.

Se hace preciso en estos supuestos una mayor atención -creo- a estas asociaciones dedicadas a un interés público, como es la defensa de los consumidores y usuarios, de manera que desaparezca, en la medida de lo posible, la demora en la actuación administrativa.

Agricultura, Ganadería, Montes, Caza y Pesca. Las quejas sobre concentración parcelaria son, de nuevo, las más numerosas. Con frecuencia, los reclamantes acuden a la Institución como una especie de última instancia para hacer valer sus pretensiones, relativas a la clasificación de las tierras y a la fijación de los coeficientes de compensación, con las que no están conformes.

A veces, incluso ocurre que no han reclamado en vía administrativa por falta de conocimiento o de atención en el momento del establecimiento de las bases de la concentración.

En la práctica, con frecuencia, se produce una confusión de los interesados entre las alegaciones que pueden presentar en la fase de la encuesta y los recursos que proceden contra el acto administrativo definitivo.

Por otro lado, se ha podido comprobar el incumplimiento de los plazos de resolución de los recursos, por lo que estimo que, en materia de concentración parcelaria, la Administración Autonómica debe realizar un esfuerzo para mejorar la eficacia de su gestión, evitando retrasos en la resolución de los recursos contra las bases y el acuerdo de concentración.

En materia de bienes comunales de las Entidades Locales, los reclamantes se ven excluidos de los aprovechamientos de este tipo de bienes por no residir, efectivamente, en la Entidad Local; requisito que en la mayoría de los casos se exige de acuerdo con la costumbre. Pero para evitar casos de vecindades ficticias, sería aconsejable que los municipios adecuaran el padrón de habitantes a los datos reales de residencia.

También aquí ha habido actuaciones de oficio: una, en relación con animales de compañía. Con motivo de la problemática derivada de la tenencia y circulación de animales peligrosos, se inició por el Procurador del Común, ya en el año noventa y ocho, bastante antes de que lo hicieran otras Comunidades Autónomas -a pesar de lo que se comentó en algún medio de comunicación-, una actuación de oficio sobre la materia.

A raíz de la misma, reflexionó esta Institución sobre la conveniencia de elaborar una lista de todas aquellas razas caninas que, con carácter general, merecieran dicha consideración, a fin de exigir a sus propietario o poseedores determinadas medidas de protección. Y debo decir que la referida consideración fue asumida, y hoy el Reglamento... el Reglamento aprobado en junio del año noventa y nueve -del año en curso- establece dicha relación, aunque no figuraba en el proyecto en un primer momento.

También a petición de algunos de ustedes, de algunos de los Procuradores de estas Cortes, con ocasión de la defensa del Informe anterior, me personé inmediatamente en la localidad de Tabuyo del Monte para ver las consecuencias del incendio provocado, al parecer, en las maniobras de un Regimiento de Infantería.

Trabajo, Seguridad Social y Servicios Sociales. En materia de trabajo, el problema del empleo, su acceso o su mantenimiento, es la causa de un buen número de las quejas presentadas. Pero, a estos efectos, es preciso tener en cuenta la naturaleza privada de las relaciones jurídico-laborales, de tal modo -yo creo que es fácilmente comprensible- que solamente cuando el empleador es una Administración, y una Administración sometida a la supervisión de esta Institución, se entra en el fondo de la cuestión, iniciando en ese caso la correspondiente investigación de los hechos denunciados.

Servicios Sociales. Los ciudadanos que acuden a la Institución, y que están pendientes del reconocimiento de ayudas o prestaciones no contributivas, plantean situaciones extremas derivadas del estado de necesidad que padecen, demandando soluciones rápidas, por lo que, aunque sus peticiones se resuelven dentro del plazo máximo fijado por la Ley, éste es considerado de todos modos excesivo.

Pero, como saben, es en este campo de los servicios sociales donde estamos desarrollando una actividad especial, por lo que les ruego me permitan unos minutos al respecto.

¿Cuál es la actuación del Procurador del Común en relación con los menores -tema tan de actualidad-?

El Estatuto de Autonomía atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de protección y tutela de menores; de aquí que el Procurador del Común, como Alto Comisionado Parlamentario para la defensa de los derechos de los ciudadanos, haya abordado la problemática de niños y adolescentes de esta Comunidad, a pesar de lo que se ha dicho en contrario en algún momento o en algún medio de comunicación.

Es cierto que desde hace algún tiempo ha mejorado la atención que las Administraciones prestan a los menores -desde hace algún tiempo ya-, pasando del concepto de "beneficencia" a otros más amplios de bienestar y protección. Aun así quedan ámbitos en los que los derechos de la infancia pueden verse afectados o vulnerados, como sucede, por ejemplo, en los procesos de separación o divorcio de sus progenitores, tramitación de un procedimiento de acogimiento o adopción, o los supuestos de maltrato infantil, escolar o familiar, entre otros.

En la mayoría de los casos son los adultos quienes acuden a la Institución de la que soy titular, manifestando su disconformidad con los procedimientos tramitados por la Administración Pública en los que se ven implicados menores, como, por ejemplo, la lentitud o la falta de información en los expedientes de adopción o en los acogimientos, la forma de pactar el régimen de visitas, o el seguimiento de esta fórmula de protección. Sólo en algún caso aislado -sobran dedos de una mano para contarlos- han sido los propios menores los que se han acercado a la Institución. Son supuestos en los que reclaman, por ejemplo, ser oídos en el proceso de crisis matrimonial de sus padres, para manifestar su preferencia a la hora de convivir con uno o con otro.

Como Procurador del Común he asumido, de oficio también, la defensa del derecho a la vida y a la integridad física de los menores en relación con la seguridad vial, especialmente exigiendo el cumplimiento de la normativa sobre medidas de seguridad cuando viajen en vehículos y ciclomotores, y el control del tráfico a la entrada y salida de los colegios, cada vez -reconozco- más complejo por la variedad de horarios.

A través del Defensor del Pueblo estatal, he sugerido, en su momento, las oportunas modificaciones legislativas dirigidas a ampliar los permisos laborales de los padres adoptivos.

También, por delegación del Defensor del Pueblo estatal, he comenzado a interesarme por cuestiones relacionadas con la adopción en algunos países extranjeros, y hemos intervenido en algunos expedientes con éxito.

Me he ocupado también del derecho a la educación y de la obligatoriedad de la escolarización, en particular en relación con los menores de raza gitana -aunque no sólo-; de vigilar la observancia de la prohibición de venta de alcohol a menores de dieciocho años y de controlar la exhibición y difusión entre ellos de vídeos y material pornográfico.

En el campo del derecho a la intimidad, he sugerido la necesidad de regular los distintos ficheros automáticos de carácter personal referidos a la protección de la infancia, acogimientos, adopciones, menores protegidos y menores infractores.

Corresponde, ciertamente, al Procurador del Común supervisar la acción de las Administraciones Públicas que presenten servicios a los menores para verificar el respeto a sus derechos, así como proponer reformas de procedimiento o de normas, con el fin de hacer más eficaz la defensa de los mismos.

Se impone, en este ámbito, una buena coordinación con otros organismos competentes en la defensa de la infancia: la Gerencia de Servicios Sociales, a quien corresponden las funciones de protección de menores y prevención de problemas concretos en poblaciones de riesgo; y las distintas Fiscalías a las que compete asumir la representación de los menores que carecen de representación legal, así como promover la constitución de organismos tutelares.

Pero lo que no cabe es atribuir al Procurador del Común otras funciones distintas de las suyas propias, ya que nunca podría inmiscuirme en la solución de los casos individuales encomendada, por ejemplo, a los órganos jurisdiccionales, y tampoco podría adoptar medidas de protección que sólo incumben a las Administraciones Públicas competentes. Mi labor es estrictamente de supervisión de las Administraciones.

Como he intentado hacer ver, son muchas y muy variadas las cuestiones abordadas por la Institución. Por eso he desechado la posibilidad de encomendar, dentro de la propia Institución, a una única persona en exclusiva, todos los temas referidos a los menores. Considero más oportuno -como he venido haciendo hasta ahora- que, dentro de cada área, por el responsable correspondiente, se estudien los diversos aspectos de la infancia y de la adolescencia; eso sí, bajo la dirección unitaria del Procurador del Común.

Tercera edad. Me remito al Informe presentado en su momento, aunque quisiera añadir algo, porque la problemática de la tercera edad no consiste sólo en las residencias, en los problemas que podamos encontrar con las residencias. Hay otros aspectos no menos importantes, frecuentemente, por cierto, en común con las personas minusválidas, como es el caso de las barreras arquitectónicas y otras, que nos debieran preocupar, y que deberíamos resolver, aunque sólo fuera por egoísmo, Señorías; ya que, normalmente, nosotros mismos o nuestros familiares, tarde o temprano, con el transcurso del tiempo, podemos encontrarnos en situaciones análogas. Permítanme, por cierto, a este respecto, un eslogan: "A través del egoísmo, hacia la solidaridad".

Salud mental. De nuevo, pido disculpas por insistir en esta materia, aun a riesgo de que me tilden de reiterativo; pero es un compromiso que tengo adquirido con este colectivo, y al que no quiero renunciar. Y que es un colectivo, además, en el que a veces da la impresión que no resulta fácil que se les escuche.

Castilla y León lleva, como el resto de España, más de una década de reforma psiquiátrica. Su puesta en marcha no ha estado exenta de tensiones -como es bien sabido-, de negligencias, de críticas, que han llevado a sus detractores, a los detractores de la reforma -quiero decir- a reclamar, incluso, el restablecimiento de los manicomios.

Sin poner en duda la necesidad de la reforma, vuelvo a decir que el principal problema del desmantelamiento de los manicomios sigue siendo la carencia, sigue siendo la carencia -me imagino que en toda España, pero en concreto en Castilla y León-, la carencia de estructuras alternativas adecuadas para la atención de los enfermos. Y es que los ciudadanos... los cuidados -perdón- que precisa un paciente de estas características -vuelvo a repetir-, una vez superada la fase aguda de su enfermedad, dirigidos a su rehabilitación y resocialización, no deben llevarse a cabo solamente desde los recursos sanitarios; no es suficiente con los recursos sanitarios propiamente dichos, sino también desde o en coordinación con los servicios sociales. Si no se cuenta con dichas estructuras, la reforma psiquiátrica habría venido simplemente a trasladar el grave problema de la enfermedad mental a las familias y, en su defecto, a la Comunidad.

El hecho es tanto más grave cuanto que en unos casos puede no haber familias, Señorías. De hecho, podría contarles supuestos donde no hay familia; o, habiéndola, puede no estar en condiciones de hacerse cargo del enfermo. También puedo darle supuestos con nombres y direcciones, casos de padres de edad avanzada, por ejemplo. O simplemente no desean hacerlo; por ejemplo, donde ya no hay padres.

Ello -a mi juicio- no fue tenido en cuenta en toda su dimensión por los autores de la reforma, como tampoco parece haberse tenido en cuenta que en una misma familia pueda haber ya otro enfermo mental grave. Y, entonces, ¿qué ambiente idóneo puede ser ése para la curación de un enfermo mental? ¿O alguien me puede explicar, por ejemplo, cómo una madre puede atender en su casa a dos hijos enfermos mentales graves, incluso muy graves? También les puedo dar direcciones y nombres.

Por otro lado, la Ley General de Sanidad equipara, con indudable buena intención, el enfermo mental a las demás personas que requieran servicios sanitarios sociales. Sin embargo, en relación con el resto de personas que pueden utilizar los servicios sociales básicos y específicos (un minusválido físico, por ejemplo, un drogodependiente o un anciano), el enfermo mental está discriminado. No dispone de recursos específicos que eviten ingresos y que permiten su normalización e integración.

Y, por lo demás, nos encontramos no pocas veces, en el caso de los enfermos, con actitudes agresivas -y muy agresivas-, y con negativas a tomar los medicamentos, a someterse al tratamiento prescrito, a diferencia de lo que sucede con otras enfermedades, a pesar de lo que diga la Ley General de Sanidad.

Señorías, importa poco al enfermo, familiar o allegado -créanme- que su creación y sostenimiento corresponda a una u otra Administración. Lo único que sabe es que los derechos del enfermo mental se han convertido, en muchos casos, en papel mojado.

Esta falta de recursos es común, ciertamente, a muchas Comunidades Autónomas -quizá a todas-, aunque es cierto que algunas han realizado recientemente un diseño de todos los servicios que se van a prestar a este tipo de enfermos.

En Castilla y León, la aprobación del Plan de Atención Sociosanitaria puede suponer un paso adelante, puede suponer un paso adelante. Pero temo que su puesta en práctica se retrase por el hecho de que la asistencia psiquiátrica se presta de forma plurinstitucional: Insalud, Junta, Diputaciones, Consorcios Hospitalarios. Es imprescindible, por ello, y urgente, entre otras cosas, para su implantación y desarrollo un importante esfuerzo de colaboración entre todas las Administraciones.

También continuamos con nuestra actuación de oficio sobre la Integración Sociolaboral de las Personas Discapacitadas en Castilla y León. Me remito a lo dicho en el Informe que presenté en su momento.

Otra actuación de oficio importante en la materia... las materias que estamos abordando es la relacionada con la integración social de la comunidad gitana en Castilla y León. Es, les confieso -ya se lo decía, creo, en anteriores intervenciones-, una de las actuaciones más difíciles y menos comprendidas por la opinión pública, por la sociedad, de las que estoy desarrollando. De las menos, sin duda, comprendidas, más difícilmente comprendidas por los ciudadanos no gitanos, que en ocasiones me critican, por escrito o verbalmente, por estimar que con mi actuación lo que pretendo es hacer aún más "privilegiados" -pónganlo entre comillas- de lo que ya son a los gitanos.

Bien es verdad que algunos miembros de la población gitana tampoco ayudan, por ejemplo, con su tendencia a interpretar el ejercicio de los derechos como cargas, a cambio de las cuales tendrían, a su vez, derecho a unas contraprestaciones, etcétera. No son más que algunos de los aspectos de una actuación -como les digo- muy compleja. Por falta de tiempo, me remito a lo que he escrito en el Informe.

En el área relativa a la Sanidad, las quejas recibidas, por una parte, hacen referencia al funcionamiento y las prestaciones sanitarias, y, por otra, ponen en evidencia ciertos desequilibrios entre las diferentes áreas sanitarias de nuestra Comunidad.

Las quejas siguen la tendencia de años anteriores: listas de espera, retrasos en el reintegro de gastos, insuficientes servicios médicos. El bloque más representativo gira en torno a los contenidos de la prestación asistencial, en concreto sobre los modos y condiciones en que se dispensa la asistencia sanitaria. La casuística objeto de las quejas es muy amplia y compleja, y abarca diversos aspectos.

La demora en la prestación de la asistencia sanitaria, tanto en la vertiente de diagnóstico como la del tratamiento, es otro problema que viene reiterándose año tras año, como se ha dejado constancia en los diversos informes.

Los usuarios del Sistema Nacional de Salud se sienten discriminados -dicen- en los viajes y desplazamientos que deben efectuar para paliar la falta de recursos sanitarios en la Comunidad; lo que les lleva a una discriminación en la calidad asistencial, a la que tienen derecho, al igual que cualquier otro ciudadano.

La estructura, organización y funcionamiento de los centros sanitarios del nivel de Atención Primaria han dado lugar, asimismo, a la formulación de un significativo número de quejas de contenido dispar. Aquí sí quisiera resaltar, sin embargo, el grado de colaboración de todas las Administraciones Sanitarias con esta Institución, desde la estatal hasta las restantes, y desde que he tomado posesión de este cargo, debo decir.

El área relativa a la Justicia. Aunque la Ley no me permite examinar -saben- las quejas cuyo objeto se encuentre pendiente de una resolución judicial, de todos modos, me faculta para abordar la problemática general sobre la base de las quejas recibidas. Y por eso diré que las dilaciones judiciales y la lentitud de los tribunales son los defectos más esgrimidos para calificar negativamente a la justicia, sobre todo, como saben, en los órdenes civil y contencioso-administrativo. Y es que los retrasos, Señorías, redundan en desventaja -no hace falta decirlo-, al menos de una de las partes; aquella que ve prolongada hasta la decisión judicial una situación antijurídica -y de ello tenemos ejemplos, y muy públicos, en esta Comunidad Autónoma-, aquella que ve prolongada hasta la decisión judicial una situación antijurídica, de la cual, sin embargo, obtiene ventaja el incumplidor; porque para este último el retraso estimula a no transigir demandas y a recurrir decisiones desfavorables para mantener durante largo tiempo la apariencia de una posición que parece, que parece estar apoyada en el Derecho.

Se aprecia, en ocasiones, una desconfianza de los reclamantes hacia los profesionales a quienes se ha encomendado la defensa y representación en juicio. Además, como no suelen solicitar de ellos información sobre el coste aproximado de la dirección y representación del asunto, muestran disconformidad con las minutas y derechos devengados.

Por otro lado, no olvidemos que, de acuerdo con la Ley -la Ley aprobada también por estas Cortes-, las quejas contra la Administración de Justicia deben ser objeto de estudio por el Procurador del Común, con la finalidad de determinar si una resolución de los órganos judiciales que radiquen en el territorio de Castilla y León infringe el Estatuto de Autonomía, para, en su caso, acordar su remisión al Defensor del Pueblo, a efectos de interposición del recurso de amparo.

Área Economía y Hacienda. Al igual que ocurría en años anteriores, se constata la existencia de casos en los que se producen recibos duplicados, errores materiales y una tendencia a interpretar las normas tributarias en sentido restrictivo. Es preciso insistir en la necesidad de que las Administraciones adopten sus resoluciones motivadamente, notificarlas y/o publicarlas, contestar a los escritos o resoluciones de los interesados y, sobre todo, respetar los plazos establecidos.

Con frecuencia, la Administración deja sin resolver expresamente las reclamaciones que en materia tributaria se les plantea, dejando abierta la vía jurisdiccional, pero sabiendo que, en la mayoría de las ocasiones, al ser la cuantía reclamada una suma pequeña, no compensa su reclamación en vía jurisdiccional, sin duda, por lo arduo, costoso y largo de los procesos.

En cuanto a la actitud que han mantenido las Administraciones responsables en este ámbito, destacaré que continúan llegando reclamaciones por el descontento que generan entre los contribuyentes las dilaciones de la Administración Autonómica en la tramitación de los expedientes de comprobación de valores en los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Señorías, como Anexo al Informe, se presenta la Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio noventa y ocho. Toda la documentación contable que la sustenta ha sido trasladada a la Intervención de estas Cortes, a efectos de control, en aras a la transparencia en la gestión en la dotación presupuestaria.

He procurado reflejar en el Anexo una exposición detallada de los créditos aprobados, las obligaciones contraídas y los pagos satisfechos, para su más fácil comprensión.

El estado de ejecución al treinta y uno del doce fue del 97,06%, con lo que se deja patente -a mi juicio- el proceso de consolidación que exige la Institución.

Como es preceptivo, constan en el Informe número y clase de quejas recibidas hasta el treinta y uno de diciembre y el número de expedientes iniciados de oficio: dos mil trescientas cuarenta quejas y cincuenta y cuatro expedientes iniciados de oficio. Así mismo, figuran las quejas rechazadas: seiscientas ochenta y dos. Las quejas aún en tramitación en el momento del cierre del Informe eran cuatrocientas trece, unas pendientes de recibir información y otras de emitir resolución; en ese sentido, las resueltas eran de mil novecientas veintisiete. Utilizo la expresión "resueltas" en el mismo sentido, por supuesto, que la utilizan los tribunales de justicia.

La Ley exige también que se informe del resultado obtenido. Pues bien, se da la razón a la Administración en un 55% de las quejas admitidas a trámite. Es cierto que hay muchas actuaciones que afectan a más de una Administración, al ser más de uno los organismos con competencias en una cuestión determinada; con frecuencia nos encontramos con este tipo de supuestos. Pero, con estas reservas, se puede decir que la mayor parte de las quejas, el 42%, van dirigidas contra la Administración Local; 609 quejas, es decir, el 26%, van dirigidas contra la Administración de la Comunidad Autónoma; y el número de quejas dirigidas contra la Estatal supone el 20%. Este porcentaje último es de suponer que disminuya, y creo que considerablemente, con la finalización del proceso de transferencias en materia de educación, a partir del próximo uno de enero.

El grado de colaboración de las Administraciones sigue siendo en su conjunto alto, aproximadamente el 77% -tampoco es fácil hacer un cálculo-, referido, claro está, a la fase de investigación, que es la única que contempla la Ley. El descenso, en comparación con el Informe del año pasado, hace sobre todo referencia a la Administración Local.

¿Cuáles son las causas -también lo pide la Ley- que dieron lugar a las quejas? Función Pública y Presidencia: el 19%; Urbanismo, Ordenación Territorial y Vivienda: el 19% también; Actividades Clasificadas y Medio Ambiente: el 9%; Educación, Cultura y Deportes: 5%; Industria, Comercio, Turismo y Consumo: 3%; Agricultura, Ganadería, Montes y Pesca: 4%; Trabajo, Seguridad Social y Servicios Sociales: 14; Sanidad: 3; Justicia: 8; Economía y Hacienda: 4.

Aunque en la Ley no se nos pide que averigüemos, Señorías, la observancia -porque no lo pide- que hacen las Administraciones de mis resoluciones, es ésta una preocupación -claro está- constante del Procurador del Común. Lo que ocurre es que me encuentro con no pocos obstáculos a la hora de hacer esa indagación, entre otras cosas porque -como ya he dicho en más de una ocasión- las Administraciones ni siquiera están obligadas a responder a mis resoluciones ni, por ende, están sometidas a plazo alguno en esa contestación.

Es difícil poder sentar afirmaciones concluyentes sobre los casos que, habiendo sido objeto de conocimiento por parte de la Institución, han sido resueltos satisfactoriamente a raíz de la intervención de la misma. Como quiera que sea, a la vista de la experiencia, son numerosos los expedientes que no culminan... con una resolución que no tiene necesidad de culminar con una resolución propiamente dicha. Se ha constatado en unos casos que inmediatamente después de que un ciudadano presente la reclamación, el problema es resuelto, aunque más frecuentes son los casos de satisfacción de la pretensión del reclamante, una vez que la queja ha sido admitida a trámite y, tras su estudio, se han dirigido los correspondientes... las correspondientes comunicaciones oficiales a los organismos afectados, sin necesidad, pues, de culminar el expediente con una resolución definitiva.

No obstante, no es fácil atribuir con certeza a la intervención de la Institución -yo, al menos, sinceramente, no sé cómo hacerlo- la solución de los problemas de los afectados en estas fases iniciales de los expedientes, y ello, entre otras cosas, por la reticencia de las correspondientes Administraciones a admitirlo; tanto o más cuando la Ley no les obliga a otra cosa. Aunque lo más importante, ciertamente, es que los problemas del común se solucionen.

Por lo que se refiere a las resoluciones propiamente dichas, con ocasión de la tramitación de las quejas, o basándome en la problemática a que dan lugar, y sin computar las actuaciones de oficio, formulé en el año noventa y ocho doscientas veintiún resoluciones de diversa naturaleza a la Administración Autonómica y a los Entes Locales de Castilla y León, sin tener en cuenta -insisto- las formuladas en las actuaciones de oficio. Claro que en ocasiones -si me permite, señor Presidente, estoy a punto de finalizar-, después de tramitar todas las fases de un expediente y formulada, en consecuencia, la oportuna recomendación, incluso constando en nuestros archivos documentación oficial en virtud de la cual se acepta expresamente determinada resolución, se ha tenido conocimiento en alguna ocasión de que la Administración afectada no procede a iniciar una actuación material tendente a su ejecución, o se produce una demora en la misma; de tal modo que es preciso volver a dirigirse a ella en resolución que recuerda, salvadas las distancias, la solicitud de ejecución de las sentencias en los Tribunales.

Por otra parte, es más frecuente que las Administraciones acepten resoluciones pro futuro que aquellas cuyo contenido tiene por objeto revisar la actuación administrativa objeto de la queja: otorgar una licencia que se había denegado, reservar una licencia ilegal, etcétera. También, cuando asumir los planteamientos de la Institución no supone un coste económico para las arcas públicas es más fácil aceptar la recomendación del Procurador del Común. Como, así mismo, es más fácil la aceptación de resoluciones en los casos en que aún no existe actuación administrativa previa -denegando una licencia, desestimando una reclamación de responsabilidad patrimonial-, dada, en ocasiones, la reticencia de las correspondientes Administraciones -digamos- a dar marcha atrás revisando sus propios actos.

Permítanme, Señorías, para finalizar ya, definitivamente, unas consideraciones hechas sobre la base de algunos aspectos de nuestra experiencia, por si estimasen oportuno tenerlas en cuenta en el futuro, a la hora de llevar a cabo una eventual... más de una vez solicitada por quien está ahora en el uso de la palabra, una eventual reforma de la Ley.

Es claro que, de conformidad con la Ley reguladora de la Institución, se mantendrá en cualquier caso en secreto el nombre de las personas que formulen las quejas, estableciendo el Artículo 17 de nuestra Ley que "las actuaciones que deben llevarse a cabo en el curso de una investigación se realizarán con absoluta reserva". Y, sin embargo, permítanme que les haga la siguiente consideración: es lógica esa exigencia de la Ley, ya que dicha garantía -la de mantener en secreto el nombre de las personas que formulan las quejas- alienta a muchos ciudadanos -no a todos, créanme- a denunciar actuaciones irregulares de la Administración, que quedarían impunes en otros casos, ante el temor -que esté o no fundado ese temor es otra cuestión- de posibles represalias. Todo ello con independencia de que los reclamantes no desean... no deseen mantener su anonimato, a lo cual no tendríamos nada que objetar.

Lo que ocurre, Señorías, es que la necesidad de mantener en secreto el nombre de las personas se concilia en ocasiones difícilmente con la realidad. Difícilmente, por ejemplo, con una respuesta ágil de las Administraciones afectadas que, previamente a la emisión de la información solicitada, se ven obligadas a localizar determinado escrito en el Registro, un acuerdo en el libro de actas, etcétera, para acabar -y aquí está el quid de la cuestión-, para acabar dando, después de todo, ellas mismas, inevitablemente, con el nombre de quien presenta la queja.

También quiero dejar constancia de mi preocupación, cuando todavía, a estas alturas, algunas Administraciones basan su postura negativa frente a las resoluciones que les dirijo... basan esas resoluciones negativas en que los comparecientes ante el Procurador del Común no han acudido a la vía administrativa o a la vía del recurso jurisdiccional en defensa de sus derechos o intereses. Siquiera implícitamente, esas respuestas, además de revelar un desconocimiento -y grave, desde mi punto de vista-, desconocimiento de la normativa vigente, vienen a vaciar de contenido el quehacer atribuido a todo Defensor del Pueblo, a todo Ombudsman, en los sistemas jurídicos que han decidido, como Castilla y León, incorporar esta clase de Instituciones. Instituciones que deben, tal vez, combinar la vigilancia de las Administraciones con la colaboración con esas mismas Administraciones, en el logro de los valores de un Estado social y democrático de Derecho.

Es cierto que los resultados de las quejas presentadas al Procurador del Común como medio libremente elegido por los ciudadanos en alternativa a la tutela judicial, o condicionado, quizá, por el más que probable tardío reconocimiento de su pretensión, cuando no por el coste de un proceso jurisdiccional no proporcionado al valor de la misma, esos ciudadanos no tienen... esas resoluciones, perdón, no tienen más alcance que el que quieran atribuirle las Administraciones sometidas a nuestras tareas supervisoras. Pero no lo es menos que, lejos de constituir un fin en sí mismo, tanto las funciones de la Administración como las nuestras, las del Procurador del Común, se ordenan a que los intereses generales se sirvan con objetividad y sometimiento pleno a la ley y al Derecho; efectividad cuyo enjuiciamiento sólo corresponde en última instancia a los ciudadanos, al común. De ahí, entre otras cosas, que siga lamentando la ausencia, un año más, en la normativa reguladora de la Institución, de la obligación por parte de las Administraciones de contestar, y con una respuesta en su caso -cuando sea negativa- motivada a las resoluciones del Procurador del Común de Castilla y León. Muchas gracias por su atención.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. Se abre ahora un turno para que los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios puedan fijar posiciones. Y comenzando por el Grupo Mixto, en el que van a intervenir los representantes de las tres formaciones en él integradas, y repartirán su tiempo, tiene ahora la palabra don Carlos Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Señor Presidente, Señorías, señor Procurador del Común. Ante todo, y en primer lugar, agradecerle este extenso Informe. Un Informe que, no por reiterativo o por periódico, no resulta menos novedoso y menos necesario. Un Informe del Procurador del Común que es como una radiografía interna a la labor de un Gobierno o, por lo menos, del funcionamiento de nuestra Administración, de nuestra Administración Regional.

Un Informe que, desde luego, contrasta bastante con lo que se nos ofrece en las comparecencias de los Consejeros o en las comparecencias del propio Presidente, donde el desarrollo de la Administración siempre tiene ejercicios brillantes, y parece ser que a satisfacción plena de todos los ciudadanos.

Evidentemente, no solamente los colectivos desfavorecidos acuden al Procurador del Común, sino muchas personas, muchos ciudadanos, pues porque ven pisoteados constantemente -o, por lo menos, en casos concretos- sus derechos y se encuentran, de alguna manera, inermes -¿no?- ante la maraña administrativa que mucha de la defensa de sus intereses supone.

Yo sí quisiera reseñar algunos aspectos de su Informe que me han parecido llamativos.

El primero de los aspectos, el que se refiere al funcionamiento de las Entidades Locales. Muchas de las quejas al Procurador del Común han surgido de estas Entidades Locales y, fundamentalmente, de las Juntas Menores. Eso supone que buena parte de nuestro territorio, donde ésta es una figura bastante común en nuestra Administración, muchos ciudadanos -por lo menos cualitativamente- sufren importantes discriminaciones, fundamentalmente ciudadanos rurales, ciudadanos que ya de por sí tienen bastante difícil el desarrollo de su actividad ciudadana y su actividad de trabajadores.

Desde luego, yo creo que eso obedece... obedece a un olvido de nuestra Administración Regional hacia esas Juntas Locales Menores. Yo creo que en absoluto está en el interés de los sucesivos Gobiernos Regionales el defender, el tener una postura de consolidación, una postura de un mantenimiento... de un funcionamiento claro y limpio de estas Entidades Menores, sino que lo que se interesa, lo que interesa es que los... estas Entidades tengan una progresiva y sucesiva desaparición.

Tampoco he escuchado en su Informe ningún tema referente a poblaciones inmigrantes o a los problemas de los inmigrantes ilegales en nuestra Comunidad. Me temo que estos inmigrantes ilegales no acudan al Procurador del Común, que sean los ciudadanos. Yo, por las noticias que tengo, fundamentalmente a través de mi contacto con asociaciones que están dedicadas a su problemática, encuentran bastantes problemas a la hora de establecerse en nuestra Comunidad, y frecuentemente sus derechos, sus derechos humanos más fundamentales, pues pisoteados, porque existe todavía en nuestras instituciones, o en las personas que regentan esas instituciones, o en la policía, actitudes pues muchas veces claramente racistas, claramente xenófobas, y claramente alejadas de lo que debe ser un respeto hacia estas personas como seres humanos, independientemente de que tengan una situación de ilegalidad.

Y el último aspecto que me gustaría señalar, que tampoco he visto reflejado en su Informe, es en la defensa de muchos intereses generales de los ciudadanos de Castilla y León. Es decir, no olvidemos que nuestra Comunidad Autónoma, de alguna manera, está a remolque de lo que es la situación de otras Comunidades Autónomas del Estado. Y yo no creo que el Gobierno Regional defienda con suficiente interés muchos de los aspectos básicos del ciudadano de Castilla y León; en nuestra cabeza está, pues, cómo nuestra fiscalidad no es igual que otras Comunidades Autónomas, cómo eso incide en el nivel de renta de los ciudadanos, en el desarrollo de nuestras empresas. Hemos tenido ejemplos recientes -¿no?- sobre el tema de las pensiones no contributivas, cómo esas pensiones no contributivas se elevaban de forma unilateral en otras Comunidades Autónomas y en la nuestra no; eso, evidentemente, supone una vulneración de nuestros Derechos Fundamentales como ciudadanos de un Estado. O el salario social.

Yo sí que le instaría al Procurador del Común a esa vigilancia especial por esos intereses que muchas veces por dejación del Gobierno Regional, o porque el Gobierno Regional está más atento a cumplir su mandato, el mandato que recibe por parte del Gobierno Central, o a no mantener conflictos con el Gobierno Central, pues son reiteradamente olvidados -¿no?- en el cumplimiento diario. Muchas gracias, señor Procurador del Común, por este Informe.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Tiene ahora la palabra don Antonio Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señorías. Señor Procurador del Común, en primer lugar, yo quiero manifestar, en nombre de Izquierda Unida, un agradecimiento, pero además un agradecimiento profundo, serio, absoluto, porque la evolución es un grado; la experiencia está demostrando que tiene cada vez una mayor dimensión, una mayor concreción. Y, efectivamente, este panorama general que representa resulta extraordinariamente útil, al menos, para... para mí personalmente, para Izquierda Unida, entendemos que para las Cortes también, entenderíamos que para las Administraciones.

Pero ese agradecimiento, porque consideramos en su día que era una lógica, una función importante, precisamente, la del Procurador del Común, y que es prácticamente extendida a todos los países del entorno democrático, sí necesita, sí exige de una serie de consideraciones según nuestro criterio.

En primer lugar diré que, además del agradecimiento, el reconocimiento y la tarea para conseguir el máximo efecto social posible de toda esta tarea y de toda esta función, a nuestro juicio, se necesitaría; primero, una actuación concreta que nosotros quisiéramos ejemplificarla de la manera siguiente:

De todo este panorama se pueden extraer, se pueden concluir y se pueden presentar alternativas -y de hecho, nosotros las usamos con relativa frecuencia-, pero nos parece que sería útil, además de la presentación anual que se viene haciendo de defensa de un Informe amplio y muy interesante, el que periódicamente pudiéramos encontrarnos en este foro, que es precisamente las Cortes, y usted como Alto Comisionado de las Cortes, con una periodicidad trimestral, que nos pusiera en la línea de ver cómo se pueden abordar algunos aspectos generales, y para llegar a soluciones de consenso entre los Grupos Políticos que existen en esta Cámara.

Yo creo que eso le daría todavía una mayor vitalidad, le daría una mayor efectividad social a ese número de quejas que ustedes se remiten a analizar, a reflexionar, a indagar, a intentar resolver y, lógicamente, a dar un cauce, una expresión, pero que es muy probable que se necesite todavía una mayor efectividad de esos planteamientos.

En segundo lugar, yo creo que hay una cuestión que yo he reiterado en alguna ocasión: me parece que hay que potenciar, precisamente, el Alto Comisionado de las Cortes. Me da la impresión que, por una cierta política de modestia, esto no se plantea, pero esa maraña de instituciones, de planteamientos que exigen al ciudadano, a veces, a intentar disponer de una guía a ver dónde resuelvo este problema, ver dónde puedo presentar este otro, yo creo que debería de tener un cauce. Y ese cauce, precisamente, es una descentralización, una comarcalización -para entendernos de alguna manera- con presencia; y con presencia que no quiere decir multiplicar excesivamente, en principio, el número de efectivos, pero sí de una mayor dotación de recursos humanos, técnicos y económicos, para que todos los aspectos legislativos puedan ser facilitados. Es, en definitiva, facilitar el acceso a ese número de quejas, pero después conseguir que también tengan una devolución, y, lógicamente, esa devolución dé una capacidad mayor de efectividad social.

Señoría, yo, por otra parte, voy a autocriticarme; cosa que no es muy fácil, ni es muy habitual. Pero, casi todos los años nos planteamos aquí el hacer algún tipo de planteamiento para resolver alguno de los problemas que se nos plantean, desde el punto de vista de la propia materialidad, en cuanto a la Ley 2/94 y a las alternativas que se nos plantean.

Bueno, pues, vamos a ver si somos capaces. Posiblemente esta competitividad que, a veces, nos invade a los Grupos Políticos en ver quién es el primero que atiende las demandas y los requerimientos sociales, pues, nos hace que en este caso concreto, unos por otros, al final quede esto sin solución. Nosotros instamos aquí al conjunto de los Grupos Políticos a que, de una vez por todas, abordemos una reforma de esta Ley 2/94.

Y en todo caso, lo que sí es claro es que con la autocrítica, nosotros nos emplazamos a que haya, precisamente, una solución, y una solución correcta de estos problemas. Porque a estas alturas de la película, si entendemos que es una Institución válida, con unas funciones correctas y una garantía en cuanto a la supervisión, desde el punto de vista de un procedimiento democrático, debemos de facilitar el que haya esa agilidad y esa obligación de las instituciones a ponerse directamente a facilitar la labor del Procurador del Común. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. Es ahora el turno de don José María Rodríguez de Francisco.


EL SEÑOR RODRÍGUEZ DE FRANCISCO:

Buenos días, señor Presidente, con su permiso. Buenos días, don Manuel. En primer lugar, manifestarle nuestro más profundo respeto, el más profundo respeto que nos merece la Institución que usted detenta y representa y a su equipo.

Leído su Informe, y oída la defensa que usted ha hecho de él -que no la necesitaba-, sólo su talla... llegamos a la conclusión de que sólo su talla personal y humana hace posible que usted siga actuando de forma valiente e independiente, y haya hecho respetada y respetable esta Institución en el contexto en que usted tiene que desenvolverla. Sabe usted que hablamos muy claro.

Tiene que ser muy difícil soportar consejos de austeridad de quien no es austero, y de quien tiene alterada su escala de valores y pone lo principal como accesorio. Y para nosotros lo principal... para todos, lo principal debería ser el ciudadano y lo accesorio otras ciertas cosas que obnubilan a determinados políticos. Tiene que ser muy difícil su labor en ese contexto y que alguien le hable a usted de austeridad para desarrollar una labor tan importante. Son esos mismos que se sitúan a sí mismos en el umbral de mil novecientos trece, cuando se creó el Ombudsman sueco, su antiguo predecesor; ellos se sitúan antes por su talante seudodemocrático.

Como tengo cinco minutos y ya llevo consumidos uno y medio, le diré, señor Procurador del Común, que reclamamos para su Institución una nueva Sede. ¡Cuidado!, un nuevo edificio, una nueva instalación de nueva planta; no olvidemos que en Valladolid, para albergar la Consejería de Cultura, se hizo un edificio de nueva planta de 3.000 millones -yo creo que usted lo merecía bastante más- y ahora no saben qué hacer con él.

Está usted instalado en el Albergue de Peregrinos; bastante simbólico, ¿verdad? Hablaba usted de circular por todas las provincias y que no tiene usted, ni siquiera, dónde ubicar sus reales para poder atender a los ciudadanos a los que otros administran.

Y tiene usted toda la razón: hay que exigir el cambio de la Ley. Usted tiene el derecho y el deber de poder ser más operativo, de no encontrar tantas trabas en las Administraciones que, teóricamente, también están para servir a los ciudadanos. Cuenta usted con nuestro apoyo, nuestra admiración, nuestro respeto. Y, además, con nuestro apoyo para exigir, en la medida que nos compete, para exigir el cambio de la Ley, en lo que usted muy suavemente, pero que tenía que haberlo dicho con mucha más fuerza, ha pedido que se cambie.

Y no permita usted que funcionaricen su plantilla, no lo permita usted. Su función necesita -entendemos nosotros-, como la de todos los Defensores del Común, de independencia, libertad y confianza. La independencia, ya la ha demostrado usted con su Informe; la libertad, se la quieren mediatizar por la austeridad; y la confianza no la sustituya usted por funcionarios. No le digo más que eso.

Ha hablado usted de la salud mental: situación africana; para qué incidir en ello.

Y le queremos pedir algo muy concreto desde mi Grupo: intente conectar... conectar sencillamente el intento político de la Junta de Castilla y León -o al menos de quien gobierna, no conocemos otras voluntades-, conectar ese anuncio político de una asignatura, que por lo visto se va a llamar "conciencia de Castilla y León", con los derechos y libertades constitucionales, recogidos especialmente en el Artículo 27 de la Constitución y en todo ese Capítulo.

Alguien, alguien, don Manuel, pretende reimplantar y reinventar aquí en Castilla y León, en este reducto último, los Principios Fundamentales del Movimiento y quiere traducirlo en una asignatura -que seguramente sería "maría"- como aquella famosa asignatura que estudiábamos durante el franquismo. Intente conectar, por favor, don Manuel -se lo pedimos-, esos derechos y libertades fundamentales con la posible... con el posible hecho de impartir una asignatura de conciencia regional castellano-leonesa.

Y para finalizar, don Manuel, le dedico un proverbio chino, que con ello pretendo sólo animarle y que siga usted, porque puede haber alguien que intente segarle la hierba debajo de los pies. Cuenta usted con todo nuestro apoyo, ¿eh?; se lo digo claro y mirándole. Mire, dice un proverbio chino que "cuando el dedo señala la luna, sólo el imbécil mira al dedo".

Usted siga mirando a la luna, sobran imbéciles que de una forma... (Me refiero a la luna metafórica y romántica que usted mira, a la luna de los ciudadanos.), sobran imbéciles que siguen mirando al dedo de cómo segarle la hierba debajo de los pies. Don Manuel, siga usted mirando a la luna y olvídese de los imbéciles. Los imbéciles no van a poder con usted. Se lo digo porque existen ciertos rumores de que... bueno, podría usted dejar de tener la confianza, y eso no nos parece bien. Usted tiene toda nuestra confianza y usted ha hecho suficientes méritos como para seguir siendo independiente, libre y valiente.

Perdone los consejos, no los necesita usted. Y perdone, desde luego, la... bueno, la quizá falta de delicadeza en algunos extremos de mi intervención. ¡Enhorabuena!, y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Concedemos ahora la palabra al Portavoz del Grupo Socialista, don Jaime González.


EL SEÑOR GONZÁLEZ GONZÁLEZ:

Señor Presidente, Señorías. Una intervención breve, más que la suya, señor Procurador -como tiene que ser, además-. Y yo creo que además de hablar del Informe de este año, que no va a ser el objeto directo de mi intervención, creo que es el momento de hacer un balance de unos años de existencia de una Institución, que usted ha dirigido desde el primer momento y que cumple con éste su cuarto Informe Anual a la Cámara, de la cual usted, prácticamente, forma parte.

Por lo tanto, mi intervención, más que hablar del propio Informe -así que se lee, se sostiene solo y, además, contiene elementos interesantísimos de reflexión, sobre todo para aquellos que gobiernan-, va a representar un poco un balance de lo que nos parece una actuación muy importante a lo largo de estos años.

Un saludo personal mío, como amigo y como político que hoy tiene que hablar de su Institución y de usted como Presidente de la misma, y, desde luego, un saludo en nombre del Grupo Parlamentario Socialista. Y, en tercer lugar, un agradecimiento por su exposición, por su cuarta exposición en esa Cámara de los problemas que afectan a los ciudadanos de Castilla y León en directo, en vivo y en directo.

Vaya por delante, además, una valoración positiva del conjunto del Informe, de su actitud, de su actividad y también -¿por qué no decirlo?- de los informes especiales que, a lo largo del tiempo, la Institución nos ha ido añadiendo al informe preceptivo anual, y que se refieren, además -como casi siempre-, desde luego, a un... al conjunto de las actuaciones, precisamente, que afectan directamente a la sociedad más necesitada de esta Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, el conjunto del Informe, el conjunto de su actitud, el conjunto de la actividad de la Institución y de la suya personal, el conjunto de los informes especiales que sobre salud mental, sobre residencias de ancianos, etcétera, nos ha presentado a esta Cámara, en cumplimiento excesivo -posiblemente-, y dependiendo, por tanto, de su talante y de la propia Institución, de sus obligaciones, nos han permitido conocer en profundidad mucha de la problemática que afecta directamente -repito- y en directo a los ciudadanos de la Comunidad.

Y, desde luego, es un buen momento para hacer balance de la Institución, después de un primer ciclo, y además conociendo, como conocemos -y yo, además, lo he sufrido en algún momento de mi vida política de manera directa y personal-, las dificultades que tiene poner en marcha una Institución de la naturaleza de la Procuraduría del Común: medios materiales escasos -ya se ha dicho-, problemas iniciales de ubicación -ya se ha dicho también-, problema de espacio, problema de personas, problemas de definición de las propias funciones de la Institución, problemas de incomprensiones por parte de otras Administraciones que ven la Institución como un elemento de control, de crítica, en lugar de un elemento acicateador de su actividad y de la calidad de su actividad, etcétera.

Por lo tanto, todos esos problemas han tenido que ser soportados por la Institución, y por usted también, a lo largo de estos primeros años de funcionamiento de la misma, en una tarea de -yo creo- ponerla en marcha, en primer lugar; prestigiar a la Institución, en segundo lugar -y lo digo... digo la palabra prestigio en su sentido más profundo; de ninguna de las maneras en sus aspectos más superficiales-; extenderla, hacer que sea conocida en la Comunidad Autónoma. Usted ha hecho alusión al sistema de visitas que se ha implantado en la Comunidad Autónoma; una Comunidad Autónoma de noventa y cuatro mil kilómetros cuadrados, con dificultades especiales de dispersión de población, de núcleos, etcétera, lo cual dificulta especialmente la actuación de usted y de su Institución en un medio así.

Por lo tanto, ese trabajo de considerar, además, que los ciudadanos consideren al Procurador del Común como una cosa propia, como una cuestión personal, a la cual se pueden dirigir, yo creo que eso ha sido el trabajo que ustedes han hecho hasta ahora. Y no ha contribuido a eso poco, desde luego, los... -y ya me he referido antes a ello, pero quiero insistir- a los trabajos que ustedes han hecho, a los informes que han hecho de oficio, a las investigaciones y trabajos de oficio, a los informes especiales, que amplían en buena medida, además, las posibilidades de actuación de la... de la...

Alguien definió de manera muy lineal al Procurador del Común como "el abogado de los pobres". Alguien también le ha definido como "el abogado de los esperanzados". Usted mismo, en su intervención ha leído una frase de su propio Informe, y se refiere a una actividad tan... tan prosaica -si se quiere- como la concentración parcelaria. Y usted, en el inicio del resumen de su intervención, dice: "Con frecuencia, los reclamantes acuden a esta Institución como una especie de última instancia para hacer valer sus pretensiones...", etcétera. Efectivamente, yo creo que los ciudadanos consideran en muchos casos... -no sólo en materia tan prosaica, a lo mejor, como la concentración parcelaria, sino en materia de salud mental, en materia de servicios sociales, en materia de vivienda, etcétera- consideran al Procurador del Común, en estos momentos, como la última instancia a la cual acuden después de haber recorrido, a veces en un duro peregrinaje, todas las instancias administrativas de las respectivas Administraciones, que, con sus decisiones, les han afectado y motivan, al final y a la postre, una queja ante el Procurador del Común.

Por tanto, yo creo que ésa es la función que tiene, una de las funciones que tienen, y yo creo que, realmente, eso tiene que mantenerse.

Y ahora queda un trabajo que hacer de esa Institución, también, cara al futuro, que es la... el trabajo -y usted lo ha dicho también en su intervención- de consolidación de la Institución. La Institución está en marcha, la Institución es conocida, la Institución es aceptada, admitida socialmente, la Institución es utilizada y la Institución cumple un papel de apoyo... El año pasado yo decía que es el oasis del ciudadano con otras Administraciones paralelas que constituyen los sitios donde los ciudadanos pueden ir de esa forma. Y -repito- constituye... queda una segunda etapa que todo ello... que pasa para... por llegar al perfeccionamiento de la Institución, al perfeccionamiento de su trabajo y a conseguir que la experiencia acumulada de estos años de trabajo por la Institución y por el equipo que la ha llevado no se pierda, no se pierda, y se pueda acometer, desde esa experiencia, y de esa capacidad de trabajo, y de ese conocimiento de la situación, se pueda acometer con seguridad la consolidación de una Institución que a nosotros nos interesa especialmente.

Nosotros creemos, además, que su Informe Anual... -los cuatro-, son una cuestión que está lejos... A nosotros aquí nos llegan muchos informes anuales: el del Consejo Económico y Social, el de muchas instituciones. Pero el suyo es un informe anual personal, no es un informe anual institucional tamizado y teñido de los intereses o de las funciones de las instituciones; es un informe anual sobre la situación de la Comunidad y de las cosas más importantes que le suceden a esa gente en la Comunidad, desde el punto de vista de las personas, fundamentalmente de la Comunidad. Porque se mantiene el desequilibrio entre quejas presentadas por colectivos y quejas presentadas por personas físicas. Aunque muchas veces, también, cuando los colectivos presentan quejas ante la Institución, lo están haciendo en representación personal de los miembros de esa Institución.

Por tanto, nosotros consideramos que, realmente, usted... el Informe Anual es una radiografía -alguien ha empleado ya esa palabra en este debate-, un diseño, un estudio de la situación de la Comunidad Autónoma, desde el punto de vista de... personal; un diagnóstico regional personal.

Algunas deducciones del Informe: se mantiene -como he dicho antes- el predominio de las quejas presentadas por personas físicas que... sobre los colectivos; se mantiene el predominio de las quejas presentadas por hombres que por mujeres; se mantiene, desde luego, un desequilibrio territorial acusado en la presentación de quejas, con predominio importante de algunas provincias sobre otras -desde las quince quejas por diez mil habitantes que se presentan en León, hasta las seis por diez mil habitantes de Ávila, por utilizar parámetros relativos- y, por lo tanto, de posibilidad de ser comparados, indican que hay una situación diferenciada en los territorios también.

Y, además, se mantiene una cuestión que -a mi juicio- es muy importante, que es que la Institución ha llegado a tener y a estabilizar el número de quejas, prácticamente, por mil habitantes. Después de una subida espectacular en el segundo año, provocada, posiblemente, por la inexistencia y el desconocimiento previo del primero, prácticamente ha habido una estabilidad en el número de quejas por diez mil habitantes -en torno a nueve por diez mil habitantes, más o menos-. Que realmente tiene importancia, porque hablan -a mi juicio- de que la credibilidad y la confianza que inspira la Institución a mucha gente tiene un mantenimiento permanente.

Desde luego -y va a ser, posiblemente, la única referencia que haga al Informe-, sus... sus referencias a ámbitos tan importantes como, por ejemplo, el de la Función Pública... Y no voy a utilizar su Informe en estos momentos, atendiendo, además, a una de sus recomendaciones de su... de la intervención suya del anterior ejercicio, que es para hacer y utilizarlo para hacer una crítica política en estos momentos. Pero, desde luego, no se puede dejar de constatar que quejas en materia de Función Pública referentes a la situación, en concreto, de la Administración Regional en cuanto al número de interinos, la imposibilidad de cubrir esas plazas, la situación difícil en que pone a funcionarios, al ciudadano, en general, que no puede optar a plazas en la Administración Pública, y al propio interino, en el futuro.

O su Informe sobre Vivienda, que dice cosas realmente muy duras: "La oferta de viviendas de protección oficial resulta insuficiente para dar respuesta a la demanda de personas en dificultad, y que faltan recursos y programas específicos para colectivos en situación de marginalidad". Le podría leer otros párrafos textuales del apartado de vivienda. ¡Cuántas veces se ha dicho esto en esta Cámara, en estos debates, sobre materia como la vivienda!

O cuando habla usted de la salud mental. O cuando habla usted de temas como -y lo ha dicho hoy también cuando hablaba de salud mental- la falta de estructuras asistenciales intermedias en número suficiente dirigidas a la rehabilitación de los enfermos mentales. Usted ha dicho que los derechos de los enfermos mentales son papel mojado, y las Administraciones que tienen competencia en esa materia -entre ellas, también la Junta de Castilla y León- deberían tomar nota de ello.

O cuando habla usted de la tercera edad y saca conclusiones como que las numerosas... con la excesiva duración de los expedientes de ingreso en los centros residenciales, con la falta de plazas en centros públicos, con la escasez de construcción de centros públicos, con la carestía de esas plazas, etcétera. ¡Cuántas veces no se habrán dicho esas cosas en los debates de esta... Pero eso lo dice ahora usted, el Procurador del Común, su equipo, que es una persona que goza de la independencia que ha demostrado a lo largo de estos años.

Y cuando habla... Bueno, yo el año pasado hablé de la concentración parcelaria. La concentración parcelaria, para un elevadísimo porcentaje de personas de esta Comunidad, es un proceso importantísimo, porque es un proceso que afecta a su modo de vivir, a su elemento asistencia; y, por lo tanto, es muy importante. Y, desde luego, se pone de manifiesto una vez más en su Informe que, en ese aspecto, el progreso ha sido un progreso escaso.

Todo eso demuestra que el motor de la Institución funciona. Pero deberíamos entrar en considerar también qué es lo que pasa con la transmisión de la Institución, si las Administraciones, realmente, funcionan también. Y funcionar, en este caso, sería hacer caso, hacer caso y atender las reivindicaciones, y las indicaciones, y las recomendaciones del Procurador del Común.

No parece que ése sea, en muchos casos, la... la tónica. Y yo ahí creo que hay... las Administraciones distinguen -entre ellas, también la Junta de Castilla y León- entre aquello que es fácil de atender y aquello que no es fácil de atender. Para un Gobierno, a lo mejor, no es fácil atender a una recomendación que les dice que hay que hacer más plazas de residencias públicas, que hay que abaratar las plazas de residencias públicas, que hay que atender de otra forma los... a los enfermos mentales. En definitiva, que hay que hacer políticas diferentes. Eso es muy importante, eso afecta a la sustancia de lo que se hace desde un Gobierno. Y eso, a lo mejor, es muy difícil de atender.

A lo mejor es más fácil de atender que cuando una Administración recibe una queja individual de un afectado, lo que hace esa Administración es resolver inmediatamente ese caso particular que afecta a una persona en concreto. Pero, posiblemente, recomendaciones de carácter general, sobre políticas generales que afectan -repito- a vivienda, a tercera edad, salud mental, etcétera, son infinitamente más complicadas de atender. Y, sin embargo, están hechas desde una Institución independiente, fuera de los avatares políticos de este Parlamento, y lo que ponen de manifiesto es que esa problemática existe, y que la solución que demanda la gente no es la que se está haciendo, sino que son otras políticas y otras actuaciones las que se exigen desde la gente. Y eso es impagable que lo diga una Institución absolutamente independiente y que pone el dedo, en muchos casos, sobre la llaga de esta .....

Como me prometí solemnemente intentar cumplir el plazo, voy a intentar abreviar, señor Presidente.

Bien. Yo quiero acabar, y quiero acabar diciéndole que nosotros apoyamos de manera rotunda y absoluta el trabajo realizado por la Institución a lo largo de estos años. Que estamos de acuerdo con su criterio de independencia y de rigor. Y que nos parece que el trabajo de puesta en marcha de la Institución ha sido cumplido de manera perfecta por la propia Institución y por el equipo que ha estado en ella durante todo este tiempo.

Que apoyamos el perfeccionamiento de la Institución, y eso pasa, posiblemente, por modificaciones legales, que se pueden acometer en este Parlamento, que resuelvan problemas que usted plantea de manera sistemática a lo largo de los años, como por ejemplo son la inexistencia de plazos (y, desde luego, obligación de contestar sin existencia de plazos es una obligación un tanto liviana); y, por lo tanto, la existencia de plazos.

Una vez, el entonces Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en aquella ocasión, Jesús Quijano, habló de los plazos y la relación con el nuevo Código Penal, y hablábamos de plazos flexibles o de forma de flexibilizar los plazos, de manera que no provocara conflictos de esa naturaleza una norma cerrada que pudiera tener problemas. Y busquemos esa solución. Nuestro apoyo, desde luego, para en ese aspecto y en resolver las indefiniciones del grupo de acciones en defensa del Estatuto y del ordenamiento jurídico, también yo creo que serían de alto interés en resolver.

Y, desde luego, el apoyo a que esa reforma, ese trabajo continúe siendo realizado por personas independientes, por personas que en muchos casos han trabajado bien y por aprovechamiento al máximo de la experiencia de esas personas. Y, desde luego, todo eso, a nuestro juicio, garantizaría que en una segunda etapa la Institución del Procurador del Común, que se ha demostrado importante para los ciudadanos y para las personas de Castilla y León, tenga garantizada una etapa de consolidación y perfeccionamiento más allá... más allá de aventuras personales que no tendrían futuro. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR JAMBRINA SASTRE):

Muchas gracias, señor González. Tiene la palabra ahora el Portavoz del Grupo Popular, don Juan Vicente Herrera.


EL SEÑOR HERRERA CAMPO:

Muchas gracias, señor Presidente. Sean mis primeras palabras, en nombre propio y en nombre del Grupo Parlamentario Popular, de bienvenida y de saludo al señor Procurador del Común, y, desde luego también, no queremos olvidarnos de todos sus colaboradores, de todo su equipo, hoy también representando hoy, esta mañana, en la tribuna.

A mí me gustaría, de alguna manera, desplazar el tono del debate de una especie de sentimiento de liquidación que se ha instalado esta mañana aquí, en esta tribuna, con unas referencias a las que usted incluso, desde un ejercicio de prudencia, no ha querido someter el Informe de la anualidad correspondiente, que es la de la anualidad del noventa y ocho.

Porque usted -y seguramente es lo primero que tenemos que agradecerle desde las Cortes de Castilla y León- ha instalado en estos cinco años a una Institución, que ahora calificamos como Institución propia de la Comunidad desde la reciente reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en algo tan importante como es la normalidad. Y aquí ha habido intervenciones, previas a la mía, que han querido instalar el debate en la anormalidad. No estamos haciendo ni el balance de cinco años de funcionamiento de la Institución, ni estamos haciendo tampoco la despedida personal o institucional absolutamente de nadie.

No voy a hacer, por lo tanto, declaraciones de amor -como ha realizado algún otro Portavoz-, pero, evidentemente, quiero alabar... y no voy a caer en la prudencia de quien representa la Institución, en contraste con algún otro Portavoz que ha planteado incluso requerimientos acerca de una nueva sede, unos nuevos edificios, que usted, particularmente, ni siquiera nos ha trasladado.

Estamos, en efecto, analizando -y ése es el objeto normal de esta comparecencia- el cuarto Informe Anual del Procurador del Común de Castilla y León, en cumplimiento de las previsiones establecidas en la Ley 2/94.

Desde luego, somos plenamente conscientes que el actual titular, dentro de tan sólo dos meses, cumplirá los cinco años de previsión, establecidos en el artículo correspondiente de esa Ley. Pero no es ésa, señor Procurador del Común, la cuestión que esta mañana le ha traído a usted aquí en su intervención, y en la que yo, desde luego, vaya a alargarme.

Quiero manifestarle, en nombre de mi Grupo Parlamentario, la satisfacción del balance... y la valoración fundamentalmente positiva que hacemos de su trabajo, también en el año mil novecientos noventa y ocho, también del Informe presentado. Que el propio Informe -y usted en su exposición ha significado- recoge una pequeña parte, pero significativa, de la actuación referente a las funciones que por ley tiene encomendadas. Ésta tendría que ser un poco mi... la primera consideración, en la que quiero enlazar con alguna de las manifestaciones del Portavoz del Grupo... del Portavoz, perdón, de Izquierda Unida, integrado en el Grupo Mixto, acerca de si estamos acertando o no... -ya sobre ello insistí en relación con el Informe del año pasado- si estamos acertando o no en el mecanismo de trabajo y de relación con la Institución que usted representa.

Yo pienso que estamos dándole quizá un tratamiento, los propios cinco fascículos, la edición incluso de su trabajo en sus cinco fascículos del Boletín de las Cortes de Castilla y León nos parece desmesurada. El trabajo de ese Informe, el trabajo que a usted le lleva, evidentemente, elaborar este Informe y también el que lleva a los Parlamentarios a bucear en ese Informe es excesivo. Quizá la línea de conclusiones que en el propio Informe se establece se queda, por otra parte, un poquito escueta. Y, por el contrario, usted ha hecho hoy -en una intervención de poco más de una hora- un verdadero esfuerzo de síntesis, en el que ha conjugado todos los aspectos que... sobre los cuales sí se puede profundizar, pero que a mí me parece que es poco operativo.

Por el contrario, es evidente que tenemos una Comisión de Relaciones entre las Cortes y el Procurador del Común que está prácticamente operativa, salvo para lo que se refiere al estudio o a la recepción de esos informes especiales, dos de los cuales han entrado en el ejercicio pasado.

Planteaba el señor Herreros la posibilidad de establecer un mecanismo de trabajo de carácter trimestral que, desde mi punto de vista, podría perfectamente operarse a través de esa Comisión. Lo debemos estudiar, lo debemos hablar; y yo pienso que sería positivo. Yo pienso que sería bueno que no nos diéramos estos atracones anuales, sino que, con independencia de que este Informe se normalizara también -está ya institucionalizado-, tuviéramos en una posición de mayor operatividad a la Comisión constituida al efecto.

Me interesa significar que, frente también a lo que ha podido manifestarse aquí, usted no ha llevado a la Institución a un momento a partir del cual pueda hablarse en el futuro de la consolidación de la Institución. Nosotros entendemos que la Institución está consolidada y que la propia estadística que usted aporta a su Informe así lo establece, con independencia de que de esos mismos datos estadísticos podamos llegar a unas conclusiones más o menos favorables. Yo no sé si es bueno, o yo no sé si es malo, o yo no sé si es un sentido de estabilización de la Institución, o de implantación normal también de la Institución en la sociedad de Castilla y León, que los datos estadísticos del ejercicio del noventa y ocho sean, salvo en algunas consideraciones muy peculiares, sean muy similares a los del ejercicio anterior, tanto en lo que se refiere al número total de quejas, a las quejas por Administraciones, con una preeminencia de las quejas dirigidas a la Administración Local, al número de quejas que se han tramitado, a las admitidas, a las rechazadas, incluso al grado de colaboración de las Administraciones.

En cualquiera de los casos, es cierto que la mejor muestra de normalización es precisamente, quizá, la de los datos estadísticos.

Se produce, por otra parte, señor Procurador del Común, el Informe Anual correspondiente al año mil novecientos noventa y ocho a raíz precisamente... -y ha hecho usted hincapié en ello- y de ahí deriva también algunas consideraciones en las cuales podríamos insistir, acerca de lo que vienen a ser sus requerimientos -ya reiterados en otros ejercicios- de modificaciones en algunos aspectos que puede considerar usted desfasados, o poco concretos, o poco definidos en la Ley 2/94, al reconocimiento estatutario de la Institución a través de un artículo específico en el Estatuto de Autonomía, según resulta de la reforma operada en virtud de la Ley Orgánica 4/99. Estamos hablando del Artículo 14, que recoge en su definición, en sus funciones y en la remisión a una ley anterior, que a partir de este momento viene a tener cobertura estatutaria, viene -digo- a recoger lo que es la definición sustancial de la Institución ya establecida en la Ley del año mil novecientos noventa y cuatro, constituyendo -y usted lo ha significado- una de las instituciones propias de la Comunidad Autónoma, a la que se refiere... a las que se refiere también en términos generales, pero específicamente al Procurador del Común, el apartado dos del Artículo 9 de nuestro Estatuto de Autonomía.

Quiero también significarle, junto con esa valoración, el que entendemos que usted ha acertado en el sistema de trabajo territorial, teniendo en cuenta cuáles son las características específicas, tanto de la geografía de Castilla y León como la dispersión de los habitantes de la propia Comunidad, desde unos principios que yo creo que han sido combinados también y comprendidos por esta Cámara de austeridad y de eficacia.

Pienso que, efectivamente, la Institución -lo mismo que las Cortes de Castilla y León de quien... de quien al final el Procurador del Común es un Alto Comisionado- se ha movido, y se ha intentado mover durante estos años, bien dentro de esos dos principios, combinando esos dos principios de austeridad y de eficacia.

Desde ese balance y valoración fundamentalmente positivo, sí que hemos advertido, de nuevo, una voluntad general de equilibrio y de ecuanimidad en la presentación de los distintos aspectos, incluso de los aspectos más críticos, en la actuación de las distintas Administraciones, en defensa tanto de los derechos de los ciudadanos como del ordenamiento jurídico, y el Estatuto de Autonomía en particular.

Pero bien, también tenemos que significarle cómo, por el contrario -y del texto concreto de esos cinco fascículos-, no podemos compartir, señor Procurador del Común, algunas de las conclusiones que en ese Informe se establecen, bien por su carácter fundamentalmente sentencioso, bien por su carácter excesivamente generalizador, a nuestro parecer.

Digamos que, en ese sentido, algunas de esas conclusiones ponen en cuestión en párrafos muy concretos, que luego serán o no serán utilizados con una finalidad de enfrentamiento político y parlamentario -lo cual es perfectamente legítimo-, digamos que ponen en cuestión, desde nuestro punto de vista, políticas respecto de las cuales los sucesivos Gobiernos Regionales -y, desde luego, el Grupo Parlamentario que les apoya- se están mostrando muy sensibles y que constituyen prioridades en la actuación de ese Gobierno.

De la misma manera, podemos detectar, aunque esto puede resultar una anécdota en la cual no voy a entrar excesivamente, excesivo voluntarismo en algunas de las conclusiones o en algunas de las declaraciones formuladas en esas mismas conclusiones.

Y de la misma manera, y aun cuando con la habilidad que le caracteriza a algún otro Portavoz ha significado que no quería utilizar, por lo menos en esta tribuna, por lo menos en el día de hoy, algunas de las conclusiones del Informe del Procurador del Común como elemento de confrontación partidista, sí que puedo significarle o puedo materializarle también cómo se hace un flaco favor en la utilización exclusivamente partidista de algunos de esos pronunciamientos.

Nosotros podríamos hacer ahora un fácil recurso también a algunas de las conclusiones de su Informe, por ejemplo en lo que se refiere a una de las quejas, a una de las pretensiones formuladas precisamente por uno de los Grupos Parlamentarios en esta Cámara, dentro de una línea que le caracteriza de hostigamiento de los altos cargos de la Junta de Castilla y León en materia de incompatibilidades, en relación con la presencia de esos altos cargos en los tribunales de oposiciones, o en los tribunales que resuelven los concursos de mérito; pero, indudablemente, no vamos a entrar ahí, ni vamos a hacer tampoco especial carne en esa materia.

Hemos examinado, con el detenimiento requerido, las distintas áreas de trabajo, a través del cual se han articulado tanto las quejas de los ciudadanos o de los colectivos como las iniciativas adoptadas de oficio por la propia Institución. Desde luego, compartimos, aun cuando entendemos que las Administraciones vienen trabajando en la línea de cumplir las previsiones de la ya veterana -se puede decir- Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, seguimos compartiendo el recordatorio que usted formula en el frontispicio de prácticamente todas sus actuaciones acerca de la obligación de las Administraciones de resolver frente a los ciudadanos. Nos parece que, evidentemente, se está avanzando, pero nos parece también que el Procurador del Común cumple con su obligación haciendo, de nuevo, ese recordatorio.

Por lo que se refiere a algunas de las áreas, sí nos gustaría significar que en materia de urbanismo y de vivienda -por referirse el Informe al año mil novecientos noventa y ocho- todavía no pueden apreciarse los efectos que en esta materia, y en la política que corresponde y es responsabilidad de la Junta de Castilla y León, pueda tener la Ley de Urbanismo, que ha sido aprobada por esta Cámara en el propio año mil novecientos noventa y nueve, en la última fase de la IV Legislatura Autonómica.

En materia de normativa sobre viviendas de protección oficial, hemos entendido también que, en lo que se refiere a las viviendas de promoción pública, la mayor parte de las quejas se referían a presuntas irregularidades en los procesos de adjudicación de estas viviendas; lo que también quisiera yo significar que de esos procesos y de esas quejas no se han derivado la obtención de irregularidades en el comportamiento de las Administraciones, por más que éstas, indudablemente, pues puedan causar, pues, algún tipo de descontento en personas que creen perjudicados sus derechos al no recibir o al no ser objeto de esas adjudicaciones.

En alguna otra área, concretamente en materia de industria, su propio Informe constata una mayor intervención de las Administraciones sobre las empresas suministradoras de energía eléctrica en el control de las... en el control de las actividades de esas empresas frente a los ciudadanos, frente a los administrados.

Usted se ha hecho especial eco -porque corresponde también a lo que ha sido una especial sensibilidad desde el comienzo de su responsabilidad- a las materias relativas a servicios sociales. Sí me gustaría significar que, en relación a los menores, el Gobierno, en sus comparecencias... el Consejero ha significado la presentación... como compromiso, la presentación inmediata de un Proyecto de Ley de Protección a los Menores, que vendrá -sin duda- a paliar y a acoger algunas de las que son las inquietudes reflejadas en el Informe del Procurador del Común.

En temas de mayores, ha hecho usted hincapié no solamente en la política de residencias, sino también en la política de eliminación de barreras arquitectónicas. Y sería bueno, a partir del año mil novecientos noventa y nueve, que tuviéramos en consideración cuáles son los efectos positivos o inexistentes de la Ley de Eliminación de Barreras Arquitectónicas, aprobada también por esta Cámara en el año mil novecientos noventa y ocho.

En la misma línea, en materia de salud mental, usted ha hecho un recordatorio, que ha sido un recordatorio que ha hecho extensivo también a otras áreas, de un mayor esfuerzo de colaboración entre las distintas Administraciones. Si bien, he de poner de manifiesto en esta Tribuna la existencia, a partir también del año mil novecientos noventa y ocho, de un Plan de Asistencia Sociosanitaria de Castilla y León, que va a venir, precisamente, a paliar algunas de las... de los inconvenientes de esa falta de colaboración entre las Administraciones.

En materia de discapacitados, usted ha evacuado ya un informe especial en esa materia. Y, de la misma manera, subrayamos y reconocemos lo que viene siendo una... un interés especial de la Institución acerca de la integración de la comunidad gitana en nuestra Comunidad Autónoma.

En materia sanitaria, quizá hemos echado de menos el establecimiento o el reconocimiento de lo que una nueva política sanitaria... además de la colaboración que usted ha reconocido entre las distintas Administraciones Sanitarias con la labor que viene desarrollando el Procurador del Común -digo-, lo que ha sido ya los frutos de una nueva política sanitaria en materia efectiva de reducción de las listas de espera.

Y no quisiera terminar mi intervención sin significarle la especial atención que hemos podido prestar también al segundo de los departamentos en los cuales se circunscribe la actividad de la Institución... la actividad de la Institución, y también el Informe que usted ha presentado aquí esta mañana.

Ya hemos hablado de lo que pueden ser algunas consecuencias que usted deriva del alcance de su papel, de su intervención en defensa del Estatuto de Autonomía y del ordenamiento jurídico, en relación a los artículos del Título III de la Ley 2/94. Hace usted también una exposición, quizá más doctrinal que concreta, acerca de la regulación futura de las consultas populares, una vez que la reforma del Estatuto de Autonomía ha asumido como competencia de desarrollo legislativo y de ejecución el sistema de consultas populares en la Comunidad Autónoma, estableciendo un parangón con la consulta o referéndum prevista en el mecanismo de agregación/desagregación en la Disposición Transitoria Séptima del propio Estatuto de Autonomía.

Hace usted -como es preceptivo por otra parte- el análisis sobre el estado de observancia del ordenamiento jurídico de Castilla y León. Hemos lamentado que dentro de su Informe no haya habido tiempo material, aunque sí que existe... -su informe oral ante esta Cámara, aunque sí que existe en el informe escrito-, a la materia de la jurisprudencia constitucional, en la medida en que en el año mil novecientos noventa y ocho se han resuelto tres recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno de la Nación contra otras tantas leyes aprobadas por las Cortes de Castilla y León. Y es importante significar que, en esa línea, a pesar de que esos recursos, en algunas de esas leyes, sí que estiman parcialmente el recurso presentado por el Estado, sin embargo, dan, sustancialmente, la razón al ejercicio de competencias por parte de la Comunidad Autónoma; lo cual, por otra parte, se ha visto también completado con la nueva redacción del Estatuto de Autonomía.

Quisiera significar también cómo, en materia de actividad de fomento y administración institucional, la elaboración concreta de un informe y de una recomendación por parte del propio Procurador del Común tuvo ya su reflejo en la modificación, a través de la Ley de Medidas de Acompañamiento al Presupuesto del año mil novecientos noventa y nueve, del Artículo 122 de la Ley de Hacienda de la Comunidad, en lo que se refiere a la publicidad de las ayudas públicas y de las subvenciones. Y, en definitiva, algunas otras consideraciones que nos podrían llevar, por ejemplo, a la necesidad de sometimiento de todos los reglamentos autonómicos al Dictamen del Consejo de Estado, lo cual, además, es una razón para llevar adelante las previsiones del nuevo Estatuto acerca de la dotación a la Comunidad Autónoma, dentro de su marco institucional, de una nueva institución como va a ser el Consejo Consultivo.

Para terminar (gracias, Presidente, por su benevolencia), simplemente reiterar la satisfacción, por parte del Grupo Parlamentario Popular, con el trabajo que usted, y la Institución, y sus colaboradores vienen desempeñando.

En segundo lugar, la valoración fundamentalmente positiva que hacemos del trabajo desarrollado por la Institución en el año mil novecientos noventa y ocho, y que ha sido objeto del Informe presentado en esta Tribuna.

Y, finalmente, el propósito -en el que compartimos lo significado por el Procurador don Antonio Herreros- de que podamos, a través de los mecanismos parlamentarios, intensificar la relación entre el Procurador del Común y las Cortes de Castilla y León en la línea de la consolidación y de la normalización de la Institución. Muchas gracias, Señorías.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. Señor Procurador del Común, si desea hacer uso de la palabra, está en su derecho.


EL SEÑOR PROCURADOR DEL COMÚN (SEÑOR GARCÍA ÁLVAREZ):

Ante todo, agradecer a quienes han intervenido sus consideraciones, quizá inmerecidas, pero -como quiera que sea- todas ellas en tono fundamentalmente positivo, sobre la Institución de la que soy titular.

Apenas si ha habido preguntas concretas. Tan sólo el señor Rad echaba de menos -me decía- actuación en materia de inmigración. Es una materia propiamente del Defensor del Pueblo estatal; lo cual no quiere decir que no hayamos colaborado con él en varias ocasiones -contadas, ciertamente-, pero no tendría inconveniente en facilitarle detalles -incluso por escrito, señor Rad-, incluso de manera exitosa. En muy pocos casos, pero con éxito.

Recuerdo el caso de un ciudadano peruano, un ciudadano paquistaní, entre otros. Por ejemplo, que resolvimos colaborando con el Defensor estatal -como le decía-, y a través del Ministerio, con éxito, ¿no?

Hay algo que, de nuevo, ha sido sacado a colación aquí, y que es algo que me preocupa: la presencia mayor del Procurador del Común en las provincias que no son la provincia de León. Créanme que es una preocupación constante, ¿no?, porque esa desproporción evidente que se refleja año tras año entre las quejas recibidas en la provincia de León y las recibidas en el resto de las provincias es algo que me tiene que preocupar; porque no es que los leoneses se quejen más, ni que las Administraciones leonesas funcionen necesariamente peor que el resto de las Administraciones en las demás provincias, ¿no?

No es fácil encontrar la solución y, sobre todo, no quisiera... porque estoy plenamente de acuerdo -no es una mera obediencia porque sí-, estoy plenamente de acuerdo con los consejos de austeridad, y no quisiera que esa mayor presencia mía en el resto de la Comunidad Autónoma redundara en un aumento, en un aumento desmesurado del presupuesto, ¿no?

Y, por lo demás, aun agradeciendo a alguno de los que han intervenido su preocupación por los medios de que dispongo, que, efectivamente, a veces puede darme la impresión de que podría necesitar alguno más; pero tengo el convencimiento de que las Cortes han accedido siempre a las peticiones que de manera razonada les he formulado. Hasta ahora, ha venido ocurriendo así. Y es que, además, pienso mucho... antes de dar un paso en el sentido de aumentar el presupuesto, lo pienso mucho, señor De Francisco, ¿no? Pero se lo agradezco. Y nada más. Y nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. ¿Algún Portavoz del Grupo Parlamentario quiere replicar?

Pues nada más, señoras y señores Procuradores. Gracias a todos. Y se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las trece horas diez minutos.)


DS(P) nº 6/5 del 29/9/1999

CVE="DSPLN-05-000006"





Diario de Sesiones de las Cortes de Castilla y León
V Legislatura
Pleno de las Cortes
DS(P) nº 6/5 del 29/9/1999
CVE: DSPLN-05-000006

DS(P) nº 6/5 del 29/9/1999. Pleno de las Cortes
Sesión Celebrada el día 29 de septiembre de 1999, en FUENSALDAÑA
Bajo la Presidencia de: Manuel Estella Hoyos
Pags. 125-148

ORDEN DEL DÍA:

1. Informaciones y Preguntas Orales de Actualidad.

2. Preguntas con respuesta Oral ante el Pleno:

2.1. P.O. 1-I, formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora D.ª Leonisa Ull Laita, relativa a destino de los relieves de las puertas de la iglesia de Santa María de Aranda de Duero, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

2.2. P.O. 2-I, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Jorge F. Alonso Díez, relativa a medidas de defensa de los productores, distribuidores y consumidores y de mantenimiento de los puestos de trabajo ante la fusión de los grupos franceses Carrefour y Promodés, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

3. Proposición No de Ley, P.N.L. 4-I, presentada por los Procuradores D.ª Leonisa Ull Laita, D. Octavio Granado Martínez, D. Julio V. Pascual Abad y D. Fernando Benito Muñoz, relativa a solicitud al Gobierno de la Nación de la modificación de la normativa sobre transporte escolar, previendo la presencia de un responsable adulto, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

4. Proposición No de Ley, P.N.L. 22-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a solicitud del Gobierno de la Nación de una subida adicional de las pensiones mínimas y no contributivas en 1999 y su revalorización en el año 2000, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 7, de 20 de septiembre de 1999.

5. Proposición No de Ley, P.N.L. 26-I, presentada por el Grupo Parlamentario Popular, relativa a apoyo ante el Gobierno de la Nación del mantenimiento del sistema público de pensiones y la igualdad de trato en todo el territorio nacional, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

6. Proposición No de Ley, P.N.L. 28-I, presentada por el Procurador D. Antonio Herreros Herreros, instando del Gobierno de la Nación determinadas medidas sobre pensiones, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

7. Proposición No de Ley, P.N.L. 23-I, presentada por el Procurador D. Antonio Herreros Herreros, relativa a gratuidad de libros de texto en Centros sostenidos por fondos públicos, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

8. Proposición No de Ley, P.N.L. 29-I, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a actuaciones sobre el Salario Social y el Reglamento del IMI, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, N.º 9, de 24 de septiembre de 1999.

9. Designación de Consejeros Generales en las Cajas de Ahorro de la Comunidad.

10. Informe anual del Procurador del Común de Castilla y León correspondiente a la gestión realizada durante el año 1998.

SUMARIO:

 **  Se reanuda la sesión a las diez horas diez minutos.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, reanuda la sesión.

 **  Décimo punto del Orden del Día.

 **  El Secretario, Sr. Aguilar Cañedo, da lectura al décimo punto del Orden del Día.

 **  Intervención del Sr. García Álvarez, Procurador del Común de Castilla y León, para informar a la Cámara.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, abre un turno para que los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios fijen su posición respecto del Informe expuesto.

 **  En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Rad Moradillo (Grupo Mixto).

 **  Compartiendo turno, interviene el Procurador Sr. Herreros Herreros (Grupo Mixto).

 **  Compartiendo turno, interviene el Procurador Sr. Rodríguez de Francisco (Grupo Mixto).

 **  En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. González González (Grupo Socialista).

 **  En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Herrera Campo (Grupo Popular).

 **  Contestación del Sr. García Álvarez, Procurador del Común de Castilla y León.

 **  El Presidente, Sr. Estella Hoyos, levanta la sesión.

 **  Se levanta la sesión a las trece horas diez minutos.

TEXTO:

(Se reanuda la sesión a las once horas diez minutos.)


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Señorías, ocupen sus escaños, por favor. Señoras, señores Procuradores, silencio. Se reanuda la sesión. Ruego al señor Secretario proceda a dar lectura al décimo punto del Orden del Día.


EL SEÑOR SECRETARIO (SEÑOR AGUILAR CAÑEDO):

Décimo punto del Orden del Día: "Informe anual del Procurador del Común de Castilla y León, correspondiente a la gestión realizada durante el año mil novecientos noventa y ocho".


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Tiene la palabra, para presentar el Informe, el Excelentísimo señor Procurador del Común, señor García Álvarez.


EL SEÑOR PROCURADOR DEL COMÚN (SEÑOR GARCÍA ÁLVAREZ):

Con la venia, señor Presidente. Excelentísimo señor Presidente de la Junta de Castilla y León, Excelentísimo señor Presidente de las Cortes, Excelentísimos señores, Señorías. Como es sabido, la Ley Reguladora de la Institución del Procurador del Común establece que presentaré anualmente a estas Cortes un Informe sobre mi actuación.

En cumplimiento de lo preceptuado, se puso a disposición de Sus Señorías el que hoy nos ocupa, correspondiente al año noventa y ocho. Estructuralmente, el Informe -como han podido comprobar- recoge una significativa parte de la actuación -no toda- referente a las funciones que tengo encomendadas por el Estatuto.

Atendiendo a lo establecido en la Ley, se completa el Informe con un anexo explicativo de la liquidación de las cantidades presupuestadas, puestas a nuestra disposición por las Cortes, de las que recibimos siempre la colaboración que precisamos.

Señorías, éste es el cuarto Informe Anual que elabora la Institución de la que soy titular, consagrada recientemente en nuestro Estatuto de Autonomía y que continúa, se puede decir, su etapa fundacional. Acercándose ya el final de este mandato, renovamos constantemente el interés en todo aquello susceptible de nuestra intervención que los ciudadanos nos reclaman, particular o colectivamente, o bien en actuaciones de oficio, llevadas a cabo tras la observación y estudio de determinadas realidades.

Este trabajo, nunca rutinario, es -creo- agradecido y premiado con la confianza de las personas que acuden a nosotros. Se trata, con frecuencia -como se dijo en este Hemiciclo en la Sesión Plenaria correspondiente a la defensa de otro Informe-, de personas o colectivos que no encajan en la tipología clásica o mayoritaria de la sociedad, y que encuentran mayores dificultades en el ejercicio o disfrute de sus derechos, cuando no sufren evidente limitación de los mismos y que por ello tienen una vida más difícil que el común de la gente.

Señorías, este Procurador del Común dejó patente su preocupación por estos colectivos más desfavorecidos desde el momento mismo de su toma de posesión, y esta preocupación continúa. Puedo decir que es constante y cotidiana. En este marco presenté el pasado año dos informes específicos, y, a este respecto, quiero subrayar que no se trata de actuaciones de oficio cerradas por el mero hecho de presentar los informes, pues seguimos incorporando, día a día, documentación tras efectuar visitas a centros y lugares determinados o mantener las entrevistas correspondientes.

Con ocasión de la defensa del Informe anterior, por parte de los Portavoces de algún Grupo Político, se habló de la problemática de la pobreza, pidiéndome una actuación de oficio en este campo. Debo confesar, sin embargo, que aún tengo mis dudas sobre el contenido, no sobre la conveniencia de esa actuación, pero sí sobre el contenido, que no desearía que consistiera en la elaboración de un informe más a añadir a los ya elaborados por otros organismos que, por lo demás, disponen de medios más adecuados de aquellos de los que pueda disponer la Institución de la que soy titular.

Siempre hemos sido conscientes de que estos primeros cinco años de la Institución deben destinarse a cimentarla y a ponerla en marcha. A ello se dedica cotidianamente con esfuerzo e imaginación el grupo humano que la compone. Mientras tanto, continuamos actuando en defensa de los derechos de las personas en esta Comunidad, supervisando la actividad de las Administraciones.

Nuestra Comunidad Autónoma ha sido, por ahora, la última que ha puesto en funcionamiento un Alto Comisionado de las Cortes Regionales para la defensa de los Derechos Fundamentales. Esa circunstancia no ha sido óbice para que la Institución del Procurador del Común equipare hoy su corta, pero intensa experiencia a la de sus homónimos regionales, aunque las circunstancias de extensión y población de nuestra Comunidad nos han llevado a establecer un sistema de trabajo, en alguna medida, diferente, intentando principalmente llegar prácticamente a todos los rincones de Castilla y León.

Para acercarnos a ellos, continuamos en el año noventa y ocho con el sistema de visitas mensuales a las distintas provincias, esforzándonos en difundir la Institución y sus funciones, a la vez que facilitamos a los ciudadanos el acceso, intentando también rentabilizar socialmente el equipo humano y los medios materiales que se nos ponen a disposición.

Quede aquí constancia, una vez más, de mi agradecimiento a quienes nos ofrecen los lugares donde recibimos las visitas, y a los diversos medios de comunicación que constatan nuestra presencia y dan conocimiento de ella.

A este respecto, sigo pensando en lo que manifesté a Sus Señorías el pasado año: continúo reflexionando sobre la conveniencia o no de contar con lugares específicos de atención permanente y directa en otras provincias, aunque sigo creyendo que tal como se está trabajando hasta ahora, se están consiguiendo los objetivos que nos hemos propuesto. Y, por otra parte, cumplo los consejos de austeridad que me dieron estas Cortes desde el primer momento.

Todo ello contribuye a aumentar el conocimiento que de la Institución van teniendo las personas que habitan en nuestra Comunidad. Permítanme la inmodestia de creer que poco a poco, cada vez más gente oye eso de "el Procurador del Común es el Defensor del Pueblo de castellanos y leoneses". Claro que... y aquí posiblemente esté el reto, uno de los retos, se trata de que no sólo sepan que existimos, sino lo que realmente somos y para qué estamos, cuáles son nuestras competencias y qué papel tenemos en la vida de castellanos y leoneses.

Hará falta el paso del tiempo y demostrar la eficacia tras un trabajo sistemático y serio. Ahí está la tarea nada fácil, entre otras cosas, si tenemos en cuenta que en la actualidad -créanme, y no solamente en España-, cada vez existe más confusión en el ciudadano medio a la hora de conocer las instancias llamadas a resolver estos o aquellos conflictos.

El pasado año conmemoramos el cincuenta aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En aras de la celebración, dedicamos parte de nuestros esfuerzos a reforzar la difusión de la cultura de los derechos, pues, evidentemente, para que una ciudadano pueda hacerlos valer es necesario que los conozca previamente.

Seguimos manteniendo numerosas relaciones y contactos interinstitucionales con colectivos sociales y Administraciones Públicas, intentando siempre desarrollar la función de supervisión que tenemos encomendada con ánimo de colaboración, con ánimo de colaboración, en búsqueda de cauces de comunicación fluida.

A este respecto, por ejemplo, los Jefes de Servicio de la Delegación Territorial de Palencia estuvieron en nuestra Sede, al objeto de -tras el conocimiento personal de la Institución- lograr una gestión directa más efectiva en el desarrollo de materias objeto de atención común.

Preocupados también de conocer más a fondo la sociedad en la que nos movemos, invitamos el pasado año mil novecientos noventa y ocho, en Medina del Campo, a los profesionales de los medios informativos de nuestra Comunidad Autónoma y a los responsables de prensa de los distintos Defensores del Pueblo. Los puntos de vista intercambiados en el transcurso de los debates enriquecen siempre la experiencia.

En el año noventa y ocho continuó reforzándose la estrecha relación que se venía manteniendo con el Defensor del Pueblo estatal. La colaboración se puso siempre de manifiesto en los diversos encuentros y reuniones mantenidos por ambos titulares.

Referente a las relaciones con otros Comisionados Parlamentarios, en el pasado mes de octubre el Diputado del Común de Canarias organizó las Jornadas de Coordinación de Defensores del Pueblo en las que participamos.

Con proyección internacional, fui invitado oficialmente por el Consejo de Europa a actuar como Ponente en representación de dicho organismo en varios congresos celebrados durante ese año en varias ciudades de la Federación Rusa. También el Defensor del Pueblo estatal y la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores me han propuesto colaborar en un programa de ayuda a la Defensoría del Pueblo de Ucrania, de lo que les hablaré en el próximo Informe.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, tras su reforma -les decía-, atribuye -como saben- al Procurador del Común el carácter de Institución propia de la Comunidad. Con ello nuestro Estatuto nos encomienda no sólo la defensa de los derechos de los ciudadanos, lo que es habitual en figuras análogas, sino también la función defensora del propio Estatuto y la tutelar del ordenamiento jurídico. Ello viene a aumentar la necesidad de solventar las imprecisiones de la Ley 2/94, a las que me refería en su momento y que dificultan, siguen dificultando -me temo- el cumplimiento de cuanto en ésta se dispone.

Por ello, en tanto tenga lugar -en su caso- la modificación de dicho texto legal, hemos considerado oportuno dar cuenta a la Cámara, en primer lugar, de las nuevas cuestiones advertidas -con ocasión de ulteriores lecturas del Título III del Estatuto- de la Ley, en el ánimo de contribuir a un mejor entendimiento del mismo.

El diverso contenido de los asuntos abordados por el Departamento de Defensa del Estatuto de Autonomía y Tutela del Ordenamiento Jurídico de Castilla y León, desde la perspectiva de la defensa del derecho de nuestra Comunidad Autónoma, no facilita, precisamente, el intento de formular conclusiones generales, más allá de señalar que esta Institución no ha apreciado la existencia de vulneraciones competenciales, con ocasión de las normas dictadas por el Estado a lo largo del año noventa y ocho.

En lo que hace al desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía, hemos abordado cuestiones concernientes a la interpretación de nuestro ordenamiento jurídico y a su relación con el estatal: incompatibilidades de altos cargos, colegios profesionales, protección de datos de carácter personal. Hemos tenido ocasión de advertir, asimismo, que las previsiones de la reciente -y en la que tengo puestas no pocas esperanzas- Ley de Accesibilidad y Supresión de Barreras, sobre el acceso a las viviendas de protección oficial por ciudadanos afectados de minusvalías, deben primar en cuantos conflictos de intereses puedan suscitarse, como claramente lo expresa su Exposición de Motivos. De ahí que para su efectivo cumplimiento no sea, a mi juicio, suficiente conciliar los intereses en presencia. En muchos de estos expedientes se ha evidenciado, una vez más, la estrecha relación existente entre las diversas funciones atribuidas al Procurador del Común.

De acuerdo con el modo en que venimos interpretando el Título III de la Ley Reguladora, el seguimiento de la actividad reglamentaria del Ejecutivo Regional no se ha orientado sólo a constatar la adecuación de esta clase de normas -las reglamentarias con el Estatuto-, sino que su análisis se ha realizado desde la perspectiva del estado de observancia y aplicación de nuestro ordenamiento jurídico.

En este ámbito formulan... se formulan consideraciones concretas -como han podido ver- sobre el cumplimiento de los mandatos legales de desarrollo reglamentario, y, asimismo, sobre la adopción de medidas de protección de los espacios naturales en trance de declaración, en los términos prevenidos en nuestra Ley de Espacios.

Dentro del epígrafe destinado a dar cuenta de aquellas actuaciones en la que... en las que no he apreciado la existencia de una problemática de carácter general por su heterogéneo contenido, la infracción de normas sustantivas o adjetivas ha dado lugar a las pertinentes resoluciones dirigidas a las Administraciones sometidas a nuestra supervisión: por ejemplo, fondo de acción social de los empleados públicos, régimen de asociaciones, retraso en la resolución de expedientes.

Se incluyen, asimismo, algunas decisiones de rechazo que han exigido una motivación pormenorizada, referidas a quejas sobre la actuación de personas jurídico-privadas, porque no siempre las quejas relativas a relaciones entre personas jurídico-privadas pueden ser rechazadas sin más, sino que, las más de las veces, necesitan de una motivación.

Antes de pasar a exponer lo relativo a la función de defensa de derechos y libertades, permítanme hacer unas consideraciones que afectan al conjunto de las áreas, consideraciones críticas que afectan al conjunto de las áreas. Me refiero a la obligación de resolver que tiene la Administración.

Como en años precedentes, y al lado de las cuestiones sustantivas que los ciudadanos han sometido a mi consideración, no han sido pocos los supuestos en que se ha advertido que las Administraciones Públicas continúan incumpliendo la obligación de dictar resolución expresa sobre cuantas solicitudes se formulen por los interesados. Según el vigente Artículo 42.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, dictar resolución expresa en todos los procedimientos y notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. O, cuando menos, se puede decir que han incumplido el plazo establecido para el dictado de la correspondiente resolución; extremos que también a lo largo del año noventa y ocho se ha hecho saber a los órganos actuantes, mediante el correspondiente recordatorio de deberes legales. Después de todo, Señorías, se trata de una misión específicamente encomendada al Procurador del Común por el Artículo 12 de la Ley que han aprobado estas Cortes.

El deber de resolver en tiempo y forma deriva directamente de los principios proclamados en el Artículo 9 de nuestra Constitución. Y, en consecuencia, es preciso insistir, a riesgo de ser reiterativo, acerca de la necesidad ineludible de cumplir la legalidad en este aspecto, de modo que ésta no se convierta en un mero principio orientativo vaciado de contenido por quienes están encargados de su aplicación, so pretexto de los defectos y dificultades advertidos.

Por lo que respecta al Departamento relativo a la Protección y Defensa de los Derechos Fundamentales de los ciudadanos, haré referencia a las siguientes áreas, en las que englobo tanto las actuaciones de oficio -que han aumentado respecto de las del año pasado, por cierto- como las quejas tramitadas por esta Institución.

En el área que denominamos -de manera, quizá, un tanto imprecisa, reconozco- Función Pública y Presidencia, han tenido especial relevancia las quejas de aquellas personas que, deseando ingresar en alguna de las Administraciones, manifestaban que no se convocaban pruebas selectivas, por ejemplo, a pesar de existir puestos de trabajo desempeñados de forma temporal por interinos o laborales temporales y de estar dotadas las plazas presupuestariamente.

Se han venido presentando, igualmente, quejas en las que se manifiesta la discrepancia de quienes participan en pruebas selectivas para el acceso a cuerpos o plazas de la Administración con las puntuaciones obtenidas, con los criterios de valoración de los tribunales o con el resultado de los ejercicios, intentando obtener para el interesado una respuesta expresa de la Administración.

Por lo que se refiere al régimen jurídico, organización y funcionamiento de las Corporaciones Locales, son numerosos los supuestos en los que no se contestan las solicitudes que dirigen los vecinos a los Ayuntamientos en petición de aclaraciones o actuaciones municipales. Es frecuente el incumplimiento de la previsión legal relativa a la necesidad de cursar las notificaciones de los actos y acuerdos que pongan término a un expediente en los diez días siguientes al de su fecha.

Se ha advertido que en los casos en los que las solicitudes de los administrados no reúnen los requisitos necesarios las Administraciones Locales, con carácter general, no requieren a los interesados para que subsanen los defectos o acompañen los documentos preceptivos, optando en su lugar por la vía del silencio.

Suele ser práctica habitual, pese a la solicitud de las asociaciones, la no remisión al domicilio social de las mismas de las convocatorias, resoluciones y acuerdos adoptados por los órganos municipales.

Se ha comprobado también que en determinados reglamentos municipales no se contienen previsiones relativas a las causas de denegación de las solicitudes de intervención por parte de las asociaciones de vecinos.

Debe destacarse la tolerancia de determinadas Corporaciones Locales -que señalo en el Informe- respecto de las personas que no residen habitualmente en el lugar donde se encuentran empadronadas, sin que por parte de las mismas, y teniendo en cuenta los distintos supuestos -altas indebidas, por ejemplo, o no residencia sobrevenida-, se proceda a la baja de oficio.

Suele hacerse una interpretación restrictiva por parte de no pocas Corporaciones del derecho de acceso de los ciudadanos a los archivos y registros, lo que impide -o al menos dificulta- la obtención de copias y certificaciones.

Las competencias asumidas o ejercidas por las Entidades Locales Menores no están con carácter general definidas -como muy bien saben Sus Señorías-, definidas o delimitadas, lo que dificulta la prestación de muchos servicios -abastecimiento de agua a domicilio, alumbrado público, etcétera- al considerar las Entidades implicadas, Ayuntamientos y Juntas Vecinales, que, según los casos, son o no de su competencia.

En ocasiones no se respeta la previsión legal relativa a la necesidad de contestar en la sesión siguiente a las preguntas planteadas oralmente en el transcurso de la anterior, así como las formuladas por escrito; ni la de contestar en la misma sesión a las preguntas formuladas por escrito con veinticuatro horas de antelación.

Es frecuente el incumplimiento de la previsión legal relativa a la necesidad de acreditar la recepción de la notificación de la convocatoria, así como la de incorporar dicha acreditación al expediente.

En algunos casos he podido comprobar la desproporción existente entre el número de sesiones ordinarias y extraordinarias que han tenido lugar en la presente Legislatura en determinadas Corporaciones Locales; todo ello teniendo en cuenta que la celebración de una sesión extraordinaria no equivale... en ningún caso no puede equivaler a la celebración de una ordinaria, aunque incluya el turno de ruegos y preguntas.

También se ha confirmado que las sesiones de las Comisiones Informativas o no tienen periodicidad... la periodicidad establecida, o en otros casos su convocatoria no se ajusta a dicha periodicidad.

En ocasiones, la denegación de la convocatoria de sesión extraordinaria solicitada por los Concejales, por la cuarta parte de los Concejales, no tiene apoyo legal.

Se ha constatado que el plazo de dos días hábiles que debe transcurrir entre la convocatoria y la celebración de la sesión se computa en ocasiones desde que la convocatoria se deposita en la oficina de Correos, y no desde el momento de la notificación de la misma a los diversos miembros de la Corporación.

En esta misma área se incluyen las cuestiones concretas suscitadas ante esa institución en materia de tráfico, que son muy diversas, la mayoría relativas a la existencia de irregularidades en los expedientes sancionadores, o supuestas irregularidades en los expedientes sancionadores, y se denuncia, en consecuencia, la vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

Por lo que se refiere área Urbanismo, Ordenación del Territorio, Obras Públicas y Vivienda, es práctica frecuente la falta de respuesta a las alegaciones presentadas por los ciudadanos durante el trámite de información pública de los procedimientos de aprobación del planeamiento.

La excesiva duración del procedimiento de aprobación del planeamiento conduce en algunos supuestos a la aplicación de planes generales o normas subsidiarias aprobados provisionalmente, sin que se haya producido la aprobación definitiva por el organismo autonómico.

En ocasiones, se ha podido comprobar que las Corporaciones Locales no despliegan en todos los casos la necesaria diligencia administrativa para averiguar la identidad y domicilio de los interesados, a fin de practicar las correspondientes notificaciones.

Con carácter general, y respecto a las licencias de primera ocupación, se ha constatado tanto la pasividad de las Corporaciones Locales respecto a la ocupación de los edificios antes de obtener la licencia de primera ocupación como el otorgamiento de licencias de primera ocupación condicionadas.

Es frecuente que se otorguen licencias para edificar en suelo urbano sin que se asegure, simultáneamente, la ejecución de la urbanización y de la edificación; con lo cual, claro está, permitiría entonces al Ayuntamiento actuar sustitutoriamente, con cargo a las citadas garantías, en el supuesto de que no se proceda a ejecutar la urbanización.

También se ha podido advertir que en determinados casos o bien las Administraciones no dictan las correspondientes órdenes de ejecución, o bien, una vez impartidas las mismas, no se llevan a cabo, en caso de incumplimiento, a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en la ley.

Se ha verificado que, en los expedientes incoados para restablecer las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, es relativamente frecuente que los Ayuntamientos, antes de proceder a la notificación del trámite de audiencia como tal, ordenen la ejecución de las obras.

Son frecuentes los supuestos en los que las Corporaciones Locales, en los casos de obras sin licencia o excediéndose de las condiciones de la misma, no proceden a incoar los correspondientes expedientes de protección de la legalidad urbanística y sancionadores.

También se ha podido constatar que en los mismos supuestos a que acabo de aludir, las Corporaciones Locales, o bien no acuerdan la suspensión de las obras o, una vez acordada la misma, no proceden a adoptar las medidas necesarias para asegurar la total interrupción de los trabajos.

Con frecuencia, por parte de los administrados se procede a instar licencia de construcción y a demorar la misma durante años, lo cual constituye una práctica de todo punto inadmisible que desemboca en ocasiones en la consumación de edificaciones fuera de ordenación. Pero es más, la Administración tampoco contribuye a evitar las consecuencias de esta práctica, ya que no procede, con carácter general, ni a incoar los correspondientes expedientes de caducidad de las licencias de obras, ni a denegar las prórrogas de las licencias solicitadas por variación del planeamiento.

En los casos de ejecución subsidiaria de demoliciones, se ha comprobado que, en ocasiones, no se dicta la correspondiente resolución determinando el día y la hora en la que se procederá a la misma, ni se procede a levantar acta de demolición.

En materia de patrimonio y bienes, se ha podido constatar cierta pasividad, por parte de determinados Entes Locales, respecto a su obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos cuando median fundamentos suficientemente razonables.

También se ha podido advertir que en algunos casos -que señalo en el Informe- no se tramitan expedientes de recuperación de oficio, y en otros, aunque se tramitan, o no se notifica al interesado el trámite de audiencia para que el mismo pueda realizar las alegaciones, o se procede a la ejecución forzosa prescindiendo del previo apercibimiento al interesado.

Sucede a veces que la Administración procede a ocupar fincas de particulares sin que se proceda a incoar el correspondiente expediente expropiatorio y a pagar el justiprecio o a compensar mediante la técnica de la permuta.

En lo relativo a la vivienda, a tenor de las quejas presentadas, nuestra actividad estuvo encaminada a supervisar el que las Administraciones Públicas ejerzan adecuadamente las competencias que les otorga la normativa de viviendas de protección oficial para garantizar su cumplimiento.

Resulta necesario insistir en que la Administración Pública debe aplicar la normativa vigente en materia de viviendas, sin dejar de tener presente que constituye un marco de normas que nace para favorecer el acceso, uso y disfrute de las capas sociales menos favorecidas a un bien tan imprescindible como es la vivienda digna, y que es, precisamente, la estricta aplicación de esas normas la mejor manera de garantizar el derecho a la vivienda a sus beneficiarios.

El principal problema que se plantea en las viviendas de protección oficial de promoción privada se concreta en la lentitud con que se tramitan los expedientes sancionadores, incoados por la Administración, por el incumplimiento, por parte de los promotores, de la normativa específica.

Se pone de manifiesto la insuficiencia del sistema para alcanzar los objetivos en orden a la tutela de la Administración para que las viviendas reúnan las debidas condiciones, de modo que puedan ser consideradas -como dice nuestra Constitución- dignas y adecuadas.

La negativa de un promotor a asumir sus obligaciones no se ve corregida siempre con las medias... las medidas que prevé la ley, si bien es verdad que en numerosas ocasiones la mera... es verdad que en numerosas ocasiones la mera invitación a la ejecución de las obras o el apercibimiento de la imposición de la multa es suficiente para que el sancionado cumpla con sus obligaciones.

Es preciso poner en funcionamiento, Señorías, otros mecanismos previstos ya en la normativa vigente de viviendas de protección oficial y de los que no se hace uso, sin embargo, tales como la constitución de seguro por parte de los promotores para hacer frente a los posibles vicios o defectos de la construcción -eso está previsto en la ley- que pueden surgir dentro de los cinco primero años... primeros años, a partir de la fecha de la calificación definitiva, registro de contratista, la imposición de sanciones consistentes en la inhabilitación para ser promotor o constructor de viviendas de protección oficial, etcétera, etcétera.

En cuanto a las quejas relacionadas con las viviendas de protección oficial de promoción pública, las denuncias recaen sobre presuntas irregularidades en los procesos de selección de adjudicatarios.

En el ámbito de las actuaciones que el Procurador del Común está llevando a cabo en materia de urbanismo, y habiendo tenido conocimiento de la proliferación de antenas de radio y televisión en los inmuebles urbanos debida, entre otras razones, a la cada vez más abundante oferta por satélites, estimé conveniente dirigirme de oficio -esta vez a los municipios- recomendando la aprobación o modificación de la correspondiente normativa municipal, si la misma no existiere, en la que, entre otros extremos, se contemplaran prohibiciones y limitaciones relativas a la instalación de antenas en fachadas, balcones y cubiertas.

Actividades Clasificadas y Medio Ambiente. Durante las investigaciones efectuadas, he podido constatar la reticencia de la Administración Regional a la hora de intervenir en este tipo de expedientes, pese a que la Ley 5/93 atribuye expresamente la alta inspección de las actividades clasificadas a la Consejería de Medio Ambiente; competencia que es ejercida en las distintas provincias a través de los correspondientes órganos periféricos.

El principal problema con el que nos hemos encontrado reside en la adopción del acuerdo de iniciación de expedientes sancionadores, como consecuencia de la comisión de infracciones muy graves; competencia que está atribuida a las Delegaciones Territoriales.

Pese a ello, en un buen número de expedientes en los que hemos recomendado a estos órganos la iniciación de expedientes sancionadores por infracciones muy graves, bien no hemos tenido respuesta o bien se han declarado incompetentes para ello.

Se constata, asimismo, una fuerte reticencia, por parte de los Servicios Territoriales, a la hora de inspeccionar y controlar ese tipo de actividades, en aquellos supuestos en que los Ayuntamientos carecen de los medios técnicos necesarios, que no son pocos -como muy bien saben- en esta Comunidad Autónoma.

En este sentido, debo recordar que, en relación con el ejercicio de la potestad sancionadora, corresponde a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente las funciones de investigación, inspección y averiguación de las conductas o hechos que pudieran constituir infracción, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Por otro lado, se ha constatado una gran reticencia por parte de la Administración Local a la hora de inspeccionar este tipo de actividades, con posterioridad al otorgamiento de las correspondientes licencias.

Se ha observado también una fuerte resistencia, por parte de la Administración, a la hora de controlar estos establecimientos, si no existen denuncias previas de particulares. Sobre esta cuestión quiero, una vez más -puesto que lo digo año tras año-, recordar la especial importancia que en estos expedientes cobra la inspección de oficio, máxime si tenemos en cuenta las consecuencias que desgraciadamente tienen, en no pocas ocasiones, para los vecinos colindantes la presentación de una denuncia.

Se han puesto también de manifiesto los habituales defectos de las actas de medición del nivel de ruidos efectuadas por los Servicios Técnicos competentes, lo que lleva a impedir posteriormente la posible sanción por parte de la Administración.

También hemos comprobado que, ante el incumplimiento de los límites sonoros máximos autorizados, la Administración únicamente impone sanciones económicas no suficientes, siendo así que debería requerir a los titulares de las actividades la ejecución de medidas correctoras.

Hay también actuaciones, como pueden ustedes comprobar leyendo el Informe, en materia de explotaciones de ganado, de actividades industriales, explotaciones mineras.

Igualmente, tal y como ocurría en el ejercicio anterior, a lo largo del año noventa y ocho, he recibido reclamaciones relativas al derecho de acceso a la información sobre medio ambiente por parte de colectivos ecologistas. En este sentido, creo que se requiere no solamente una mayor agilización de los procedimientos tramitados al respecto por los diferentes organismos administrativos, sino también una mayor atención y colaboración con dichas asociaciones, de manera que tienda a eliminarse esa concepción de pasividad que muchos asocian a la actividad pública.

También en relación con vertederos hemos recibido varias quejas.

Área Educación, Cultura y Deportes. Viene siendo habitual que los ciudadanos recurran a esta Institución para denunciar deficiencias relativas a las instalaciones de los centros, tanto en el aspecto de su adecuación a las actividades docentes, como en lo relativo a sus condiciones de seguridad o higiénico-sanitarias.

Las quejas recibidas nos permiten comprobar que aún existen zonas donde el número de centros de integración o dotados con aulas de Educación Especial es tan escaso que los padres se ven imposibilitados de conseguir una escolarización de sus hijos discapacitados que no pase por un alejamiento del niño de su entorno familiar y vital. Esta insuficiencia de centros de integración es particularmente importante en la Educación Secundaria y en las zonas rurales.

Asimismo, se observa que existen importantes carencias de personal especializado adscrito a los centros docentes, a los servicios de apoyo; en particular, en el caso de los fisioterapeutas y logopedas, probablemente los profesionales más demandados en las quejas recibidas.

Las quejas formuladas en relación con la Enseñanza Superior se refieren, fundamentalmente, al acceso y permanencia en los centros de Enseñanza Universitaria, traslados de expedientes académicos, convalidaciones -ya sea de asignaturas o títulos- y sistema de becas.

Hemos desarrollado también, dentro de esta área, actuaciones de oficio sobre el patrimonio histórico-artístico de Castilla y León, porque si bien va aumentando el número de ciudadanos que a título individual se acercan a nosotros, o bien a través de asociaciones, demandando, más allá de sus intereses particulares, la protección del patrimonio, todavía son muy pocos en comparación con los que lo hacen en otras quejas. No es éste, precisamente -por desgracia-, uno de los derechos más reivindicados a instancia de parte. Por eso es necesario la intervención de oficio del Procurador del Común, cosa que hemos hecho en diversos lugares, desde el Castillo de Castrotoraz en Zamora, hasta el Monasterio -o lo que queda de él- de Santa María de Palazuelos en Valladolid.

Y hay también aquí una interesante -creo- actuación de oficio, en relación con los inventarios de bienes, sobre las cuales muy brevemente quisiera llamarles su atención, porque no es muy conocida.

Somos conscientes de la propiedad, por parte de nuestros municipios, de objetos muebles de interés artístico o histórico-cultural que no encajan, sin embargo, en el epígrafe "muebles de carácter histórico-artístico o de considerable valor económico", de los correspondientes inventarios a los que se refiere el Real Decreto Legislativo del año ochenta y seis. Y sin embargo, ello no implica que los mismos no merezcan, por consideraciones de diversa naturaleza, una especial protección por parte de las Corporaciones.

Por eso, a fin de procurar la conservación, consolidación de esos bienes, remití escrito a los Ayuntamientos sobre la conveniencia, a mi juicio, de proceder a la elaboración de una relación de los mismos, incluyendo su descripción y documentación fotográfica.

Industria, Comercio, Turismo y Consumo. Siguiendo la tendencia de ejercicios anteriores, una importante parte de esta área ha venido constituida por las quejas relativas a la energía eléctrica, y no solamente en la provincia de León.

La actividad del Procurador del Común en esta materia se ha concretado, fundamentalmente, en supervisar el control efectuado por las Administraciones -y sobre todo la Administración Autonómica- sobre la actividad de las empresas suministradoras, para garantizar el correcto funcionamiento del servicio desde la producción de la energía hasta su distribución.

Se ha supervisado también la actuación administrativa en la tramitación de los procedimientos y autorización de las instalaciones eléctricas. En algunos casos, he observado el incumplimiento de los requisitos exigidos para la instalación de líneas eléctricas; aunque hay que reconocer en otros casos que la disconformidad mostrada por los reclamantes en torno a su establecimiento y ubicación no obedecían a motivos fundamentados, sino a meros intereses particulares.

También han sido objeto de queja los problemas relacionados con el servicio público del gas, fundamentalmente respecto a la conservación y mantenimiento de las instalaciones, autorización de las mismas, o sobre los requisitos para el ejercicio de la actividad de las empresas instaladoras.

A este respecto, se han manifestado irregularidades en la tramitación de los distintos procedimientos realizados por la Administración Autonómica o, en su caso, por la Administración Local.

En relación con las reclamaciones presentadas por las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, se ha podido comprobar, en algunos casos, la falta de resolución de las solicitudes formuladas por estos colectivos. En otros, dichas peticiones han sido atendidas por la Administración, tras las gestiones realizadas por el Procurador del Común.

Se hace preciso en estos supuestos una mayor atención -creo- a estas asociaciones dedicadas a un interés público, como es la defensa de los consumidores y usuarios, de manera que desaparezca, en la medida de lo posible, la demora en la actuación administrativa.

Agricultura, Ganadería, Montes, Caza y Pesca. Las quejas sobre concentración parcelaria son, de nuevo, las más numerosas. Con frecuencia, los reclamantes acuden a la Institución como una especie de última instancia para hacer valer sus pretensiones, relativas a la clasificación de las tierras y a la fijación de los coeficientes de compensación, con las que no están conformes.

A veces, incluso ocurre que no han reclamado en vía administrativa por falta de conocimiento o de atención en el momento del establecimiento de las bases de la concentración.

En la práctica, con frecuencia, se produce una confusión de los interesados entre las alegaciones que pueden presentar en la fase de la encuesta y los recursos que proceden contra el acto administrativo definitivo.

Por otro lado, se ha podido comprobar el incumplimiento de los plazos de resolución de los recursos, por lo que estimo que, en materia de concentración parcelaria, la Administración Autonómica debe realizar un esfuerzo para mejorar la eficacia de su gestión, evitando retrasos en la resolución de los recursos contra las bases y el acuerdo de concentración.

En materia de bienes comunales de las Entidades Locales, los reclamantes se ven excluidos de los aprovechamientos de este tipo de bienes por no residir, efectivamente, en la Entidad Local; requisito que en la mayoría de los casos se exige de acuerdo con la costumbre. Pero para evitar casos de vecindades ficticias, sería aconsejable que los municipios adecuaran el padrón de habitantes a los datos reales de residencia.

También aquí ha habido actuaciones de oficio: una, en relación con animales de compañía. Con motivo de la problemática derivada de la tenencia y circulación de animales peligrosos, se inició por el Procurador del Común, ya en el año noventa y ocho, bastante antes de que lo hicieran otras Comunidades Autónomas -a pesar de lo que se comentó en algún medio de comunicación-, una actuación de oficio sobre la materia.

A raíz de la misma, reflexionó esta Institución sobre la conveniencia de elaborar una lista de todas aquellas razas caninas que, con carácter general, merecieran dicha consideración, a fin de exigir a sus propietario o poseedores determinadas medidas de protección. Y debo decir que la referida consideración fue asumida, y hoy el Reglamento... el Reglamento aprobado en junio del año noventa y nueve -del año en curso- establece dicha relación, aunque no figuraba en el proyecto en un primer momento.

También a petición de algunos de ustedes, de algunos de los Procuradores de estas Cortes, con ocasión de la defensa del Informe anterior, me personé inmediatamente en la localidad de Tabuyo del Monte para ver las consecuencias del incendio provocado, al parecer, en las maniobras de un Regimiento de Infantería.

Trabajo, Seguridad Social y Servicios Sociales. En materia de trabajo, el problema del empleo, su acceso o su mantenimiento, es la causa de un buen número de las quejas presentadas. Pero, a estos efectos, es preciso tener en cuenta la naturaleza privada de las relaciones jurídico-laborales, de tal modo -yo creo que es fácilmente comprensible- que solamente cuando el empleador es una Administración, y una Administración sometida a la supervisión de esta Institución, se entra en el fondo de la cuestión, iniciando en ese caso la correspondiente investigación de los hechos denunciados.

Servicios Sociales. Los ciudadanos que acuden a la Institución, y que están pendientes del reconocimiento de ayudas o prestaciones no contributivas, plantean situaciones extremas derivadas del estado de necesidad que padecen, demandando soluciones rápidas, por lo que, aunque sus peticiones se resuelven dentro del plazo máximo fijado por la Ley, éste es considerado de todos modos excesivo.

Pero, como saben, es en este campo de los servicios sociales donde estamos desarrollando una actividad especial, por lo que les ruego me permitan unos minutos al respecto.

¿Cuál es la actuación del Procurador del Común en relación con los menores -tema tan de actualidad-?

El Estatuto de Autonomía atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de protección y tutela de menores; de aquí que el Procurador del Común, como Alto Comisionado Parlamentario para la defensa de los derechos de los ciudadanos, haya abordado la problemática de niños y adolescentes de esta Comunidad, a pesar de lo que se ha dicho en contrario en algún momento o en algún medio de comunicación.

Es cierto que desde hace algún tiempo ha mejorado la atención que las Administraciones prestan a los menores -desde hace algún tiempo ya-, pasando del concepto de "beneficencia" a otros más amplios de bienestar y protección. Aun así quedan ámbitos en los que los derechos de la infancia pueden verse afectados o vulnerados, como sucede, por ejemplo, en los procesos de separación o divorcio de sus progenitores, tramitación de un procedimiento de acogimiento o adopción, o los supuestos de maltrato infantil, escolar o familiar, entre otros.

En la mayoría de los casos son los adultos quienes acuden a la Institución de la que soy titular, manifestando su disconformidad con los procedimientos tramitados por la Administración Pública en los que se ven implicados menores, como, por ejemplo, la lentitud o la falta de información en los expedientes de adopción o en los acogimientos, la forma de pactar el régimen de visitas, o el seguimiento de esta fórmula de protección. Sólo en algún caso aislado -sobran dedos de una mano para contarlos- han sido los propios menores los que se han acercado a la Institución. Son supuestos en los que reclaman, por ejemplo, ser oídos en el proceso de crisis matrimonial de sus padres, para manifestar su preferencia a la hora de convivir con uno o con otro.

Como Procurador del Común he asumido, de oficio también, la defensa del derecho a la vida y a la integridad física de los menores en relación con la seguridad vial, especialmente exigiendo el cumplimiento de la normativa sobre medidas de seguridad cuando viajen en vehículos y ciclomotores, y el control del tráfico a la entrada y salida de los colegios, cada vez -reconozco- más complejo por la variedad de horarios.

A través del Defensor del Pueblo estatal, he sugerido, en su momento, las oportunas modificaciones legislativas dirigidas a ampliar los permisos laborales de los padres adoptivos.

También, por delegación del Defensor del Pueblo estatal, he comenzado a interesarme por cuestiones relacionadas con la adopción en algunos países extranjeros, y hemos intervenido en algunos expedientes con éxito.

Me he ocupado también del derecho a la educación y de la obligatoriedad de la escolarización, en particular en relación con los menores de raza gitana -aunque no sólo-; de vigilar la observancia de la prohibición de venta de alcohol a menores de dieciocho años y de controlar la exhibición y difusión entre ellos de vídeos y material pornográfico.

En el campo del derecho a la intimidad, he sugerido la necesidad de regular los distintos ficheros automáticos de carácter personal referidos a la protección de la infancia, acogimientos, adopciones, menores protegidos y menores infractores.

Corresponde, ciertamente, al Procurador del Común supervisar la acción de las Administraciones Públicas que presenten servicios a los menores para verificar el respeto a sus derechos, así como proponer reformas de procedimiento o de normas, con el fin de hacer más eficaz la defensa de los mismos.

Se impone, en este ámbito, una buena coordinación con otros organismos competentes en la defensa de la infancia: la Gerencia de Servicios Sociales, a quien corresponden las funciones de protección de menores y prevención de problemas concretos en poblaciones de riesgo; y las distintas Fiscalías a las que compete asumir la representación de los menores que carecen de representación legal, así como promover la constitución de organismos tutelares.

Pero lo que no cabe es atribuir al Procurador del Común otras funciones distintas de las suyas propias, ya que nunca podría inmiscuirme en la solución de los casos individuales encomendada, por ejemplo, a los órganos jurisdiccionales, y tampoco podría adoptar medidas de protección que sólo incumben a las Administraciones Públicas competentes. Mi labor es estrictamente de supervisión de las Administraciones.

Como he intentado hacer ver, son muchas y muy variadas las cuestiones abordadas por la Institución. Por eso he desechado la posibilidad de encomendar, dentro de la propia Institución, a una única persona en exclusiva, todos los temas referidos a los menores. Considero más oportuno -como he venido haciendo hasta ahora- que, dentro de cada área, por el responsable correspondiente, se estudien los diversos aspectos de la infancia y de la adolescencia; eso sí, bajo la dirección unitaria del Procurador del Común.

Tercera edad. Me remito al Informe presentado en su momento, aunque quisiera añadir algo, porque la problemática de la tercera edad no consiste sólo en las residencias, en los problemas que podamos encontrar con las residencias. Hay otros aspectos no menos importantes, frecuentemente, por cierto, en común con las personas minusválidas, como es el caso de las barreras arquitectónicas y otras, que nos debieran preocupar, y que deberíamos resolver, aunque sólo fuera por egoísmo, Señorías; ya que, normalmente, nosotros mismos o nuestros familiares, tarde o temprano, con el transcurso del tiempo, podemos encontrarnos en situaciones análogas. Permítanme, por cierto, a este respecto, un eslogan: "A través del egoísmo, hacia la solidaridad".

Salud mental. De nuevo, pido disculpas por insistir en esta materia, aun a riesgo de que me tilden de reiterativo; pero es un compromiso que tengo adquirido con este colectivo, y al que no quiero renunciar. Y que es un colectivo, además, en el que a veces da la impresión que no resulta fácil que se les escuche.

Castilla y León lleva, como el resto de España, más de una década de reforma psiquiátrica. Su puesta en marcha no ha estado exenta de tensiones -como es bien sabido-, de negligencias, de críticas, que han llevado a sus detractores, a los detractores de la reforma -quiero decir- a reclamar, incluso, el restablecimiento de los manicomios.

Sin poner en duda la necesidad de la reforma, vuelvo a decir que el principal problema del desmantelamiento de los manicomios sigue siendo la carencia, sigue siendo la carencia -me imagino que en toda España, pero en concreto en Castilla y León-, la carencia de estructuras alternativas adecuadas para la atención de los enfermos. Y es que los ciudadanos... los cuidados -perdón- que precisa un paciente de estas características -vuelvo a repetir-, una vez superada la fase aguda de su enfermedad, dirigidos a su rehabilitación y resocialización, no deben llevarse a cabo solamente desde los recursos sanitarios; no es suficiente con los recursos sanitarios propiamente dichos, sino también desde o en coordinación con los servicios sociales. Si no se cuenta con dichas estructuras, la reforma psiquiátrica habría venido simplemente a trasladar el grave problema de la enfermedad mental a las familias y, en su defecto, a la Comunidad.

El hecho es tanto más grave cuanto que en unos casos puede no haber familias, Señorías. De hecho, podría contarles supuestos donde no hay familia; o, habiéndola, puede no estar en condiciones de hacerse cargo del enfermo. También puedo darle supuestos con nombres y direcciones, casos de padres de edad avanzada, por ejemplo. O simplemente no desean hacerlo; por ejemplo, donde ya no hay padres.

Ello -a mi juicio- no fue tenido en cuenta en toda su dimensión por los autores de la reforma, como tampoco parece haberse tenido en cuenta que en una misma familia pueda haber ya otro enfermo mental grave. Y, entonces, ¿qué ambiente idóneo puede ser ése para la curación de un enfermo mental? ¿O alguien me puede explicar, por ejemplo, cómo una madre puede atender en su casa a dos hijos enfermos mentales graves, incluso muy graves? También les puedo dar direcciones y nombres.

Por otro lado, la Ley General de Sanidad equipara, con indudable buena intención, el enfermo mental a las demás personas que requieran servicios sanitarios sociales. Sin embargo, en relación con el resto de personas que pueden utilizar los servicios sociales básicos y específicos (un minusválido físico, por ejemplo, un drogodependiente o un anciano), el enfermo mental está discriminado. No dispone de recursos específicos que eviten ingresos y que permiten su normalización e integración.

Y, por lo demás, nos encontramos no pocas veces, en el caso de los enfermos, con actitudes agresivas -y muy agresivas-, y con negativas a tomar los medicamentos, a someterse al tratamiento prescrito, a diferencia de lo que sucede con otras enfermedades, a pesar de lo que diga la Ley General de Sanidad.

Señorías, importa poco al enfermo, familiar o allegado -créanme- que su creación y sostenimiento corresponda a una u otra Administración. Lo único que sabe es que los derechos del enfermo mental se han convertido, en muchos casos, en papel mojado.

Esta falta de recursos es común, ciertamente, a muchas Comunidades Autónomas -quizá a todas-, aunque es cierto que algunas han realizado recientemente un diseño de todos los servicios que se van a prestar a este tipo de enfermos.

En Castilla y León, la aprobación del Plan de Atención Sociosanitaria puede suponer un paso adelante, puede suponer un paso adelante. Pero temo que su puesta en práctica se retrase por el hecho de que la asistencia psiquiátrica se presta de forma plurinstitucional: Insalud, Junta, Diputaciones, Consorcios Hospitalarios. Es imprescindible, por ello, y urgente, entre otras cosas, para su implantación y desarrollo un importante esfuerzo de colaboración entre todas las Administraciones.

También continuamos con nuestra actuación de oficio sobre la Integración Sociolaboral de las Personas Discapacitadas en Castilla y León. Me remito a lo dicho en el Informe que presenté en su momento.

Otra actuación de oficio importante en la materia... las materias que estamos abordando es la relacionada con la integración social de la comunidad gitana en Castilla y León. Es, les confieso -ya se lo decía, creo, en anteriores intervenciones-, una de las actuaciones más difíciles y menos comprendidas por la opinión pública, por la sociedad, de las que estoy desarrollando. De las menos, sin duda, comprendidas, más difícilmente comprendidas por los ciudadanos no gitanos, que en ocasiones me critican, por escrito o verbalmente, por estimar que con mi actuación lo que pretendo es hacer aún más "privilegiados" -pónganlo entre comillas- de lo que ya son a los gitanos.

Bien es verdad que algunos miembros de la población gitana tampoco ayudan, por ejemplo, con su tendencia a interpretar el ejercicio de los derechos como cargas, a cambio de las cuales tendrían, a su vez, derecho a unas contraprestaciones, etcétera. No son más que algunos de los aspectos de una actuación -como les digo- muy compleja. Por falta de tiempo, me remito a lo que he escrito en el Informe.

En el área relativa a la Sanidad, las quejas recibidas, por una parte, hacen referencia al funcionamiento y las prestaciones sanitarias, y, por otra, ponen en evidencia ciertos desequilibrios entre las diferentes áreas sanitarias de nuestra Comunidad.

Las quejas siguen la tendencia de años anteriores: listas de espera, retrasos en el reintegro de gastos, insuficientes servicios médicos. El bloque más representativo gira en torno a los contenidos de la prestación asistencial, en concreto sobre los modos y condiciones en que se dispensa la asistencia sanitaria. La casuística objeto de las quejas es muy amplia y compleja, y abarca diversos aspectos.

La demora en la prestación de la asistencia sanitaria, tanto en la vertiente de diagnóstico como la del tratamiento, es otro problema que viene reiterándose año tras año, como se ha dejado constancia en los diversos informes.

Los usuarios del Sistema Nacional de Salud se sienten discriminados -dicen- en los viajes y desplazamientos que deben efectuar para paliar la falta de recursos sanitarios en la Comunidad; lo que les lleva a una discriminación en la calidad asistencial, a la que tienen derecho, al igual que cualquier otro ciudadano.

La estructura, organización y funcionamiento de los centros sanitarios del nivel de Atención Primaria han dado lugar, asimismo, a la formulación de un significativo número de quejas de contenido dispar. Aquí sí quisiera resaltar, sin embargo, el grado de colaboración de todas las Administraciones Sanitarias con esta Institución, desde la estatal hasta las restantes, y desde que he tomado posesión de este cargo, debo decir.

El área relativa a la Justicia. Aunque la Ley no me permite examinar -saben- las quejas cuyo objeto se encuentre pendiente de una resolución judicial, de todos modos, me faculta para abordar la problemática general sobre la base de las quejas recibidas. Y por eso diré que las dilaciones judiciales y la lentitud de los tribunales son los defectos más esgrimidos para calificar negativamente a la justicia, sobre todo, como saben, en los órdenes civil y contencioso-administrativo. Y es que los retrasos, Señorías, redundan en desventaja -no hace falta decirlo-, al menos de una de las partes; aquella que ve prolongada hasta la decisión judicial una situación antijurídica -y de ello tenemos ejemplos, y muy públicos, en esta Comunidad Autónoma-, aquella que ve prolongada hasta la decisión judicial una situación antijurídica, de la cual, sin embargo, obtiene ventaja el incumplidor; porque para este último el retraso estimula a no transigir demandas y a recurrir decisiones desfavorables para mantener durante largo tiempo la apariencia de una posición que parece, que parece estar apoyada en el Derecho.

Se aprecia, en ocasiones, una desconfianza de los reclamantes hacia los profesionales a quienes se ha encomendado la defensa y representación en juicio. Además, como no suelen solicitar de ellos información sobre el coste aproximado de la dirección y representación del asunto, muestran disconformidad con las minutas y derechos devengados.

Por otro lado, no olvidemos que, de acuerdo con la Ley -la Ley aprobada también por estas Cortes-, las quejas contra la Administración de Justicia deben ser objeto de estudio por el Procurador del Común, con la finalidad de determinar si una resolución de los órganos judiciales que radiquen en el territorio de Castilla y León infringe el Estatuto de Autonomía, para, en su caso, acordar su remisión al Defensor del Pueblo, a efectos de interposición del recurso de amparo.

Área Economía y Hacienda. Al igual que ocurría en años anteriores, se constata la existencia de casos en los que se producen recibos duplicados, errores materiales y una tendencia a interpretar las normas tributarias en sentido restrictivo. Es preciso insistir en la necesidad de que las Administraciones adopten sus resoluciones motivadamente, notificarlas y/o publicarlas, contestar a los escritos o resoluciones de los interesados y, sobre todo, respetar los plazos establecidos.

Con frecuencia, la Administración deja sin resolver expresamente las reclamaciones que en materia tributaria se les plantea, dejando abierta la vía jurisdiccional, pero sabiendo que, en la mayoría de las ocasiones, al ser la cuantía reclamada una suma pequeña, no compensa su reclamación en vía jurisdiccional, sin duda, por lo arduo, costoso y largo de los procesos.

En cuanto a la actitud que han mantenido las Administraciones responsables en este ámbito, destacaré que continúan llegando reclamaciones por el descontento que generan entre los contribuyentes las dilaciones de la Administración Autonómica en la tramitación de los expedientes de comprobación de valores en los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, así como en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Señorías, como Anexo al Informe, se presenta la Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio noventa y ocho. Toda la documentación contable que la sustenta ha sido trasladada a la Intervención de estas Cortes, a efectos de control, en aras a la transparencia en la gestión en la dotación presupuestaria.

He procurado reflejar en el Anexo una exposición detallada de los créditos aprobados, las obligaciones contraídas y los pagos satisfechos, para su más fácil comprensión.

El estado de ejecución al treinta y uno del doce fue del 97,06%, con lo que se deja patente -a mi juicio- el proceso de consolidación que exige la Institución.

Como es preceptivo, constan en el Informe número y clase de quejas recibidas hasta el treinta y uno de diciembre y el número de expedientes iniciados de oficio: dos mil trescientas cuarenta quejas y cincuenta y cuatro expedientes iniciados de oficio. Así mismo, figuran las quejas rechazadas: seiscientas ochenta y dos. Las quejas aún en tramitación en el momento del cierre del Informe eran cuatrocientas trece, unas pendientes de recibir información y otras de emitir resolución; en ese sentido, las resueltas eran de mil novecientas veintisiete. Utilizo la expresión "resueltas" en el mismo sentido, por supuesto, que la utilizan los tribunales de justicia.

La Ley exige también que se informe del resultado obtenido. Pues bien, se da la razón a la Administración en un 55% de las quejas admitidas a trámite. Es cierto que hay muchas actuaciones que afectan a más de una Administración, al ser más de uno los organismos con competencias en una cuestión determinada; con frecuencia nos encontramos con este tipo de supuestos. Pero, con estas reservas, se puede decir que la mayor parte de las quejas, el 42%, van dirigidas contra la Administración Local; 609 quejas, es decir, el 26%, van dirigidas contra la Administración de la Comunidad Autónoma; y el número de quejas dirigidas contra la Estatal supone el 20%. Este porcentaje último es de suponer que disminuya, y creo que considerablemente, con la finalización del proceso de transferencias en materia de educación, a partir del próximo uno de enero.

El grado de colaboración de las Administraciones sigue siendo en su conjunto alto, aproximadamente el 77% -tampoco es fácil hacer un cálculo-, referido, claro está, a la fase de investigación, que es la única que contempla la Ley. El descenso, en comparación con el Informe del año pasado, hace sobre todo referencia a la Administración Local.

¿Cuáles son las causas -también lo pide la Ley- que dieron lugar a las quejas? Función Pública y Presidencia: el 19%; Urbanismo, Ordenación Territorial y Vivienda: el 19% también; Actividades Clasificadas y Medio Ambiente: el 9%; Educación, Cultura y Deportes: 5%; Industria, Comercio, Turismo y Consumo: 3%; Agricultura, Ganadería, Montes y Pesca: 4%; Trabajo, Seguridad Social y Servicios Sociales: 14; Sanidad: 3; Justicia: 8; Economía y Hacienda: 4.

Aunque en la Ley no se nos pide que averigüemos, Señorías, la observancia -porque no lo pide- que hacen las Administraciones de mis resoluciones, es ésta una preocupación -claro está- constante del Procurador del Común. Lo que ocurre es que me encuentro con no pocos obstáculos a la hora de hacer esa indagación, entre otras cosas porque -como ya he dicho en más de una ocasión- las Administraciones ni siquiera están obligadas a responder a mis resoluciones ni, por ende, están sometidas a plazo alguno en esa contestación.

Es difícil poder sentar afirmaciones concluyentes sobre los casos que, habiendo sido objeto de conocimiento por parte de la Institución, han sido resueltos satisfactoriamente a raíz de la intervención de la misma. Como quiera que sea, a la vista de la experiencia, son numerosos los expedientes que no culminan... con una resolución que no tiene necesidad de culminar con una resolución propiamente dicha. Se ha constatado en unos casos que inmediatamente después de que un ciudadano presente la reclamación, el problema es resuelto, aunque más frecuentes son los casos de satisfacción de la pretensión del reclamante, una vez que la queja ha sido admitida a trámite y, tras su estudio, se han dirigido los correspondientes... las correspondientes comunicaciones oficiales a los organismos afectados, sin necesidad, pues, de culminar el expediente con una resolución definitiva.

No obstante, no es fácil atribuir con certeza a la intervención de la Institución -yo, al menos, sinceramente, no sé cómo hacerlo- la solución de los problemas de los afectados en estas fases iniciales de los expedientes, y ello, entre otras cosas, por la reticencia de las correspondientes Administraciones a admitirlo; tanto o más cuando la Ley no les obliga a otra cosa. Aunque lo más importante, ciertamente, es que los problemas del común se solucionen.

Por lo que se refiere a las resoluciones propiamente dichas, con ocasión de la tramitación de las quejas, o basándome en la problemática a que dan lugar, y sin computar las actuaciones de oficio, formulé en el año noventa y ocho doscientas veintiún resoluciones de diversa naturaleza a la Administración Autonómica y a los Entes Locales de Castilla y León, sin tener en cuenta -insisto- las formuladas en las actuaciones de oficio. Claro que en ocasiones -si me permite, señor Presidente, estoy a punto de finalizar-, después de tramitar todas las fases de un expediente y formulada, en consecuencia, la oportuna recomendación, incluso constando en nuestros archivos documentación oficial en virtud de la cual se acepta expresamente determinada resolución, se ha tenido conocimiento en alguna ocasión de que la Administración afectada no procede a iniciar una actuación material tendente a su ejecución, o se produce una demora en la misma; de tal modo que es preciso volver a dirigirse a ella en resolución que recuerda, salvadas las distancias, la solicitud de ejecución de las sentencias en los Tribunales.

Por otra parte, es más frecuente que las Administraciones acepten resoluciones pro futuro que aquellas cuyo contenido tiene por objeto revisar la actuación administrativa objeto de la queja: otorgar una licencia que se había denegado, reservar una licencia ilegal, etcétera. También, cuando asumir los planteamientos de la Institución no supone un coste económico para las arcas públicas es más fácil aceptar la recomendación del Procurador del Común. Como, así mismo, es más fácil la aceptación de resoluciones en los casos en que aún no existe actuación administrativa previa -denegando una licencia, desestimando una reclamación de responsabilidad patrimonial-, dada, en ocasiones, la reticencia de las correspondientes Administraciones -digamos- a dar marcha atrás revisando sus propios actos.

Permítanme, Señorías, para finalizar ya, definitivamente, unas consideraciones hechas sobre la base de algunos aspectos de nuestra experiencia, por si estimasen oportuno tenerlas en cuenta en el futuro, a la hora de llevar a cabo una eventual... más de una vez solicitada por quien está ahora en el uso de la palabra, una eventual reforma de la Ley.

Es claro que, de conformidad con la Ley reguladora de la Institución, se mantendrá en cualquier caso en secreto el nombre de las personas que formulen las quejas, estableciendo el Artículo 17 de nuestra Ley que "las actuaciones que deben llevarse a cabo en el curso de una investigación se realizarán con absoluta reserva". Y, sin embargo, permítanme que les haga la siguiente consideración: es lógica esa exigencia de la Ley, ya que dicha garantía -la de mantener en secreto el nombre de las personas que formulan las quejas- alienta a muchos ciudadanos -no a todos, créanme- a denunciar actuaciones irregulares de la Administración, que quedarían impunes en otros casos, ante el temor -que esté o no fundado ese temor es otra cuestión- de posibles represalias. Todo ello con independencia de que los reclamantes no desean... no deseen mantener su anonimato, a lo cual no tendríamos nada que objetar.

Lo que ocurre, Señorías, es que la necesidad de mantener en secreto el nombre de las personas se concilia en ocasiones difícilmente con la realidad. Difícilmente, por ejemplo, con una respuesta ágil de las Administraciones afectadas que, previamente a la emisión de la información solicitada, se ven obligadas a localizar determinado escrito en el Registro, un acuerdo en el libro de actas, etcétera, para acabar -y aquí está el quid de la cuestión-, para acabar dando, después de todo, ellas mismas, inevitablemente, con el nombre de quien presenta la queja.

También quiero dejar constancia de mi preocupación, cuando todavía, a estas alturas, algunas Administraciones basan su postura negativa frente a las resoluciones que les dirijo... basan esas resoluciones negativas en que los comparecientes ante el Procurador del Común no han acudido a la vía administrativa o a la vía del recurso jurisdiccional en defensa de sus derechos o intereses. Siquiera implícitamente, esas respuestas, además de revelar un desconocimiento -y grave, desde mi punto de vista-, desconocimiento de la normativa vigente, vienen a vaciar de contenido el quehacer atribuido a todo Defensor del Pueblo, a todo Ombudsman, en los sistemas jurídicos que han decidido, como Castilla y León, incorporar esta clase de Instituciones. Instituciones que deben, tal vez, combinar la vigilancia de las Administraciones con la colaboración con esas mismas Administraciones, en el logro de los valores de un Estado social y democrático de Derecho.

Es cierto que los resultados de las quejas presentadas al Procurador del Común como medio libremente elegido por los ciudadanos en alternativa a la tutela judicial, o condicionado, quizá, por el más que probable tardío reconocimiento de su pretensión, cuando no por el coste de un proceso jurisdiccional no proporcionado al valor de la misma, esos ciudadanos no tienen... esas resoluciones, perdón, no tienen más alcance que el que quieran atribuirle las Administraciones sometidas a nuestras tareas supervisoras. Pero no lo es menos que, lejos de constituir un fin en sí mismo, tanto las funciones de la Administración como las nuestras, las del Procurador del Común, se ordenan a que los intereses generales se sirvan con objetividad y sometimiento pleno a la ley y al Derecho; efectividad cuyo enjuiciamiento sólo corresponde en última instancia a los ciudadanos, al común. De ahí, entre otras cosas, que siga lamentando la ausencia, un año más, en la normativa reguladora de la Institución, de la obligación por parte de las Administraciones de contestar, y con una respuesta en su caso -cuando sea negativa- motivada a las resoluciones del Procurador del Común de Castilla y León. Muchas gracias por su atención.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. Se abre ahora un turno para que los Portavoces de los distintos Grupos Parlamentarios puedan fijar posiciones. Y comenzando por el Grupo Mixto, en el que van a intervenir los representantes de las tres formaciones en él integradas, y repartirán su tiempo, tiene ahora la palabra don Carlos Rad.


EL SEÑOR RAD MORADILLO:

Señor Presidente, Señorías, señor Procurador del Común. Ante todo, y en primer lugar, agradecerle este extenso Informe. Un Informe que, no por reiterativo o por periódico, no resulta menos novedoso y menos necesario. Un Informe del Procurador del Común que es como una radiografía interna a la labor de un Gobierno o, por lo menos, del funcionamiento de nuestra Administración, de nuestra Administración Regional.

Un Informe que, desde luego, contrasta bastante con lo que se nos ofrece en las comparecencias de los Consejeros o en las comparecencias del propio Presidente, donde el desarrollo de la Administración siempre tiene ejercicios brillantes, y parece ser que a satisfacción plena de todos los ciudadanos.

Evidentemente, no solamente los colectivos desfavorecidos acuden al Procurador del Común, sino muchas personas, muchos ciudadanos, pues porque ven pisoteados constantemente -o, por lo menos, en casos concretos- sus derechos y se encuentran, de alguna manera, inermes -¿no?- ante la maraña administrativa que mucha de la defensa de sus intereses supone.

Yo sí quisiera reseñar algunos aspectos de su Informe que me han parecido llamativos.

El primero de los aspectos, el que se refiere al funcionamiento de las Entidades Locales. Muchas de las quejas al Procurador del Común han surgido de estas Entidades Locales y, fundamentalmente, de las Juntas Menores. Eso supone que buena parte de nuestro territorio, donde ésta es una figura bastante común en nuestra Administración, muchos ciudadanos -por lo menos cualitativamente- sufren importantes discriminaciones, fundamentalmente ciudadanos rurales, ciudadanos que ya de por sí tienen bastante difícil el desarrollo de su actividad ciudadana y su actividad de trabajadores.

Desde luego, yo creo que eso obedece... obedece a un olvido de nuestra Administración Regional hacia esas Juntas Locales Menores. Yo creo que en absoluto está en el interés de los sucesivos Gobiernos Regionales el defender, el tener una postura de consolidación, una postura de un mantenimiento... de un funcionamiento claro y limpio de estas Entidades Menores, sino que lo que se interesa, lo que interesa es que los... estas Entidades tengan una progresiva y sucesiva desaparición.

Tampoco he escuchado en su Informe ningún tema referente a poblaciones inmigrantes o a los problemas de los inmigrantes ilegales en nuestra Comunidad. Me temo que estos inmigrantes ilegales no acudan al Procurador del Común, que sean los ciudadanos. Yo, por las noticias que tengo, fundamentalmente a través de mi contacto con asociaciones que están dedicadas a su problemática, encuentran bastantes problemas a la hora de establecerse en nuestra Comunidad, y frecuentemente sus derechos, sus derechos humanos más fundamentales, pues pisoteados, porque existe todavía en nuestras instituciones, o en las personas que regentan esas instituciones, o en la policía, actitudes pues muchas veces claramente racistas, claramente xenófobas, y claramente alejadas de lo que debe ser un respeto hacia estas personas como seres humanos, independientemente de que tengan una situación de ilegalidad.

Y el último aspecto que me gustaría señalar, que tampoco he visto reflejado en su Informe, es en la defensa de muchos intereses generales de los ciudadanos de Castilla y León. Es decir, no olvidemos que nuestra Comunidad Autónoma, de alguna manera, está a remolque de lo que es la situación de otras Comunidades Autónomas del Estado. Y yo no creo que el Gobierno Regional defienda con suficiente interés muchos de los aspectos básicos del ciudadano de Castilla y León; en nuestra cabeza está, pues, cómo nuestra fiscalidad no es igual que otras Comunidades Autónomas, cómo eso incide en el nivel de renta de los ciudadanos, en el desarrollo de nuestras empresas. Hemos tenido ejemplos recientes -¿no?- sobre el tema de las pensiones no contributivas, cómo esas pensiones no contributivas se elevaban de forma unilateral en otras Comunidades Autónomas y en la nuestra no; eso, evidentemente, supone una vulneración de nuestros Derechos Fundamentales como ciudadanos de un Estado. O el salario social.

Yo sí que le instaría al Procurador del Común a esa vigilancia especial por esos intereses que muchas veces por dejación del Gobierno Regional, o porque el Gobierno Regional está más atento a cumplir su mandato, el mandato que recibe por parte del Gobierno Central, o a no mantener conflictos con el Gobierno Central, pues son reiteradamente olvidados -¿no?- en el cumplimiento diario. Muchas gracias, señor Procurador del Común, por este Informe.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Tiene ahora la palabra don Antonio Herreros.


EL SEÑOR HERREROS HERREROS:

Gracias, señor Presidente. Señorías. Señor Procurador del Común, en primer lugar, yo quiero manifestar, en nombre de Izquierda Unida, un agradecimiento, pero además un agradecimiento profundo, serio, absoluto, porque la evolución es un grado; la experiencia está demostrando que tiene cada vez una mayor dimensión, una mayor concreción. Y, efectivamente, este panorama general que representa resulta extraordinariamente útil, al menos, para... para mí personalmente, para Izquierda Unida, entendemos que para las Cortes también, entenderíamos que para las Administraciones.

Pero ese agradecimiento, porque consideramos en su día que era una lógica, una función importante, precisamente, la del Procurador del Común, y que es prácticamente extendida a todos los países del entorno democrático, sí necesita, sí exige de una serie de consideraciones según nuestro criterio.

En primer lugar diré que, además del agradecimiento, el reconocimiento y la tarea para conseguir el máximo efecto social posible de toda esta tarea y de toda esta función, a nuestro juicio, se necesitaría; primero, una actuación concreta que nosotros quisiéramos ejemplificarla de la manera siguiente:

De todo este panorama se pueden extraer, se pueden concluir y se pueden presentar alternativas -y de hecho, nosotros las usamos con relativa frecuencia-, pero nos parece que sería útil, además de la presentación anual que se viene haciendo de defensa de un Informe amplio y muy interesante, el que periódicamente pudiéramos encontrarnos en este foro, que es precisamente las Cortes, y usted como Alto Comisionado de las Cortes, con una periodicidad trimestral, que nos pusiera en la línea de ver cómo se pueden abordar algunos aspectos generales, y para llegar a soluciones de consenso entre los Grupos Políticos que existen en esta Cámara.

Yo creo que eso le daría todavía una mayor vitalidad, le daría una mayor efectividad social a ese número de quejas que ustedes se remiten a analizar, a reflexionar, a indagar, a intentar resolver y, lógicamente, a dar un cauce, una expresión, pero que es muy probable que se necesite todavía una mayor efectividad de esos planteamientos.

En segundo lugar, yo creo que hay una cuestión que yo he reiterado en alguna ocasión: me parece que hay que potenciar, precisamente, el Alto Comisionado de las Cortes. Me da la impresión que, por una cierta política de modestia, esto no se plantea, pero esa maraña de instituciones, de planteamientos que exigen al ciudadano, a veces, a intentar disponer de una guía a ver dónde resuelvo este problema, ver dónde puedo presentar este otro, yo creo que debería de tener un cauce. Y ese cauce, precisamente, es una descentralización, una comarcalización -para entendernos de alguna manera- con presencia; y con presencia que no quiere decir multiplicar excesivamente, en principio, el número de efectivos, pero sí de una mayor dotación de recursos humanos, técnicos y económicos, para que todos los aspectos legislativos puedan ser facilitados. Es, en definitiva, facilitar el acceso a ese número de quejas, pero después conseguir que también tengan una devolución, y, lógicamente, esa devolución dé una capacidad mayor de efectividad social.

Señoría, yo, por otra parte, voy a autocriticarme; cosa que no es muy fácil, ni es muy habitual. Pero, casi todos los años nos planteamos aquí el hacer algún tipo de planteamiento para resolver alguno de los problemas que se nos plantean, desde el punto de vista de la propia materialidad, en cuanto a la Ley 2/94 y a las alternativas que se nos plantean.

Bueno, pues, vamos a ver si somos capaces. Posiblemente esta competitividad que, a veces, nos invade a los Grupos Políticos en ver quién es el primero que atiende las demandas y los requerimientos sociales, pues, nos hace que en este caso concreto, unos por otros, al final quede esto sin solución. Nosotros instamos aquí al conjunto de los Grupos Políticos a que, de una vez por todas, abordemos una reforma de esta Ley 2/94.

Y en todo caso, lo que sí es claro es que con la autocrítica, nosotros nos emplazamos a que haya, precisamente, una solución, y una solución correcta de estos problemas. Porque a estas alturas de la película, si entendemos que es una Institución válida, con unas funciones correctas y una garantía en cuanto a la supervisión, desde el punto de vista de un procedimiento democrático, debemos de facilitar el que haya esa agilidad y esa obligación de las instituciones a ponerse directamente a facilitar la labor del Procurador del Común. Muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. Es ahora el turno de don José María Rodríguez de Francisco.


EL SEÑOR RODRÍGUEZ DE FRANCISCO:

Buenos días, señor Presidente, con su permiso. Buenos días, don Manuel. En primer lugar, manifestarle nuestro más profundo respeto, el más profundo respeto que nos merece la Institución que usted detenta y representa y a su equipo.

Leído su Informe, y oída la defensa que usted ha hecho de él -que no la necesitaba-, sólo su talla... llegamos a la conclusión de que sólo su talla personal y humana hace posible que usted siga actuando de forma valiente e independiente, y haya hecho respetada y respetable esta Institución en el contexto en que usted tiene que desenvolverla. Sabe usted que hablamos muy claro.

Tiene que ser muy difícil soportar consejos de austeridad de quien no es austero, y de quien tiene alterada su escala de valores y pone lo principal como accesorio. Y para nosotros lo principal... para todos, lo principal debería ser el ciudadano y lo accesorio otras ciertas cosas que obnubilan a determinados políticos. Tiene que ser muy difícil su labor en ese contexto y que alguien le hable a usted de austeridad para desarrollar una labor tan importante. Son esos mismos que se sitúan a sí mismos en el umbral de mil novecientos trece, cuando se creó el Ombudsman sueco, su antiguo predecesor; ellos se sitúan antes por su talante seudodemocrático.

Como tengo cinco minutos y ya llevo consumidos uno y medio, le diré, señor Procurador del Común, que reclamamos para su Institución una nueva Sede. ¡Cuidado!, un nuevo edificio, una nueva instalación de nueva planta; no olvidemos que en Valladolid, para albergar la Consejería de Cultura, se hizo un edificio de nueva planta de 3.000 millones -yo creo que usted lo merecía bastante más- y ahora no saben qué hacer con él.

Está usted instalado en el Albergue de Peregrinos; bastante simbólico, ¿verdad? Hablaba usted de circular por todas las provincias y que no tiene usted, ni siquiera, dónde ubicar sus reales para poder atender a los ciudadanos a los que otros administran.

Y tiene usted toda la razón: hay que exigir el cambio de la Ley. Usted tiene el derecho y el deber de poder ser más operativo, de no encontrar tantas trabas en las Administraciones que, teóricamente, también están para servir a los ciudadanos. Cuenta usted con nuestro apoyo, nuestra admiración, nuestro respeto. Y, además, con nuestro apoyo para exigir, en la medida que nos compete, para exigir el cambio de la Ley, en lo que usted muy suavemente, pero que tenía que haberlo dicho con mucha más fuerza, ha pedido que se cambie.

Y no permita usted que funcionaricen su plantilla, no lo permita usted. Su función necesita -entendemos nosotros-, como la de todos los Defensores del Común, de independencia, libertad y confianza. La independencia, ya la ha demostrado usted con su Informe; la libertad, se la quieren mediatizar por la austeridad; y la confianza no la sustituya usted por funcionarios. No le digo más que eso.

Ha hablado usted de la salud mental: situación africana; para qué incidir en ello.

Y le queremos pedir algo muy concreto desde mi Grupo: intente conectar... conectar sencillamente el intento político de la Junta de Castilla y León -o al menos de quien gobierna, no conocemos otras voluntades-, conectar ese anuncio político de una asignatura, que por lo visto se va a llamar "conciencia de Castilla y León", con los derechos y libertades constitucionales, recogidos especialmente en el Artículo 27 de la Constitución y en todo ese Capítulo.

Alguien, alguien, don Manuel, pretende reimplantar y reinventar aquí en Castilla y León, en este reducto último, los Principios Fundamentales del Movimiento y quiere traducirlo en una asignatura -que seguramente sería "maría"- como aquella famosa asignatura que estudiábamos durante el franquismo. Intente conectar, por favor, don Manuel -se lo pedimos-, esos derechos y libertades fundamentales con la posible... con el posible hecho de impartir una asignatura de conciencia regional castellano-leonesa.

Y para finalizar, don Manuel, le dedico un proverbio chino, que con ello pretendo sólo animarle y que siga usted, porque puede haber alguien que intente segarle la hierba debajo de los pies. Cuenta usted con todo nuestro apoyo, ¿eh?; se lo digo claro y mirándole. Mire, dice un proverbio chino que "cuando el dedo señala la luna, sólo el imbécil mira al dedo".

Usted siga mirando a la luna, sobran imbéciles que de una forma... (Me refiero a la luna metafórica y romántica que usted mira, a la luna de los ciudadanos.), sobran imbéciles que siguen mirando al dedo de cómo segarle la hierba debajo de los pies. Don Manuel, siga usted mirando a la luna y olvídese de los imbéciles. Los imbéciles no van a poder con usted. Se lo digo porque existen ciertos rumores de que... bueno, podría usted dejar de tener la confianza, y eso no nos parece bien. Usted tiene toda nuestra confianza y usted ha hecho suficientes méritos como para seguir siendo independiente, libre y valiente.

Perdone los consejos, no los necesita usted. Y perdone, desde luego, la... bueno, la quizá falta de delicadeza en algunos extremos de mi intervención. ¡Enhorabuena!, y muchas gracias.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias. Concedemos ahora la palabra al Portavoz del Grupo Socialista, don Jaime González.


EL SEÑOR GONZÁLEZ GONZÁLEZ:

Señor Presidente, Señorías. Una intervención breve, más que la suya, señor Procurador -como tiene que ser, además-. Y yo creo que además de hablar del Informe de este año, que no va a ser el objeto directo de mi intervención, creo que es el momento de hacer un balance de unos años de existencia de una Institución, que usted ha dirigido desde el primer momento y que cumple con éste su cuarto Informe Anual a la Cámara, de la cual usted, prácticamente, forma parte.

Por lo tanto, mi intervención, más que hablar del propio Informe -así que se lee, se sostiene solo y, además, contiene elementos interesantísimos de reflexión, sobre todo para aquellos que gobiernan-, va a representar un poco un balance de lo que nos parece una actuación muy importante a lo largo de estos años.

Un saludo personal mío, como amigo y como político que hoy tiene que hablar de su Institución y de usted como Presidente de la misma, y, desde luego, un saludo en nombre del Grupo Parlamentario Socialista. Y, en tercer lugar, un agradecimiento por su exposición, por su cuarta exposición en esa Cámara de los problemas que afectan a los ciudadanos de Castilla y León en directo, en vivo y en directo.

Vaya por delante, además, una valoración positiva del conjunto del Informe, de su actitud, de su actividad y también -¿por qué no decirlo?- de los informes especiales que, a lo largo del tiempo, la Institución nos ha ido añadiendo al informe preceptivo anual, y que se refieren, además -como casi siempre-, desde luego, a un... al conjunto de las actuaciones, precisamente, que afectan directamente a la sociedad más necesitada de esta Comunidad Autónoma.

Por lo tanto, el conjunto del Informe, el conjunto de su actitud, el conjunto de la actividad de la Institución y de la suya personal, el conjunto de los informes especiales que sobre salud mental, sobre residencias de ancianos, etcétera, nos ha presentado a esta Cámara, en cumplimiento excesivo -posiblemente-, y dependiendo, por tanto, de su talante y de la propia Institución, de sus obligaciones, nos han permitido conocer en profundidad mucha de la problemática que afecta directamente -repito- y en directo a los ciudadanos de la Comunidad.

Y, desde luego, es un buen momento para hacer balance de la Institución, después de un primer ciclo, y además conociendo, como conocemos -y yo, además, lo he sufrido en algún momento de mi vida política de manera directa y personal-, las dificultades que tiene poner en marcha una Institución de la naturaleza de la Procuraduría del Común: medios materiales escasos -ya se ha dicho-, problemas iniciales de ubicación -ya se ha dicho también-, problema de espacio, problema de personas, problemas de definición de las propias funciones de la Institución, problemas de incomprensiones por parte de otras Administraciones que ven la Institución como un elemento de control, de crítica, en lugar de un elemento acicateador de su actividad y de la calidad de su actividad, etcétera.

Por lo tanto, todos esos problemas han tenido que ser soportados por la Institución, y por usted también, a lo largo de estos primeros años de funcionamiento de la misma, en una tarea de -yo creo- ponerla en marcha, en primer lugar; prestigiar a la Institución, en segundo lugar -y lo digo... digo la palabra prestigio en su sentido más profundo; de ninguna de las maneras en sus aspectos más superficiales-; extenderla, hacer que sea conocida en la Comunidad Autónoma. Usted ha hecho alusión al sistema de visitas que se ha implantado en la Comunidad Autónoma; una Comunidad Autónoma de noventa y cuatro mil kilómetros cuadrados, con dificultades especiales de dispersión de población, de núcleos, etcétera, lo cual dificulta especialmente la actuación de usted y de su Institución en un medio así.

Por lo tanto, ese trabajo de considerar, además, que los ciudadanos consideren al Procurador del Común como una cosa propia, como una cuestión personal, a la cual se pueden dirigir, yo creo que eso ha sido el trabajo que ustedes han hecho hasta ahora. Y no ha contribuido a eso poco, desde luego, los... -y ya me he referido antes a ello, pero quiero insistir- a los trabajos que ustedes han hecho, a los informes que han hecho de oficio, a las investigaciones y trabajos de oficio, a los informes especiales, que amplían en buena medida, además, las posibilidades de actuación de la... de la...

Alguien definió de manera muy lineal al Procurador del Común como "el abogado de los pobres". Alguien también le ha definido como "el abogado de los esperanzados". Usted mismo, en su intervención ha leído una frase de su propio Informe, y se refiere a una actividad tan... tan prosaica -si se quiere- como la concentración parcelaria. Y usted, en el inicio del resumen de su intervención, dice: "Con frecuencia, los reclamantes acuden a esta Institución como una especie de última instancia para hacer valer sus pretensiones...", etcétera. Efectivamente, yo creo que los ciudadanos consideran en muchos casos... -no sólo en materia tan prosaica, a lo mejor, como la concentración parcelaria, sino en materia de salud mental, en materia de servicios sociales, en materia de vivienda, etcétera- consideran al Procurador del Común, en estos momentos, como la última instancia a la cual acuden después de haber recorrido, a veces en un duro peregrinaje, todas las instancias administrativas de las respectivas Administraciones, que, con sus decisiones, les han afectado y motivan, al final y a la postre, una queja ante el Procurador del Común.

Por tanto, yo creo que ésa es la función que tiene, una de las funciones que tienen, y yo creo que, realmente, eso tiene que mantenerse.

Y ahora queda un trabajo que hacer de esa Institución, también, cara al futuro, que es la... el trabajo -y usted lo ha dicho también en su intervención- de consolidación de la Institución. La Institución está en marcha, la Institución es conocida, la Institución es aceptada, admitida socialmente, la Institución es utilizada y la Institución cumple un papel de apoyo... El año pasado yo decía que es el oasis del ciudadano con otras Administraciones paralelas que constituyen los sitios donde los ciudadanos pueden ir de esa forma. Y -repito- constituye... queda una segunda etapa que todo ello... que pasa para... por llegar al perfeccionamiento de la Institución, al perfeccionamiento de su trabajo y a conseguir que la experiencia acumulada de estos años de trabajo por la Institución y por el equipo que la ha llevado no se pierda, no se pierda, y se pueda acometer, desde esa experiencia, y de esa capacidad de trabajo, y de ese conocimiento de la situación, se pueda acometer con seguridad la consolidación de una Institución que a nosotros nos interesa especialmente.

Nosotros creemos, además, que su Informe Anual... -los cuatro-, son una cuestión que está lejos... A nosotros aquí nos llegan muchos informes anuales: el del Consejo Económico y Social, el de muchas instituciones. Pero el suyo es un informe anual personal, no es un informe anual institucional tamizado y teñido de los intereses o de las funciones de las instituciones; es un informe anual sobre la situación de la Comunidad y de las cosas más importantes que le suceden a esa gente en la Comunidad, desde el punto de vista de las personas, fundamentalmente de la Comunidad. Porque se mantiene el desequilibrio entre quejas presentadas por colectivos y quejas presentadas por personas físicas. Aunque muchas veces, también, cuando los colectivos presentan quejas ante la Institución, lo están haciendo en representación personal de los miembros de esa Institución.

Por tanto, nosotros consideramos que, realmente, usted... el Informe Anual es una radiografía -alguien ha empleado ya esa palabra en este debate-, un diseño, un estudio de la situación de la Comunidad Autónoma, desde el punto de vista de... personal; un diagnóstico regional personal.

Algunas deducciones del Informe: se mantiene -como he dicho antes- el predominio de las quejas presentadas por personas físicas que... sobre los colectivos; se mantiene el predominio de las quejas presentadas por hombres que por mujeres; se mantiene, desde luego, un desequilibrio territorial acusado en la presentación de quejas, con predominio importante de algunas provincias sobre otras -desde las quince quejas por diez mil habitantes que se presentan en León, hasta las seis por diez mil habitantes de Ávila, por utilizar parámetros relativos- y, por lo tanto, de posibilidad de ser comparados, indican que hay una situación diferenciada en los territorios también.

Y, además, se mantiene una cuestión que -a mi juicio- es muy importante, que es que la Institución ha llegado a tener y a estabilizar el número de quejas, prácticamente, por mil habitantes. Después de una subida espectacular en el segundo año, provocada, posiblemente, por la inexistencia y el desconocimiento previo del primero, prácticamente ha habido una estabilidad en el número de quejas por diez mil habitantes -en torno a nueve por diez mil habitantes, más o menos-. Que realmente tiene importancia, porque hablan -a mi juicio- de que la credibilidad y la confianza que inspira la Institución a mucha gente tiene un mantenimiento permanente.

Desde luego -y va a ser, posiblemente, la única referencia que haga al Informe-, sus... sus referencias a ámbitos tan importantes como, por ejemplo, el de la Función Pública... Y no voy a utilizar su Informe en estos momentos, atendiendo, además, a una de sus recomendaciones de su... de la intervención suya del anterior ejercicio, que es para hacer y utilizarlo para hacer una crítica política en estos momentos. Pero, desde luego, no se puede dejar de constatar que quejas en materia de Función Pública referentes a la situación, en concreto, de la Administración Regional en cuanto al número de interinos, la imposibilidad de cubrir esas plazas, la situación difícil en que pone a funcionarios, al ciudadano, en general, que no puede optar a plazas en la Administración Pública, y al propio interino, en el futuro.

O su Informe sobre Vivienda, que dice cosas realmente muy duras: "La oferta de viviendas de protección oficial resulta insuficiente para dar respuesta a la demanda de personas en dificultad, y que faltan recursos y programas específicos para colectivos en situación de marginalidad". Le podría leer otros párrafos textuales del apartado de vivienda. ¡Cuántas veces se ha dicho esto en esta Cámara, en estos debates, sobre materia como la vivienda!

O cuando habla usted de la salud mental. O cuando habla usted de temas como -y lo ha dicho hoy también cuando hablaba de salud mental- la falta de estructuras asistenciales intermedias en número suficiente dirigidas a la rehabilitación de los enfermos mentales. Usted ha dicho que los derechos de los enfermos mentales son papel mojado, y las Administraciones que tienen competencia en esa materia -entre ellas, también la Junta de Castilla y León- deberían tomar nota de ello.

O cuando habla usted de la tercera edad y saca conclusiones como que las numerosas... con la excesiva duración de los expedientes de ingreso en los centros residenciales, con la falta de plazas en centros públicos, con la escasez de construcción de centros públicos, con la carestía de esas plazas, etcétera. ¡Cuántas veces no se habrán dicho esas cosas en los debates de esta... Pero eso lo dice ahora usted, el Procurador del Común, su equipo, que es una persona que goza de la independencia que ha demostrado a lo largo de estos años.

Y cuando habla... Bueno, yo el año pasado hablé de la concentración parcelaria. La concentración parcelaria, para un elevadísimo porcentaje de personas de esta Comunidad, es un proceso importantísimo, porque es un proceso que afecta a su modo de vivir, a su elemento asistencia; y, por lo tanto, es muy importante. Y, desde luego, se pone de manifiesto una vez más en su Informe que, en ese aspecto, el progreso ha sido un progreso escaso.

Todo eso demuestra que el motor de la Institución funciona. Pero deberíamos entrar en considerar también qué es lo que pasa con la transmisión de la Institución, si las Administraciones, realmente, funcionan también. Y funcionar, en este caso, sería hacer caso, hacer caso y atender las reivindicaciones, y las indicaciones, y las recomendaciones del Procurador del Común.

No parece que ése sea, en muchos casos, la... la tónica. Y yo ahí creo que hay... las Administraciones distinguen -entre ellas, también la Junta de Castilla y León- entre aquello que es fácil de atender y aquello que no es fácil de atender. Para un Gobierno, a lo mejor, no es fácil atender a una recomendación que les dice que hay que hacer más plazas de residencias públicas, que hay que abaratar las plazas de residencias públicas, que hay que atender de otra forma los... a los enfermos mentales. En definitiva, que hay que hacer políticas diferentes. Eso es muy importante, eso afecta a la sustancia de lo que se hace desde un Gobierno. Y eso, a lo mejor, es muy difícil de atender.

A lo mejor es más fácil de atender que cuando una Administración recibe una queja individual de un afectado, lo que hace esa Administración es resolver inmediatamente ese caso particular que afecta a una persona en concreto. Pero, posiblemente, recomendaciones de carácter general, sobre políticas generales que afectan -repito- a vivienda, a tercera edad, salud mental, etcétera, son infinitamente más complicadas de atender. Y, sin embargo, están hechas desde una Institución independiente, fuera de los avatares políticos de este Parlamento, y lo que ponen de manifiesto es que esa problemática existe, y que la solución que demanda la gente no es la que se está haciendo, sino que son otras políticas y otras actuaciones las que se exigen desde la gente. Y eso es impagable que lo diga una Institución absolutamente independiente y que pone el dedo, en muchos casos, sobre la llaga de esta .....

Como me prometí solemnemente intentar cumplir el plazo, voy a intentar abreviar, señor Presidente.

Bien. Yo quiero acabar, y quiero acabar diciéndole que nosotros apoyamos de manera rotunda y absoluta el trabajo realizado por la Institución a lo largo de estos años. Que estamos de acuerdo con su criterio de independencia y de rigor. Y que nos parece que el trabajo de puesta en marcha de la Institución ha sido cumplido de manera perfecta por la propia Institución y por el equipo que ha estado en ella durante todo este tiempo.

Que apoyamos el perfeccionamiento de la Institución, y eso pasa, posiblemente, por modificaciones legales, que se pueden acometer en este Parlamento, que resuelvan problemas que usted plantea de manera sistemática a lo largo de los años, como por ejemplo son la inexistencia de plazos (y, desde luego, obligación de contestar sin existencia de plazos es una obligación un tanto liviana); y, por lo tanto, la existencia de plazos.

Una vez, el entonces Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en aquella ocasión, Jesús Quijano, habló de los plazos y la relación con el nuevo Código Penal, y hablábamos de plazos flexibles o de forma de flexibilizar los plazos, de manera que no provocara conflictos de esa naturaleza una norma cerrada que pudiera tener problemas. Y busquemos esa solución. Nuestro apoyo, desde luego, para en ese aspecto y en resolver las indefiniciones del grupo de acciones en defensa del Estatuto y del ordenamiento jurídico, también yo creo que serían de alto interés en resolver.

Y, desde luego, el apoyo a que esa reforma, ese trabajo continúe siendo realizado por personas independientes, por personas que en muchos casos han trabajado bien y por aprovechamiento al máximo de la experiencia de esas personas. Y, desde luego, todo eso, a nuestro juicio, garantizaría que en una segunda etapa la Institución del Procurador del Común, que se ha demostrado importante para los ciudadanos y para las personas de Castilla y León, tenga garantizada una etapa de consolidación y perfeccionamiento más allá... más allá de aventuras personales que no tendrían futuro. Nada más y muchas gracias.


EL SEÑOR VICEPRESIDENTE (SEÑOR JAMBRINA SASTRE):

Muchas gracias, señor González. Tiene la palabra ahora el Portavoz del Grupo Popular, don Juan Vicente Herrera.


EL SEÑOR HERRERA CAMPO:

Muchas gracias, señor Presidente. Sean mis primeras palabras, en nombre propio y en nombre del Grupo Parlamentario Popular, de bienvenida y de saludo al señor Procurador del Común, y, desde luego también, no queremos olvidarnos de todos sus colaboradores, de todo su equipo, hoy también representando hoy, esta mañana, en la tribuna.

A mí me gustaría, de alguna manera, desplazar el tono del debate de una especie de sentimiento de liquidación que se ha instalado esta mañana aquí, en esta tribuna, con unas referencias a las que usted incluso, desde un ejercicio de prudencia, no ha querido someter el Informe de la anualidad correspondiente, que es la de la anualidad del noventa y ocho.

Porque usted -y seguramente es lo primero que tenemos que agradecerle desde las Cortes de Castilla y León- ha instalado en estos cinco años a una Institución, que ahora calificamos como Institución propia de la Comunidad desde la reciente reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en algo tan importante como es la normalidad. Y aquí ha habido intervenciones, previas a la mía, que han querido instalar el debate en la anormalidad. No estamos haciendo ni el balance de cinco años de funcionamiento de la Institución, ni estamos haciendo tampoco la despedida personal o institucional absolutamente de nadie.

No voy a hacer, por lo tanto, declaraciones de amor -como ha realizado algún otro Portavoz-, pero, evidentemente, quiero alabar... y no voy a caer en la prudencia de quien representa la Institución, en contraste con algún otro Portavoz que ha planteado incluso requerimientos acerca de una nueva sede, unos nuevos edificios, que usted, particularmente, ni siquiera nos ha trasladado.

Estamos, en efecto, analizando -y ése es el objeto normal de esta comparecencia- el cuarto Informe Anual del Procurador del Común de Castilla y León, en cumplimiento de las previsiones establecidas en la Ley 2/94.

Desde luego, somos plenamente conscientes que el actual titular, dentro de tan sólo dos meses, cumplirá los cinco años de previsión, establecidos en el artículo correspondiente de esa Ley. Pero no es ésa, señor Procurador del Común, la cuestión que esta mañana le ha traído a usted aquí en su intervención, y en la que yo, desde luego, vaya a alargarme.

Quiero manifestarle, en nombre de mi Grupo Parlamentario, la satisfacción del balance... y la valoración fundamentalmente positiva que hacemos de su trabajo, también en el año mil novecientos noventa y ocho, también del Informe presentado. Que el propio Informe -y usted en su exposición ha significado- recoge una pequeña parte, pero significativa, de la actuación referente a las funciones que por ley tiene encomendadas. Ésta tendría que ser un poco mi... la primera consideración, en la que quiero enlazar con alguna de las manifestaciones del Portavoz del Grupo... del Portavoz, perdón, de Izquierda Unida, integrado en el Grupo Mixto, acerca de si estamos acertando o no... -ya sobre ello insistí en relación con el Informe del año pasado- si estamos acertando o no en el mecanismo de trabajo y de relación con la Institución que usted representa.

Yo pienso que estamos dándole quizá un tratamiento, los propios cinco fascículos, la edición incluso de su trabajo en sus cinco fascículos del Boletín de las Cortes de Castilla y León nos parece desmesurada. El trabajo de ese Informe, el trabajo que a usted le lleva, evidentemente, elaborar este Informe y también el que lleva a los Parlamentarios a bucear en ese Informe es excesivo. Quizá la línea de conclusiones que en el propio Informe se establece se queda, por otra parte, un poquito escueta. Y, por el contrario, usted ha hecho hoy -en una intervención de poco más de una hora- un verdadero esfuerzo de síntesis, en el que ha conjugado todos los aspectos que... sobre los cuales sí se puede profundizar, pero que a mí me parece que es poco operativo.

Por el contrario, es evidente que tenemos una Comisión de Relaciones entre las Cortes y el Procurador del Común que está prácticamente operativa, salvo para lo que se refiere al estudio o a la recepción de esos informes especiales, dos de los cuales han entrado en el ejercicio pasado.

Planteaba el señor Herreros la posibilidad de establecer un mecanismo de trabajo de carácter trimestral que, desde mi punto de vista, podría perfectamente operarse a través de esa Comisión. Lo debemos estudiar, lo debemos hablar; y yo pienso que sería positivo. Yo pienso que sería bueno que no nos diéramos estos atracones anuales, sino que, con independencia de que este Informe se normalizara también -está ya institucionalizado-, tuviéramos en una posición de mayor operatividad a la Comisión constituida al efecto.

Me interesa significar que, frente también a lo que ha podido manifestarse aquí, usted no ha llevado a la Institución a un momento a partir del cual pueda hablarse en el futuro de la consolidación de la Institución. Nosotros entendemos que la Institución está consolidada y que la propia estadística que usted aporta a su Informe así lo establece, con independencia de que de esos mismos datos estadísticos podamos llegar a unas conclusiones más o menos favorables. Yo no sé si es bueno, o yo no sé si es malo, o yo no sé si es un sentido de estabilización de la Institución, o de implantación normal también de la Institución en la sociedad de Castilla y León, que los datos estadísticos del ejercicio del noventa y ocho sean, salvo en algunas consideraciones muy peculiares, sean muy similares a los del ejercicio anterior, tanto en lo que se refiere al número total de quejas, a las quejas por Administraciones, con una preeminencia de las quejas dirigidas a la Administración Local, al número de quejas que se han tramitado, a las admitidas, a las rechazadas, incluso al grado de colaboración de las Administraciones.

En cualquiera de los casos, es cierto que la mejor muestra de normalización es precisamente, quizá, la de los datos estadísticos.

Se produce, por otra parte, señor Procurador del Común, el Informe Anual correspondiente al año mil novecientos noventa y ocho a raíz precisamente... -y ha hecho usted hincapié en ello- y de ahí deriva también algunas consideraciones en las cuales podríamos insistir, acerca de lo que vienen a ser sus requerimientos -ya reiterados en otros ejercicios- de modificaciones en algunos aspectos que puede considerar usted desfasados, o poco concretos, o poco definidos en la Ley 2/94, al reconocimiento estatutario de la Institución a través de un artículo específico en el Estatuto de Autonomía, según resulta de la reforma operada en virtud de la Ley Orgánica 4/99. Estamos hablando del Artículo 14, que recoge en su definición, en sus funciones y en la remisión a una ley anterior, que a partir de este momento viene a tener cobertura estatutaria, viene -digo- a recoger lo que es la definición sustancial de la Institución ya establecida en la Ley del año mil novecientos noventa y cuatro, constituyendo -y usted lo ha significado- una de las instituciones propias de la Comunidad Autónoma, a la que se refiere... a las que se refiere también en términos generales, pero específicamente al Procurador del Común, el apartado dos del Artículo 9 de nuestro Estatuto de Autonomía.

Quiero también significarle, junto con esa valoración, el que entendemos que usted ha acertado en el sistema de trabajo territorial, teniendo en cuenta cuáles son las características específicas, tanto de la geografía de Castilla y León como la dispersión de los habitantes de la propia Comunidad, desde unos principios que yo creo que han sido combinados también y comprendidos por esta Cámara de austeridad y de eficacia.

Pienso que, efectivamente, la Institución -lo mismo que las Cortes de Castilla y León de quien... de quien al final el Procurador del Común es un Alto Comisionado- se ha movido, y se ha intentado mover durante estos años, bien dentro de esos dos principios, combinando esos dos principios de austeridad y de eficacia.

Desde ese balance y valoración fundamentalmente positivo, sí que hemos advertido, de nuevo, una voluntad general de equilibrio y de ecuanimidad en la presentación de los distintos aspectos, incluso de los aspectos más críticos, en la actuación de las distintas Administraciones, en defensa tanto de los derechos de los ciudadanos como del ordenamiento jurídico, y el Estatuto de Autonomía en particular.

Pero bien, también tenemos que significarle cómo, por el contrario -y del texto concreto de esos cinco fascículos-, no podemos compartir, señor Procurador del Común, algunas de las conclusiones que en ese Informe se establecen, bien por su carácter fundamentalmente sentencioso, bien por su carácter excesivamente generalizador, a nuestro parecer.

Digamos que, en ese sentido, algunas de esas conclusiones ponen en cuestión en párrafos muy concretos, que luego serán o no serán utilizados con una finalidad de enfrentamiento político y parlamentario -lo cual es perfectamente legítimo-, digamos que ponen en cuestión, desde nuestro punto de vista, políticas respecto de las cuales los sucesivos Gobiernos Regionales -y, desde luego, el Grupo Parlamentario que les apoya- se están mostrando muy sensibles y que constituyen prioridades en la actuación de ese Gobierno.

De la misma manera, podemos detectar, aunque esto puede resultar una anécdota en la cual no voy a entrar excesivamente, excesivo voluntarismo en algunas de las conclusiones o en algunas de las declaraciones formuladas en esas mismas conclusiones.

Y de la misma manera, y aun cuando con la habilidad que le caracteriza a algún otro Portavoz ha significado que no quería utilizar, por lo menos en esta tribuna, por lo menos en el día de hoy, algunas de las conclusiones del Informe del Procurador del Común como elemento de confrontación partidista, sí que puedo significarle o puedo materializarle también cómo se hace un flaco favor en la utilización exclusivamente partidista de algunos de esos pronunciamientos.

Nosotros podríamos hacer ahora un fácil recurso también a algunas de las conclusiones de su Informe, por ejemplo en lo que se refiere a una de las quejas, a una de las pretensiones formuladas precisamente por uno de los Grupos Parlamentarios en esta Cámara, dentro de una línea que le caracteriza de hostigamiento de los altos cargos de la Junta de Castilla y León en materia de incompatibilidades, en relación con la presencia de esos altos cargos en los tribunales de oposiciones, o en los tribunales que resuelven los concursos de mérito; pero, indudablemente, no vamos a entrar ahí, ni vamos a hacer tampoco especial carne en esa materia.

Hemos examinado, con el detenimiento requerido, las distintas áreas de trabajo, a través del cual se han articulado tanto las quejas de los ciudadanos o de los colectivos como las iniciativas adoptadas de oficio por la propia Institución. Desde luego, compartimos, aun cuando entendemos que las Administraciones vienen trabajando en la línea de cumplir las previsiones de la ya veterana -se puede decir- Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, seguimos compartiendo el recordatorio que usted formula en el frontispicio de prácticamente todas sus actuaciones acerca de la obligación de las Administraciones de resolver frente a los ciudadanos. Nos parece que, evidentemente, se está avanzando, pero nos parece también que el Procurador del Común cumple con su obligación haciendo, de nuevo, ese recordatorio.

Por lo que se refiere a algunas de las áreas, sí nos gustaría significar que en materia de urbanismo y de vivienda -por referirse el Informe al año mil novecientos noventa y ocho- todavía no pueden apreciarse los efectos que en esta materia, y en la política que corresponde y es responsabilidad de la Junta de Castilla y León, pueda tener la Ley de Urbanismo, que ha sido aprobada por esta Cámara en el propio año mil novecientos noventa y nueve, en la última fase de la IV Legislatura Autonómica.

En materia de normativa sobre viviendas de protección oficial, hemos entendido también que, en lo que se refiere a las viviendas de promoción pública, la mayor parte de las quejas se referían a presuntas irregularidades en los procesos de adjudicación de estas viviendas; lo que también quisiera yo significar que de esos procesos y de esas quejas no se han derivado la obtención de irregularidades en el comportamiento de las Administraciones, por más que éstas, indudablemente, pues puedan causar, pues, algún tipo de descontento en personas que creen perjudicados sus derechos al no recibir o al no ser objeto de esas adjudicaciones.

En alguna otra área, concretamente en materia de industria, su propio Informe constata una mayor intervención de las Administraciones sobre las empresas suministradoras de energía eléctrica en el control de las... en el control de las actividades de esas empresas frente a los ciudadanos, frente a los administrados.

Usted se ha hecho especial eco -porque corresponde también a lo que ha sido una especial sensibilidad desde el comienzo de su responsabilidad- a las materias relativas a servicios sociales. Sí me gustaría significar que, en relación a los menores, el Gobierno, en sus comparecencias... el Consejero ha significado la presentación... como compromiso, la presentación inmediata de un Proyecto de Ley de Protección a los Menores, que vendrá -sin duda- a paliar y a acoger algunas de las que son las inquietudes reflejadas en el Informe del Procurador del Común.

En temas de mayores, ha hecho usted hincapié no solamente en la política de residencias, sino también en la política de eliminación de barreras arquitectónicas. Y sería bueno, a partir del año mil novecientos noventa y nueve, que tuviéramos en consideración cuáles son los efectos positivos o inexistentes de la Ley de Eliminación de Barreras Arquitectónicas, aprobada también por esta Cámara en el año mil novecientos noventa y ocho.

En la misma línea, en materia de salud mental, usted ha hecho un recordatorio, que ha sido un recordatorio que ha hecho extensivo también a otras áreas, de un mayor esfuerzo de colaboración entre las distintas Administraciones. Si bien, he de poner de manifiesto en esta Tribuna la existencia, a partir también del año mil novecientos noventa y ocho, de un Plan de Asistencia Sociosanitaria de Castilla y León, que va a venir, precisamente, a paliar algunas de las... de los inconvenientes de esa falta de colaboración entre las Administraciones.

En materia de discapacitados, usted ha evacuado ya un informe especial en esa materia. Y, de la misma manera, subrayamos y reconocemos lo que viene siendo una... un interés especial de la Institución acerca de la integración de la comunidad gitana en nuestra Comunidad Autónoma.

En materia sanitaria, quizá hemos echado de menos el establecimiento o el reconocimiento de lo que una nueva política sanitaria... además de la colaboración que usted ha reconocido entre las distintas Administraciones Sanitarias con la labor que viene desarrollando el Procurador del Común -digo-, lo que ha sido ya los frutos de una nueva política sanitaria en materia efectiva de reducción de las listas de espera.

Y no quisiera terminar mi intervención sin significarle la especial atención que hemos podido prestar también al segundo de los departamentos en los cuales se circunscribe la actividad de la Institución... la actividad de la Institución, y también el Informe que usted ha presentado aquí esta mañana.

Ya hemos hablado de lo que pueden ser algunas consecuencias que usted deriva del alcance de su papel, de su intervención en defensa del Estatuto de Autonomía y del ordenamiento jurídico, en relación a los artículos del Título III de la Ley 2/94. Hace usted también una exposición, quizá más doctrinal que concreta, acerca de la regulación futura de las consultas populares, una vez que la reforma del Estatuto de Autonomía ha asumido como competencia de desarrollo legislativo y de ejecución el sistema de consultas populares en la Comunidad Autónoma, estableciendo un parangón con la consulta o referéndum prevista en el mecanismo de agregación/desagregación en la Disposición Transitoria Séptima del propio Estatuto de Autonomía.

Hace usted -como es preceptivo por otra parte- el análisis sobre el estado de observancia del ordenamiento jurídico de Castilla y León. Hemos lamentado que dentro de su Informe no haya habido tiempo material, aunque sí que existe... -su informe oral ante esta Cámara, aunque sí que existe en el informe escrito-, a la materia de la jurisprudencia constitucional, en la medida en que en el año mil novecientos noventa y ocho se han resuelto tres recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno de la Nación contra otras tantas leyes aprobadas por las Cortes de Castilla y León. Y es importante significar que, en esa línea, a pesar de que esos recursos, en algunas de esas leyes, sí que estiman parcialmente el recurso presentado por el Estado, sin embargo, dan, sustancialmente, la razón al ejercicio de competencias por parte de la Comunidad Autónoma; lo cual, por otra parte, se ha visto también completado con la nueva redacción del Estatuto de Autonomía.

Quisiera significar también cómo, en materia de actividad de fomento y administración institucional, la elaboración concreta de un informe y de una recomendación por parte del propio Procurador del Común tuvo ya su reflejo en la modificación, a través de la Ley de Medidas de Acompañamiento al Presupuesto del año mil novecientos noventa y nueve, del Artículo 122 de la Ley de Hacienda de la Comunidad, en lo que se refiere a la publicidad de las ayudas públicas y de las subvenciones. Y, en definitiva, algunas otras consideraciones que nos podrían llevar, por ejemplo, a la necesidad de sometimiento de todos los reglamentos autonómicos al Dictamen del Consejo de Estado, lo cual, además, es una razón para llevar adelante las previsiones del nuevo Estatuto acerca de la dotación a la Comunidad Autónoma, dentro de su marco institucional, de una nueva institución como va a ser el Consejo Consultivo.

Para terminar (gracias, Presidente, por su benevolencia), simplemente reiterar la satisfacción, por parte del Grupo Parlamentario Popular, con el trabajo que usted, y la Institución, y sus colaboradores vienen desempeñando.

En segundo lugar, la valoración fundamentalmente positiva que hacemos del trabajo desarrollado por la Institución en el año mil novecientos noventa y ocho, y que ha sido objeto del Informe presentado en esta Tribuna.

Y, finalmente, el propósito -en el que compartimos lo significado por el Procurador don Antonio Herreros- de que podamos, a través de los mecanismos parlamentarios, intensificar la relación entre el Procurador del Común y las Cortes de Castilla y León en la línea de la consolidación y de la normalización de la Institución. Muchas gracias, Señorías.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. Señor Procurador del Común, si desea hacer uso de la palabra, está en su derecho.


EL SEÑOR PROCURADOR DEL COMÚN (SEÑOR GARCÍA ÁLVAREZ):

Ante todo, agradecer a quienes han intervenido sus consideraciones, quizá inmerecidas, pero -como quiera que sea- todas ellas en tono fundamentalmente positivo, sobre la Institución de la que soy titular.

Apenas si ha habido preguntas concretas. Tan sólo el señor Rad echaba de menos -me decía- actuación en materia de inmigración. Es una materia propiamente del Defensor del Pueblo estatal; lo cual no quiere decir que no hayamos colaborado con él en varias ocasiones -contadas, ciertamente-, pero no tendría inconveniente en facilitarle detalles -incluso por escrito, señor Rad-, incluso de manera exitosa. En muy pocos casos, pero con éxito.

Recuerdo el caso de un ciudadano peruano, un ciudadano paquistaní, entre otros. Por ejemplo, que resolvimos colaborando con el Defensor estatal -como le decía-, y a través del Ministerio, con éxito, ¿no?

Hay algo que, de nuevo, ha sido sacado a colación aquí, y que es algo que me preocupa: la presencia mayor del Procurador del Común en las provincias que no son la provincia de León. Créanme que es una preocupación constante, ¿no?, porque esa desproporción evidente que se refleja año tras año entre las quejas recibidas en la provincia de León y las recibidas en el resto de las provincias es algo que me tiene que preocupar; porque no es que los leoneses se quejen más, ni que las Administraciones leonesas funcionen necesariamente peor que el resto de las Administraciones en las demás provincias, ¿no?

No es fácil encontrar la solución y, sobre todo, no quisiera... porque estoy plenamente de acuerdo -no es una mera obediencia porque sí-, estoy plenamente de acuerdo con los consejos de austeridad, y no quisiera que esa mayor presencia mía en el resto de la Comunidad Autónoma redundara en un aumento, en un aumento desmesurado del presupuesto, ¿no?

Y, por lo demás, aun agradeciendo a alguno de los que han intervenido su preocupación por los medios de que dispongo, que, efectivamente, a veces puede darme la impresión de que podría necesitar alguno más; pero tengo el convencimiento de que las Cortes han accedido siempre a las peticiones que de manera razonada les he formulado. Hasta ahora, ha venido ocurriendo así. Y es que, además, pienso mucho... antes de dar un paso en el sentido de aumentar el presupuesto, lo pienso mucho, señor De Francisco, ¿no? Pero se lo agradezco. Y nada más. Y nada más.


EL SEÑOR PRESIDENTE (SEÑOR ESTELLA HOYOS):

Muchas gracias, Señoría. ¿Algún Portavoz del Grupo Parlamentario quiere replicar?

Pues nada más, señoras y señores Procuradores. Gracias a todos. Y se levanta la sesión.

(Se levanta la sesión a las trece horas diez minutos.)


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